La Procuraduría General de la Nación sancionó con multa de más de $680 millones de pesos a 11 directivos y miembros de la Junta Directiva del Banco Agrario, para el año 2015, por irregularidades en el empréstito de $120 mil millones de pesos otorgado al consorcio Navelena S.A.S, que cuenta con la participación de la Constructora Odebrecht de Brasil.
Se trata de los miembros de la junta directiva Arturo Adolfo Dajud Durán, como delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; Andrés Escobar Arango, como delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; Luis Fernando Mejía Alzate, como representante del accionista mayoritario; Juan Luis Hernández Celis, como representante del Gobierno Nacional y Luis Eduardo Gómez Álvarez, César Pardo Villalba, Francisco Estupinán Heredia, como miembros independientes.
También sancionó al expresidente de la entidad financiera, Francisco Solano Mendoza; a las exvicepresidentas de Crédito y Cartera, Gloria Marcela Ferrán Muñoz y de Banca Comercial, Mónica Santamaría Salamanca, y al gerente de Cuenta en Banca Empresarial – Gerencia Regional Bogotá, Omar Arturo Páez Forero.
El órgano de control estableció que los disciplinados participaron en el trámite, estudio y aprobación del crédito que el Banco Agrario otorgó al Consorcio Navelena, pese a que sobre el socio mayoritario había un claro y evidente riesgo reputacional, en razón a los problemas legales que tenía Odebrecht para cuando se tramitó el préstamo ante dicha entidad financiera.
La mayor sanción disciplinaria se impuso a Mónica Santamaría Salamanca, vicepresidenta de Banca Comercial del Banco, quien tenía la función de planear, organizar, dirigir, liderar y controlar la Banca Comercial ejecutada por las gerencias de ventas, así como cumplir las funciones normativas que la entidad financiera señalaba. No obstante, recomendó presentar al Comité de Crédito Delegado de Junta Directiva la operación del préstamo a Navelena, incumpliendo su manual de funciones, toda vez que no realizó una evaluación objetiva para la toma de una decisión que fuera viable financiera, económica y técnicamente.
La Procuraduría sancionó a la exfuncionaria con suspensión de 10 meses, convertibles en multa cercana a los $250 millones de pesos. Adicionalmente al tema del riesgo reputacional, para el caso de la Vicepresidenta de Banca Comercial se advirtió que no tuvo en cuenta que las garantías presentadas por Navelena eran irrelevantes, que no tenían la eficacia jurídica, técnica y mucho menos liquidez para respaldar el crédito, y que uno de los socios del consorcio se encontraba en causal de liquidación.
El órgano de control calificó la falta de la disciplinada como grave a título de culpa gravísima.
Así mismo, sancionó por ocho meses a exvicepresidenta de Crédito y Cartera, Gloria Marcela Ferrán Muñoz, convertibles en multa cercana a los $200 millones de pesos, al encontrar que tramitó, analizó, evaluó y recomendó presentar la operación del crédito, desestimando el estudio de riesgo reputacional que gravitaba sobre esta operación financiera, es decir, permitió que el banco lo asumiera, en razón a la captura de Marcelo Odebrecht en Brasil por temas de corrupción y que la firma tenía una participación mayoritaria en el Consorcio Navelena.
A juicio de la Procuraduría Ferrán Muñoz violó las funciones propias de su cargo y actuó en contravía de los manuales internos de la entidad bancaria y de la Superintendencia Financiera, que claramente señalaban parámetros para evaluar esta clase de créditos, por lo tanto, calificó la falta de la disciplinada como grave a título de culpa gravísima.
Para los casos de Arturo Adolfo Dajud Durán (delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural), Andrés Escobar Arango (delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público), Francisco Solano Mendoza (expresidente del Banco Agrario) y Omar Arturo Páez Forero (gerente de Cuenta en Banca Empresarial – Gerencia Regional Bogotá), la Procuraduría los sancionó con suspensión por el término de tres meses convertibles en multa de $42 millones de pesos, $36 Millones de pesos, $56 millones de pesos y $13 millones de pesos respectivamente.
Los disciplinados violaron el Reglamento Interno de la Junta Directiva y aprobaron el crédito, sin dedicar el tiempo necesario el análisis de la solicitud de Navelena, específicamente desde el análisis y estudio de los problemas legales que tenía su CEO de Odebrecht en Brasil, y no se interesaron en tener buen conocimiento de los riesgos que involucraba otorgar una operación crediticia a este consorcio, por lo tanto, calificó la falta como grave a título de culpa grave.
Para el caso Francisco Solano Mendoza, presidente del Banco Agrario de Colombia, para la época de los hechos, la Procuraduría también le reprochó por incumplir su deber de asegurar que la gestión del banco cumpliera las leyes y reglamentos de la entidad financiera; así como dirigir, reglamentar y controlar la gestión del banco, teniendo en cuenta que no exigió a sus vicepresidentas de Crédito y Cartera y de Banca Comercial que realizaran un verdadero estudio del cliente y real alcalde de riesgo crediticio y reputacional de la operación financiera.
Finalmente, sancionó con multa equivalente a 30 salarios mínimos vigentes para la época de los hechos, a Luis Fernando Mejía Álzate (representante del accionista mayoritario), Juan Luis Hernández Celis (representante del Gobierno Nacional), Luis Eduardo Gómez Álvarez, César Pardo Villalba y Francisco Estupinán Heredia (miembros independientes de la Junta Directiva), es decir, para cada uno la suma de $21 millones de pesos aproximadamente.
Ante esta decisión de primera instancia procede recurso de apelación.
Por estos mismos hechos disciplinarios, la Procuraduría General absolvió al exvicepresidente de Banca Comercial (E) del Banco Agrario, Alejandro Jiménez Rodríguez, dentro del proceso que se adelantaba por autorizar una tasa de interés del DTF+2% efectivo anual al crédito que la entidad financiera otorgó a Navelena.
El órgano de control estableció que el funcionario sí tenía competencia para fijar la tasa de interés al crédito que la Junta Directiva aprobó a Navelena, en los términos que lo hizo; por lo tanto, no se encontró probaba la presunta falta disciplinaria inicialmente reprochada.