La resolución emitida por la Superintendencia Nacional de Salud en la que ordenó la intervención de la EPS Saludcoop en el 2001, fue avalada por el consejo de Estado en una sentencia de nulidad. El fallo objetó una demanda que pedía anular la resolución 2767 del 2001 en la que ordenaba liquidar el programa del régimen subsidiado.
Dentro de la sentencia, en la Sección Primera de ese tribunal, se explicó que la intervención, era procedente debido a que la autorización que se le dio a Saludcoop en 1996 para administrar recursos del régimen subsidiado le fue revocada en el año 2001.
Además, el Consejo fue enfático al afirmar que la Superintendencia procedió cumpliendo sus funciones básicas: inspección, vigilancia y control del sistema de seguridad social en salud, y en este caso hizo uso de su potestad para intervenir a las EPS.
La resolución finaliza con que no se requería una evaluación previa por parte de la Supersalud para efectuar la intervención, por cuanto existía una revocatoria explícita de dicha autorización.