Por una acción popular interpuesta por los residentes del conjunto residencial ‘Torres del Parque’, el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte no puede realizar eventos que excedan los máximos niveles auditivos de sonoridad permitidos en la Plaza de Toros la Santamaría. Aunque residentes y distrito se encuentran en concertaciones, aún no se ha logrado un acuerdo.
Tras la reciente ratificación que hizo el Consejo de Estado el pasado nueve de octubre en la cual dijo a la Corporación Taurina devolver al distrito la Plaza de Toros la Santamaría, tanto el Idrd como la administración distrital celebró el fallo. Sin embargo, y ante la reciente confirmación de la nueva ‘Plaza Cultural la Santamaría, como se llamara próximamente, el director del Instituto de recreación y deporte, Idrd, Elemir Pinto, anunció que se realizaría un concierto del artista Juanes para ratificar la adquisición cultural de los bogotanos.
Ante el anuncio, los residentes del conjunto residencial ‘Torres del Parque’, un conjunto residencial adjunto a la Plaza de Toros, pusieron su voz en alto y recordaron que ante una acción de tutela interpuesta por los residentes en el año 2007, se prohíbe al Idrd realizar conciertos o realizar eventos que excedan los máximos niveles auditivos de sonoridad en la Plaza de Toros la Santamaría.
El fallo
El 25 de junio del 2007, los habitantes del conjunto residencial “Torres del Parque” demandaron al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, Idrd, la razón: la autorización de conciertos por parte del Idrd a terceros.
El caso exponía que “existen algunas normas expedidas o impuestas por la demandada para la celebración de tales eventos, normas que no se cumplen por los terceros, ni su cumplimiento se controla por la demandada”, asegura el documento.
Por esa razón los habitantes del sector solicitaron al juzgado tercero administrativo del circuito de Bogotá, que se ordenará al Idrd “no autorice a terceros la celebración en la Plaza de Toros la Santamaría de esta ciudad, de conciertos musicales y de otros eventos públicos que perturben la tranquilidad y el ambiente sano que deben tener los residentes”.
Así mismo “eventos que musicales o de otro índole que produzcan contaminación auditiva a los residentes del conjunto Torres del Parque”, señalan las pretensiones que pusieron los demandantes.
Por su parte la defensa argumentó, pero se opuso a “todas y cada una de las pretensiones de la demanda”.
El Idrd reconoció que “no conocía el número de familias que habitan en el conjunto”, pero que “no aceptaba” la posición en la que los habitantes aseguran que las normas auditivas “no se cumplen por los terceros, ni su cumplimiento se controla por la demandada”, ya que ellos (Idrd), “cumple y hace cumplir la normatividad vigente para el desarrollo de los eventos musicales que se autoriza en el escenario del caso, los cuales son autorizados por la Secretaria de Gobierno de la Alcaldía Mayor”.
Además el “Idrd, indicó que la “Plaza de Toros la Santamaría fue construida hace76 años con anterioridad a la construcción del conjunto Torres del Parque y que debe primar el interés general sobre el particular”.
Sin embargo el juzgado señaló que “no ha actuado por fuera de su ordenamiento legal, y principios para la cual fue creado, pues en las oportunidades que se facilitó el escenario recreativo aquí cuestionado Plaza de Toros la Santamaría, a contrario sensu con su utilización se está desarrollando y permitiendo el cumplimiento de unos de los principios fundamentales, cual es el de la recreación”.
Sin embargo el 28 de enero del 2011 el juzgado sacó su fallo y el directo afectado fue el Idrd. El despacho judicial dijo que el Idrd “tiene responsabilidad directa en la vulneración del derecho colectivo invocado, habida consideración que si bien éste tiene que contar con los permisos o autorizaciones de la Secretaria de Gobierno y la Secretaria Distrital de Ambiente (Autoridades competentes), quien en últimas tiene la Administración y decide di pone a disponibilidad de los empresarios el escenario para realizar algún tipo de espectáculo en la Plaza de Toros la Santamaría es el Idrd”.
Así las cosas, el juzgado tercero administrativo declaró que 2es claro que los habitantes del Conjunto la Torres del Parque han venido sufriendo la vulneración al derecho colectivo al goce de un ambiente sano y que dicha vulneración es causada por la acción del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, entidad encargada de la administración de la Plaza de Toros de Santamaría, que ha autorizado la realización de diferentes conciertos musicales que han desbordado los limites sonoros permitidos”.
Sin embargó, el Despacho “considera que en los eventos, de acuerdo a los estudios técnicos previamente realizados, en que previsiblemente no se excedan los limites sonoros establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, se podrá autorizar la autorización de uso correspondiente”.
Dadas esas condiciones el ente jurídico falló a favor de los habitantes de Torres del Parque. En primera instancia el Despacho lo hizo bajo el amparo al “derecho colectivo al goce de un ambiente sano invocado por los accionantes”.
