La reciente decisión del Consejo Nacional Electoral de no revocar la inscripción de la candidatura de Jorge Rodrigo Tovar Vélez, a la Circunscripción Transitoria Especial de Paz N° 12, avalado por la organización denominada Asociación Paz es Vida”, en el marco de las elecciones al Congreso de la República, pone en discusión la manera en que como la ley estableció las condiciones para acceder a las curules para las víctimas, más conocidas como “Curules Para la Paz”.
Esta candidatura despertó las alertas por tratarse del hijo del exparamilitar Jorge40, uno de los más sanguinarios jefes de las autodefensas, que no solo fue el determinador de miles de asesinatos y desapariciones en las Costa Atlántica, sino además el autor de masacres y de pactos con políticos locales como el de Pivijay y Chivoló.
Tovar Vélez fue certificado por la Unidad Para las Víctimas, como víctima del conflicto, al comprobar que sufrió amenazas contra su vida por los hechos en los que estuvo involucrado su padre. La declaración se tomó en el año 2014, surtiendo con todos los trámites.
El director para las Unidad las Víctimas, Ramón Rodríguez, dijo a Confidencial Colombia, que antes de certificar a la persona como víctima se hace la debida valoración de la documentación entregada y se verifica con diferentes fuentes como la Registraduría, su lugar de vivienda, trabajo, etc., para evitar errores, y aseguró que en este caso se surtieron los trámites.
“Tovar Vélez no tiene antecedentes, como si los tiene su padre y según lo que tenemos en el registro y teniendo en cuenta los criterios de valoración del artículo 3 de la Ley 1448 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras), si es víctima del conflicto”, aseguró el funcionario.
Rodríguez considera que la implementación de las curules de paz, se debe hacer en medio de una realidad muy compleja, que hace que un victimario de un momento a otro pase a ser víctima y, por lo tanto, sujeto de reparación y, es aún más difícil, cuando se trata de un familiar de un exguerrillero que enfrentó amenazas contra su vida.
La candidatura del hijo de Jorge 40 fue demandada ante el CNE por el senador del partido Alianza Verde, Antonio Sanguino, quien lamentó la decisión del órgano electoral.
“Lamentamos la decisión de la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral que mantuvo la inscripción de la candidatura de Jorge Tovar Vélez, hijo del exjefe paramilitar Jorge 40, a la curul de las víctimas en la circunscripción electoral No 12, que agrupa territorios que fueron azotados por el actuar criminal de su padre”, dijo el senador.
Sanguino anunció que interpuso el recurso de reposición a la decisión del CNE, argumentando que se trata de algo, “ofensivo a las víctimas y violatorias de sus derechos a la reparación política y colectiva que animan el espíritu de estas curules creadas en cumplimiento del Acuerdo de Paz firmado por el Estado y las Farc”.
Al respecto el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, considera que, “es necesario pensar en un ajuste en la norma que da vida a las curules para la paz, porque con casos como el de la candidatura de Jorge Tovar Vélez, queda claro que la manera en como quedó planteado el Acto Legislativo, pone en desventaja a las víctimas que no tienen recursos para hacer una campaña, a diferencia del hijo de Jorge 40, que si cuenta con los recursos económicos suficientes y un aparato político que aunque no es muy claro de quien se trata, si existen denuncias que dejan la sospecha de que hay clanes que lo estarían apoyando”.
Cepeda considera que aunque esta persona no tiene antecedentes judiciales que impidan su postulación, si es claro que lo acompañan miles de antecedentes morales que ponen en tela de juicio la idoneidad de su candidatura.
El exministro del Interior Guillermo Rivera, no cree que sea necesario realizar ajustes a la norma, porque para el “sería reglamentar un caso particular”. El exfuncionario va más allá argumentando que, “la condición de víctima es lo que debe primar”. Sin embargo califica como “reprochable”, que exista toda una maquinaria ayudándole, según él, “esto es como clientelizar la circunscripción”.
Por su parte, Esteban Salazar, Coordinador de investigación de la Fundación Paz y Reconciliación, dice que es mejor esperar a que se posesione el nuevo Congreso de la República y así medir si existe la viabilidad política para proponer un ajuste al Acto Legislativo 02.
“Ya vimos que en cuatro años no fueron capaces de establecer un proceso para reglamentarlas como era debido. No me imagino como puede ser un escenario donde se puede crear una inestabilidad jurídica por un arreglo en su reglamentación”, dijo el analista.
¿Qué son las curules paras la paz?
Las curules para las víctimas surgen tras la firma del Acuerdo de Paz con la extinta guerrilla de las Farc, con el Acto Legislativo 02 de 2021, creando 16 escaños en la Cámara de Representantes que tendrán vigencia únicamente durante los períodos 2022-2026 y 2026-2030.
La persona que desee acceder a estas curules debe haber nacido o tener una antigüedad de vivienda, en uno de los municipios de las 16 Circunscripciones, no menor a los tres años anteriores a la fecha de elección. Además de ser víctima del conflicto, reconocida por la Unidad Para las Víctimas.
Su candidatura debe hacerse únicamente bajo el aval de una organización de víctimas, campesina o social para personas sin pertenencia étnica.
La norma en ningún momento establece condiciones para que familiares de victimario que se declaren víctimas del conflicto, no puedan candidatizarse para acceder a las curules de paz.