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30 años de retroceso médico por fallo del Consejo de Estado


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A principios de julio, el Invima incluyó el fármaco misoprostol en la denominada franja violeta, que restringe su venta. Según especialistas, las limitaciones al uso de este medicamento, empleado entre otros usos médicos para inducir la Interrupción Voluntaria del Embarazo -IVE, atenta contra los esfuerzos por disminuir la mortalidad materna, y remarcan que además significa un atropello a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Pese a que inicialmente el misoprostol comenzó a ser vendido en las farmacias de América Latina para el tratamiento de la úlcera péptica, en la década de los 90’s el descubrimiento de que este fármaco podía emplearse a modo de píldora abortiva, significó la extensión de su uso en todo el mundo como un método seguro para interrumpir embarazos.

En algunos países, incluso en aquellos donde el aborto inducido está permitido, las agencias reguladoras pusieron la mira en la distribución y la forma de vender misoprostol. Fue así como, a principios de julio de este año, en cumplimiento a lo ordenado por la sentencia del 15 de noviembre de 2012 del Consejo de Estado*, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de Colombia (INVIMA), impuso una limitación para la circulación del medicamento incluyéndolo en la franja violeta, es decir, en los fármacos de uso restrictivo al lado de los que generan alta dependencia, como la morfina.

(Gráfico 2. Regulaciones y uso del misoprostol en América Latina y el caribe)

El médico y también senador Jorge Iván Ospina indica que una de las cosas más preocupantes de dicha orden es que “los jueces sean los que estén tomando decisiones en términos de la utilización o no de un fármaco (lo que es una constante en Colombia) sin tener idea del medicamento o el insumo a utilizar. Preferiría que las decisiones al respecto sean tomadas por comités científicos técnicos bajo la tutela del Ministerio de la Protección Social y de la academia”.

En el caso específico del misoprostol, Ospina dice que la suministración del fármaco “no es decisión de los jueces” sino que “le compete al profesional médico especializado” quien debe informarle de “manera suficiente a la paciente para que sea ella quien tome la decisión”.

Al respecto, el médico Fidel Morales, Médico de Servicios Amigables para las Mujeres del Hospital Centro Oriente, explica que esta medida significa “que debe quedar registrado todo uso del medicamento: qué médico lo formuló, qué paciente compró con esa fórmula, en cuál farmacia… o sea, significa que se pierde cualquier posibilidad de intimidad o de anonimato para las mujeres en cuanto al uso del medicamento”. “Es una decisión que no tiene realmente un fundamento médico ni ético”, asegura, porque está indicado “tanto para las que se ven en la necesidad de interrumpir un embarazo, como las que pueden presentar complicaciones como hemorragias postparto”.

La ideóloga del movimiento Feminismo Artesanal, Mar Candela, manifiesta que pese a la sentencia “las mujeres van a seguir decidiendo”, es decir, van a tomar determinaciones frente a continuar o no con un embarazo. Por lo tanto, las limitaciones del uso del misoprostol sólo lograrán “incentivar las mafias, así como incrementar el aborto clandestino, sometiendo a las mujeres a los medios menos ortodoxos para abortar”.

Afirmaciones que comparte Morales, quien también sentencia que “la posibilidad que se había abierto de que las mujeres que interrumpen embarazos pudiesen tener una atención profesional, ética, humanizada y respetuosa de sus derechos es cada vez más remota. Esta medida efectivamente lo que hace es darle seguridad a esa red de distribución clandestina del medicamento” convirtiéndose en un obstáculo para que los servicios médicos puedan sacarlas de la clandestinidad y ofrecerles servicios en los que estén protegidos sus derechos y esté protegida su vida.

De hecho, Confidencial Colombia, se puso en contacto con uno de los sitios web que ofrece el medicamento bajo el nombre comercial de Cytotec, y que entrega las pastillas sin necesidad de receta médica cerca de una prestigiosa universidad de Bogotá, por un valor que oscila entre los $50.000 y $120.000 pesos.

Costo bastante elevado, ya que como explicó el doctor Morales, del Hospital Centro Oriente de Bogotá, “mientras que en todo el mundo una tableta de misoprostol cuesta en promedio 1 dólar – incluida la ganancia de las casas farmacéuticas y de las sedes de distribución-, en estos mercados clandestinos una tableta puede llegar a multiplicar su precio de 10 a 20 veces”.

Esto produce uno de los efectos más nefastos de la restricción, no solamente porque “la mayoría de mujeres que tienen que recurrir a ese mercado son las mujeres más vulnerables socioeconómicamente”, sino porque cuando se suministran medicamentos de manera ilícita, no se cuenta con un respaldo médico ni garantía de calidad del producto.

De acuerdo con las fuentes médicas consultadas por Confidencial Colombia, el misoprostol es un medicamento muy seguro si se suministra dentro de los protocolos de la Organización Mundial de la Salud –OMS-, pero en el mercado negro simplemente hay una venta indiscriminada donde la limitante es el precio y muchas veces estas mujeres (las que adquieren los fármacos al margen de la ley) llegan con complicaciones a los hospitales que pueden ocasionarles la muerte.

Razón por la cual Mar Candela alega que “esta es una sentencia asesina. El Estado está asesinando a las mujeres al negarles el acceso a la salud plena”, ya que según los especialistas, la medida “va a evitar que logremos disminuir la mortalidad materna como parecía que lo íbamos a lograr”.

Vale la pena recordar que esta orden además ha omitido que el medicamento es también aplicado en diferentes situaciones clínicas que no necesariamente tienen fines abortivos. Por ejemplo, es de uso común por los ginecoobstetras para la prevención y el manejo de la hemorragia postparto, la evacuación uterina en casos de feto muerto intraútero, abortos retenidos y la inducción del parto.

Por ello, Morales indica que la decisión del Consejo de Estado significa un retroceso en el tiempo, no solo porque duró seis años la discusión para incluir el misoprostol en el POS, sino porque para el tratamiento -por ejemplo- de las hemorragias postparto, los especialistas quedan limitados a “lo que teníamos hace 20 años; a la metilergonovina y a la oxitocina, que si bien son medicamentos útiles no ofrecen la misma seguridad y las misma disponibilidad para su uso. Es decir nos devolvemos 30 años en nuestra capacidad de controlar una hemorragia postparto”.

Finalmente, Fidel Morales reflexiona frente al hecho que “tiene que haber una reacción del gremio de la salud, porque se está tomando una medida contraria al conocimiento médico”. Al mismo tiempo el senador Iván Opsina insta a que los defensores de los derechos sexuales y reproductivos que consideren que se “ha fallado en términos de sus derechos humanos sexuales y reproductivos” se informen claramente sobre la sentencia e interpongan el debido recurso frente al Consejo de Estado.

*En dicho fallo se solicita “que los productos con principio activo misoprostol deben, independientemente de causar dependencia o no, tener en sus etiquetas o empaques la franja de color violeta de conformidad con el artículo 73 del Decreto 677 de 1995.”


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