La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a los exdirectores generales de Coldeportes, Andrés Carlos Botero Phillpsbourne, y Clara Luz Roldán González, y a la exdirectora de Inspección, Vigilancia y Control de la entidad, Claudia Edelmira Guerrero Sánchez, por presuntas irregularidades relacionadas con el reconocimiento entregado al Atlético Fútbol Club S.A. y la suspensión del aval al Club Real Sincelejo S.A.
El órgano de control endilgó dos cargos a Botero Phillpsbourne. El primero, por retardar, durante casi un año, la decisión que definía la situación jurídica deportiva del club profesional de fútbol Real Sincelejo S.A., en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, del 9 de febrero de 2015, que anuló escrituras y certificados de existencia y representación legal al equipo a partir de noviembre de 2004, al comprobarse que una persona ilegalmente enajenó el club, el cual cambió de razón social a Deportivo Pereira S. A., y posteriormente a Depor Fútbol Club S.A.
Según la Procuraduría, el pronunciamiento judicial habría sido deliberadamente pasado por alto por Coldeportes, la Federación Colombiana de Fútbol y la División Mayor de Fútbol Colombiano (Dimayor), toda vez que permitieron al Depor Fútbol Club S.A. participar en el torneo Águila 2015, sin contar, para ese momento, con una escritura pública que legitimara su razón social, ni un certificado de existencia y representación que respaldara no solo la afiliación a la Dimayor, sino el reconocimiento deportivo por parte de ente estatal.
La Procuraduría calificó esta conducta presuntamente irregular como grave a título de dolo.
En un segundo cargo, el ente de control reprochó al exdirector Botero Phillpsbourne y a la exdirectora de Inspección, Vigilancia y Control de Coldeportes, Claudia Edelmira Guerrero Sánchez, por presunto favorecimiento a un tercero en la entrega de un reconocimiento deportivo.
Para el Ministerio Público, los exfuncionarios emitieron una decisión el 11 de marzo de 2016 concediendo dicho aval al Atlético F.C. S.A., en la que al parecer violaron el debido proceso, dado que no esperaron que se surtiera el trámite de la Resolución No. 000254 del 4 de marzo de 2016, en la que Coldeportes se abstuvo de otorgarle el reconocimiento. En la misma resolución, Coldeportes suspendió por un año a Real Sincelejo S.A., mientras este resolvía situaciones jurídicas, económicas y contables.
Las faltas presuntamente cometidas por los investigados fueron calificadas provisionalmente como gravísimas a título de dolo.
En el caso de la exdirectora Clara Luz Roldán González, el órgano de control cuestionó su comportamiento presuntamente irregular al desconocer el principio constitucional de la buena fe, al resolver el recurso de reposición presentado por el Real Sincelejo S.A. para el levantamiento de la suspensión, y cambiar de manera inesperada la posición asumida por Coldeportes sobre el efecto jurídico de la sentencia del Tribunal.
De acuerdo con la Procuraduría, esta decisión pudo desconocer la confianza legítima que había depositado el equipo sucreño en las decisiones de Coldeportes que hacían referencia al reconocimiento deportivo, al que podía acceder luego de subsanar situaciones administrativas y financieras, y con el cambio se le cerró las puertas para hacer parte de los equipos del fútbol profesional colombiano.
Esta presunta falta fue calificada provisionalmente como grave a título de dolo.