La primera audiencia de revisión sobre las decisiones del Incoder en el caso de la Hacienda Las Pavas, no tuvo el desenlace esperado en ese tipo de diligencias judiciales.
La audiencia pública con que el Consejo de Estado inició el proceso de revisión de las decisiones del Incoder en el caso de la Hacienda Las Pavas, comenzó el pasado miércoles 3 de febrero a las 10 am sin la presencia de la apoderada del Incoder, Luisa Alejandra Camargo.
Es la primera audiencia de un proceso que busca revisar la decisión del Incoder, de 2012, en la que declara estos predios como baldíos de la nación y que podrían ser entregados a 123 familias campesinas que fueron desplazadas de ese territorio en varias oportunidades por hombres pertenecientes a estructuras paramilitares.
Antes de que se diera inicio formal a la diligencia el procurador delegado para la audiencia, Francisco Manuel Salazar pidió al magistrado que presidió la audiencia, Jaime Orlando Santofimio, que se debían discutir los efectos de la sentencia C623 de 2015 de la Corte Constitucional.
Esta sentencia declaró inexequibles varios apartes de ese articulado con lo cual los recursos de revisión de actos administrativos no tienen todos los efectos que tenían antes de 2015.
Esta solicitud llevó a que la audiencia fuera suspendida media hora mientras el magistrado revisaba dicha sentencia. Fruto de ello fue la decisión de terminar la diligencia sin que hubiera una decisión sobre lo solicitado por el Incoder y la empresa palmera Aportes San Isidro.
Las razones argumentadas por Santofimio fueron de índole procesal ya que esa no era la instancia en que debía darse ese tipo de decisiones.
La procuraduría y el representante de la empresa palmera insistieron, buscando precipitar una decisión del magistrado, sin que lograran cambiar la decisión de Santofimio.
Durante cerca de tres horas se dio el cruce de argumentos jurídicos que derivó en el fin de la diligencia sin que pudiera llevarse por el camino establecido.
Así las cosas, el magistrado Santofimio revisará los argumentos presentados y en quince días hábiles podrá saberse algo más sobre lo que piensa ese alto tribunal de la solicitud del Incoder de reversar una decisión que se fundamenta en más de 6 años de trabajo administrativo.