Humberto de la Calle, jefe de la delegación del Gobierno, reiteró una vez más que en el acuerdo de víctimas, “no se pactó una amnistía para los delitos internacionales. Se acordó la imposición de sanciones efectivas que sean apropiadas al logro de la paz”.
Es decir, personas que hayan cometido delitos como: genocidio, graves crímenes de guerra, toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, acceso carnal y violencia sexual, sustracción de menores, desplazamiento forzado, reclutamiento de menores, no tendrán perdón, no se les aplicará amnistía.
En su discurso De la Calle, manifestó que le han cumplido a la comunidad internacional, ya que, en dicho acuerdo no se pactó – perdón- para delitos de carácter universal. “A esa comunidad internacional le digo que en Colombia tenemos la voluntad y la capacidad para aplicar una Justicia de Transición genuina”, señaló el jefe de la delegación del Gobierno.
Sin embrago aclaró que, frente a las sanciones que se impondrá, habrá varios caminos deacuerdo a los hechos cometidos por cada persona.
Por una parte, “habrá penas privativas de la libertad de 15 a 20 años, en régimen ordinario de cárcel, para quienes no reconozcan verdad y responsabilidad”. Por otra parte, habrá penas privativas de la libertad de cinco años en régimen ordinario de cárcel para quienes reconozcan tardíamente verdad y responsabilidad, pero en todo caso antes de la sentencia.
Para quienes reconozcan de entrada su responsabilidad, aporten verdad plena y procedan a realizar acciones reparadoras, habrá sanciones propias de la Jurisdicción, equivalen a restricción efectiva de libertades y derechos.
Es decir, en estos casos donde no habrá cárcel, la persona tendrá una restricción efectiva, donde habrá “mecanismos idóneos de monitoreo y supervisión para garantizar el cumplimiento de buena fe de las restricciones ordenadas por el tribunal”.
Y finalmente, solo se aplicará, “amnistía e indulto a los delitos políticos y conexos como ha sido tradición en Colombia. En una ley de amnistía se determinarán las conductas y la manera precisa cómo se aplicarán los criterios de la conexidad”.