Corte aclara que ‘superpoderes’ de Santos tienen fecha de vencimiento

La presidenta de la Corte Constitucional, magistrada María Victoria Calle explicó la decisión que tomó el alto tribunal en relación al mecanismo de vía rápida para la implementación de los acuerdos, conocido como ‘fast track’ y que deja en firme las facultades extraordinarias al presidente Santos para garantizar que lo pactado en La Habana no se quede solo en el papel.

“La Corte declara exequible el artículo que hace referencia al fast track como un mecanismo que no sustituye la Constitución y tiene como objetivo lograr la paz”, expresó la magistrada en rueda de prensa donde argumentó la decisión adoptada por el alto tribunal este martes.

Asimismo, Calle precisó que la sala plena “solo estudió la demanda que estudiaba los artículos 1 y 2 del acto legislativo por la paz”.

La magistrada María Victoria Calle hizo algunas precisiones frente a las facultades extraordinarias que tendrá el presidente Santos durante el periodo de implementación, luego de quedar vigente el Acto Legislativo para la Paz.

En cuanto a la vigencia que tendrá el mecanismo de ‘fast track’, la Magistrada precisó que iniciará con la refrendación de los acuerdos (trámite que ya se surtió en el Congreso).

Además, fue enfática en manifestar que las facultades especiales que tendrá el presidente Juan Manuel Santos, son solo para la implementación del acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc y estas estarán activas únicamente por un período de 180 días.