Ir al contenido principal

Presidente Santos sancionó ley de víctimas de ataques con ácido y se ordena formular una política integral de atención a los atacados. Además sancionó este miércoles la Ley en contra del Maltrato Animal, reconociéndolos animales como seres sintientes.

El Presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley de víctimas de ataques con agentes químicos, ácido o sustancias similares, con la cual se tipifica como delito autónomo dicha conducta, aumentan las sanciones para los responsables y elimina distintos beneficios como la suspensión condicional de la ejecución de la pena.

De acuerdo con la ley sancionada, la pena para los responsables de ese delito sube de 150 a 240 meses de prisión si la conducta es simple; de 251 a 360 meses de prisión si el ataque causa deformidad o daño permanente en la víctima; y se aumenta la pena hasta en una tercera parte si la conducta conlleva deformación del rostro.

Se prevé que el homicidio agravado (cuando la conducta sea cometida con sevicia) y las lesiones causadas con ácido no gozarán de los beneficios de suspensión condicional de la ejecución de la pena, de prisión domiciliaria, y de ningún otro de carácter judicial o administrativo.

La ley sancionada entrega al Gobierno Nacional la responsabilidad de formular en un plazo de 6 meses a la expedición de la ley, una política pública integral a las víctimas de ataques con ácido y otras sustancias químicas, garantizando el acceso a la atención médica y sicológica integral.

Los animales también fueron tenidos en cuenta

Así mismo, se conoció que el Presidente Sancionó la Ley en contra del Maltrato Animal, donde se modifica el artículo 655 del Código Civil (bienes muebles) para reconocer a los animales como seres sintientes. En el modificado artículo se establecen multas que van desde 5 a 50 salarios mínimos legales vigentes (SMLMV) mensuales, para quienes incurran en actos dañinos y de crueldad en contra de los animales.

Establece, igualmente, una pena de 12 a 36 meses e inhabilidad especial de uno a tres años, y multa de 5 a 60 SMLMV, para quien cause la muerte o lesione gravemente la salud o integridad física de los animales silvestres, domésticos y amansados.

La modificada norma también faculta a la Policía Nacional y a las autoridades policivas competentes para que efectúen la aprehensión material preventiva de animales, sin que medie orden administrativa o judicial previa, cuando tengan conocimiento o exista un indicio de conductas que constituyan maltrato animal.

Esneyder Negrete – @esnegrete

esnegrete05@gmail.com
Comunicador Social – Periodista egresado del Politécnico Grancolombiano de Bogotá, escribo sobre política, Derechos Humanos, conflicto armado, entre otros temas. Llevo cinco años vinculado a Confidencial Colombia.

PORTADA

El exembajador de Colombia en Argentina, Camilo Romero, presentará de manera oficial su aspiración a la Presidencia de la República dejando claro si buscará la candidatura en el Partido Alianza Verde o a través de otra fuerza política. La presentación de…
Al estilo de las Cosas de la Política de Confidencial Noticias, explicamos quienes fueron los que en realidad perdieron con la resurrección del proyecto de la reforma laboral y el hundimiento de la consulta popular. Nota recomendada: Gustavo Petro…
La demanda interpuesta por el abogado por Fabiola Perea contra la canciller, Laura Sarabia, por daños y perjuicios causados tras haberla convertido en víctima de seguimientos e interceptaciones ilegales dentro del caso de su exniñera, Marelbys Mesa, superó…
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fabio Arias, en entrevista para Confidencial Noticias, explica que el llamado a un paro nacional lo hacen para manifestar su apoyo al proyecto de consulta popular y rechazar un posible nuevo…
Foto: El Tiempo La Corte Suprema de Justicia dio a conocer la terna de candidatas que competirán para el cargo de magistrada de la Corte Constitucional. Esta terna, integrada exclusivamente por mujeres, tiene como propósito seleccionar a la jurista que…