La Corte se abstuvo de tomar una decisión de fondo frente a las corridas de toros y depositó esa responsabilidad en el Congreso.
La Corte Constitucional le dio plazo de dos años al Congreso para que legisle nuevamente la ley 1774 del 2016 contra el maltrato animal, es decir que tumbe el parágrafo 3 del artículo 5 de la ley que estipula que las corridas de toros y cualquier espectáculo con animales son considerados como delitos y deben ser penalizados.
El Alto Tribunal votó 5 a 4 en contra de la ponencia del magistrado Alejandro Linares que mantenía la exclusión de los espectáculos con animales de la ley contra el maltrato animal, es decir, corridas de toros, peleas de gallos y el coleo.
La Corte decreto que si el Congreso no legisla antes de 2019, se entenderá que las corridas de toros, al igual que las corralejas, las novilladas las becerradas y las riñas de gallos serán un delito en el país.