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Colombia no se quedará sin señal del mundial


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El superintendente de industria y comercio, Felipe Robledo, anunció que los cable operadores no deben suspender el servicio de televisión análoga de Caracol TV y RCN TV. La Contraloría General de la Nación también se pronunció al respecto.

Según indicó ayer, RCN y Caracol extendieron hasta septiembre y diciembre de 2014, respectivamente, la autorización para que los operadores de televisión por Suscripción puedan retransmitir la señal análoga de ambos canales.

En consecuencia, no existe ninguna razón para que interrumpan o cesen la retransmisión de la señal análoga de los canales RCN y Caracol y mucho menos en supuesto acatamiento de la orden judicial.

Teniendo en cuenta lo anterior, los colombianos que tienen servicio de Televisión por Suscripción podrán seguir recibiendo toda la programación de la señal análoga de RCN TV y Caracol TV, incluyendo, los noticieros, debates electorales, los programas de opinión y los partidos de fútbol que por dichos canales se transmitan.

Así mismo, informó que la Autoridad Nacional de Televisión ANTV tomó la decisión de solicitarle a la Superintendencia, como autoridad judicial, que evalúe la posibilidad de conceder un plazo con el fin de adoptar las medidas de carácter técnico y tecnológico que permitan la efectiva implementación de la medida cautelar.

La Superindustria estudiará la solicitud y, en su momento, se pronunciará sobre la misma.

Habla la Contraloría

Al conocer a través de los medios de comunicación la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio que ordenó a los operadores de televisión por cable no retransmitir las señales análoga y de alta definición (HD) de los canales Caracol TV y RCN TV, sin autorización expresa de éstos, la Contraloría General de la República emitió un control de advertencia para que se garantice a los consumidores el libre acceso a la televisión abierta.

Mediante control de advertencia, la CGR considera que aunque la decisión de la SIC resulta loable para proteger las prácticas restrictivas de competencia desleal, puede vulnerar el acceso de los colombianos a la recepción de la señal de televisión abierta, con lo cual se vulneran derechos fundamentales como que el Estado debe garantizar la prestación de los derechos públicos, así como el derecho a la información.

Dado que no se conoce el texto oficial de la decisión de la Superintendencia, a la Contraloría le preocupa que sean los usuarios los perjudicados, pues se podrían ver privados de acceder a la señal de dichos canales.

La entidad hizo un llamado de atención a la Superintendencia para que garantice el libre acceso a la televisión pública, el cual es un derecho de todos los colombianos.

Las medidas cautelaras de la SIC cobija a los cable operadores UNE EPM Telecomunicaciones, Telmex Colombia, Colombia Telecomunicaciones, Directv Colombia y ETB.

La CGR sostiene que es deber de la Autoridad de Televisión garantizar el acceso directo a la televisión abierta sin que los consumidores se vean obligados a hacer inversiones en decodificadores especiales.

De otra parte, la Contraloría adelantará una actuación relacionada con esta problemática, la cual cobija a la Superindustria, la Autoridad Nacional de Televisión, el Mintic y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, con el fin de determinar su acción u omisión frente a las disposiciones legales vigentes.

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