En segunda le ordenó al “Instito Distrital para la Recreación y el Deporte que no deberá autorizar el uso de la Plaza de Toros la Santamaría para ningún tipo de evento, distinto a los taurinos, en los que previsiblemente, de acuerdo a las evaluaciones técnicas previas, se considere que se excederán los máximos niveles auditivos de sonoridad permitidos por la reglamentación vigente”.
¿Se podrá realizar el concierto?
El administrador del conjunto residencial Torres del Parque, Samuel Zuluaga, admitió que se han realizado “tres o cuatro reuniones” entre Idartes, el Idrd y los residentes del conjunto, unos de los más afectados por la medida ya que la forma de la Plaza de Toros hace a veces de “parlante hacía arriba” produciendo un ruido excesivo en los apartamentos más altos de la torre.
Zuluaga también aseguró “que el problema con los eventos no solamente es durante los eventos, sino antes, durante y después”, y esto se debe a las grandes construcciones que se realizan para los conciertos. Además del problema de basuras, de movilidad y de seguridad es otro de los problemas que padecen los residentes cuando no pueden entrar a sus hogares por los esquemas de seguridad contemplados para el evento.
Sin embargo y aún con la Acción Popular interpuesta por los residentes del conjunto, Elemir Pinto anunció que el “próximo 27 de noviembre se realizará el concierto de reapertura de la Plaza de Santamaría, la cual seguirá siendo administrada por el distrito”.
Para el coordinador del Comité dueños, restaurantes y vecinos de los habitantes de Torres del Parque, Alberto Maldonado “Es obvio que el concierto de Juanes y la mayoría de conciertos o eventos que se programen van a sobrepasar los límites, con lo cual el propio Distrito estaría violando las normas”.
Además Maldonado dijo que “esta situación es preocupante por cuanto sería un pésimo ejemplo, sobre todo cuando la propia Secretaría de Ambiente está adelantando políticas para controlar y reducir el ruido. En el caso de la zona y especialmente de La Macarena, donde hay problemas de ruido, sería muy inconveniente que la propia administración distrital no cumpliera con las normas.”
Aunque actualmente se están realizando reuniones entre las dos partes y con el esfuerzo principalmente de “Santiago Trujillo, director del Idartes”, dice Maldonado, no se ha llegado a un acuerdo, pero las reuniones se seguirán efectuando para poder lograr un acuerdo o definitivamente la cancelación de los eventos que excedan los máximos niveles auditivos de sonoridad en la Plaza de Toros la Santamaría.
“En caso de realizarse el concierto de Juanes y violar los niveles de ruido, la administración estaría desacatando una orden judicial y además le correspondería a la Secretaría de Ambiente investigar y sancionar al IDRD”, declaró Maldonado.
Según el técnico encargado de la medición de sonido en los diferentes eventos públicos de la Secretaria Distrital de Medio Ambiente, Eduardo Espinoza, durante la última marcha que se dio el siete de octubre en la plaza de toros a favor del derecho de los animales, “los niveles de emisión exterior fueron inferiores a 65”, lo que es legalmente permitido en el sector B en el día, ya que de noche los índices no deben superar los 65 decibeles.
Espinoza también aseguró que es posible que se pueda dar el concierto con un nivel de sonido inferior a 65 db, “pero esto depende del sistema de amplificación la altura de los parlantes y los watts de salida.
Más problemas para la comunidad
Los eventos en la Plaza de Toros la Santamaría no es el único problema que sufren los residentes del conjunto en problemas de sonoridad, los habitantes tanto del conjunto como de los barrios aledaños al barrio La Macarena del centro de la ciudad, denunciaron que constantemente se están realizando conciertos en algunos de los restaurantes cercanos al sector, y que esto también es parte fundamental del problema.
Los habitantes insisten en que el uso del piso está siendo cambiado. El sector al que pertenece el barrio es B, lo cual permite zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes. Universidades, colegios, escuelas, centros de estudio e investigación y Parques en zonas urbanas diferentes a los parques mecánicos al aire libre. Lo que hay en este momento.
Pero posiblemente en unos años y de no llevarse a cabo la investigación correspondiente por las autoridades, el uso del suelo podría cambiar a C por invasión de los sitios de rumba, “ya que hay algunos vecinos que se han ido de las residencias por los fuertes ruidos que producen las rumbas que se realizan en algunos comedores en las noches”, asegura Zuluaga.
Los sectores C son los que permiten Zonas con usos permitidos industriales, como i ndustrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas, Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos, zonas con usos permitidos de oficinas, zonas con usos institucionales y zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espectáculos públicos al aire libre.
Uno de los casos más representativos del cambio de suel por invasión, es la que sufrieron los habitantes del barrio Bonanza, en la zona industrial de Bogotá. Ese barrio en sus inicios era residencial, pero ante la llegada de las empresas, los residentes optaron por buscar otras zonas para ubicarse, dando la opción de expansión a la fábricas que se encuentran actualmente.