La oportunidad perdida del Congreso

El debate sobre el proyecto de ley que permitiría el matrimonio igualitario finalmente fue aplazado ayer en el Senado. La decisión se dio porque la corporación no estaba transmitiendo por señal abierta pública de televisión, esta sesión que generó importantes expectativas en el país. Confidencial Colombia habló con el exmagistrado Carlos Gaviria Díaz sobre este proyecto. Entrevista.

Aún sobrevive el proyecto de ley que reivindica el matrimonio igualitario para las parejas del mismo sexo, después de que las bancadas de los partidos de la U y Conservador –mayoritarias en el Congreso-, se unieran para votarlo de manera negativa, y se conociera la alianza que el presidente del Senado, Roy Barreras realizara con grupos cristianos para votar también en contra.

Ayer en el Senado el ponente del proyecto, Armando Benedetti, afirmó que “hundir el matrimonio igualitario prueba que el Congreso no sirve para nada”, y continuó, “los jueces seguirán legislando, la Corte Constitucional seguirá legislando, y se dará otra prueba más de que el Congreso no sirve para nada y no representa a nadie”.

Confidencial Colombia habló con el ex magistrado de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria Díaz, quién además fue presidente de dicha entidad desde 1996 hasta 2001, para analizar el panorama de este proyecto de ley.

Confidencial Colombia: ¿Por qué si es un tema que está siendo debatido y aprobado en muchos países alrededor del mundo, en Colombia aún sigue siendo un asunto vinculado a convicciones religiosas?

Carlos Gaviria: Sucede que no estábamos acostumbrados a una norma de esa clase porque la Constitución anterior era conservadora y ”reduccionista”, se trataba de que todos los colombianos pensáramos de la misma manera y fuéramos católicos y habláramos el idioma español. Por ejemplo, los indígenas no se consideraban como culturas distintas sino como “salvajes”, que al introducirse a la civilización debían adaptarse al dogma y las creencias de la religión católica. Entonces, naturalmente aun quedan muchos rezagos de ese tipo de comportamientos y normas que los colombianos habían incorporado a su vida.

Esta constitución abre otros horizontes y esto se sintoniza con los movimientos a nivel mundial por el derecho de las minorías, en este caso por los derechos de la comunidad LGBTI que lucha por ser tratada en las mismas condiciones de las personas heterosexuales.

CC: ¿Qué opinión tiene sobre la alianza entre el actual presidente del Senado Roy Barreras con sectores religiosos, comprometiéndose a “no promover ni apoyar el matrimonio entre personas del mismo sexo”?

CG: La misma Constitución de 1991 es pluralista, donde se establece separación de la Iglesia y el Estado y donde además no puede haber creencias oficiales. El Estado no se compromete con ninguna creencia religiosa o cualquier otro tipo de creencia, si no que crea un ambiente de confrontación, de discusión, de diálogo.

CC: ¿Qué opina sobre el fallo de la Corte Constitucional que hace referencia a la constitución de familia para parejas del mismo sexo, pero no sobre el matrimonio igualitario?

CG: Yo creo que la Corte ha dado un paso diciendo que cuándo dos personas del mismo sexo conviven, ayudándose el uno al otro, son familia y a su vez actuó con mucha prudencia y cautela, -que debe reconocerse más bien como plausible-, porque bajo una Constitución como la nuestra se suscitan muchas discusiones, por ejemplo, si el cambio de ciertas conductas debe hacerse por vía de decisión judicial, -es decir por sentencia-, o si debe ser objeto de debate en el Congreso.

Me parece que la Corte dejo en claro algo muy importante, que dentro de la Constitución hay un tratamiento igualitario para las personas homo y heterosexuales, pero le dio oportunidad al Congreso para que determinara si las uniones permanentes entre esas dos personas podían ser asimiladas al matrimonio o no.

Se viene dando un proceso importante en cuanto al matrimonio. Por ejemplo, antes era privilegiado el matrimonio religioso, luego fue aceptándose por los colombianos el matrimonio civil, luego a las personas que conviven en unión libre, luego ya vendrá el matrimonio igualitario.

Como la Constitución del 91, es bastante igualitaria, no se encuentran razones para justificar que unas parejas tengan más derechos que otras, y finalmente, si la familia en la Constitución del 91, es el núcleo de la sociedad colombiana y debe ser protegida, cuidada y guardada su estabilidad, pues también debe protegerse la familia de parejas del mismo sexo.

CC: ¿Qué caminos deben recorrerse para protegerse a las familias conformadas por parejas del mismo sexo?

CG: La Constitución del 91, implica la revisión de muchos conceptos que habían imperado entre nosotros y cuya revisión debe hacerse paulatinamente. Para muchos sectores de opinión, el matrimonio es el creador de la familia, aun cuando ya se habían aceptado las uniones de hecho también como generadoras de familia. Lo que sucede es que en nuestra sociedad existe un solo tipo de familia, -que por cierto estudió muy bien la antropóloga Virginia Gutiérrez de Pineda-, y es aquella familia monógama de un hombre y una mujer casados católicamente, que no admitía divorcio y que debía tener hijos. Pero el concepto ha venido evolucionando y seguirá haciéndolo. La familia ya no es la misma, y eso lo contempla la Constitución del 91. No podemos pensar en un sólo tipo de familia, sino en varios.

CC: Una de las excusas de los opositores al Proyecto de Ley, es que el matrimonio tiene fines reproductivos. ¿Qué opina?

CG: Debemos recordar que el matrimonio dentro de la concepción católica tiene como finalidad la reproducción, -remontada a la leyenda bíblica de Adán y Eva, con el mandato de creced y multiplicaos-, y que entre nosotros, permanece por la concepción judeocristiana que prevalece, pero otras finalidades del matrimonio son que dos personas se unen para compartir el afecto, para compartir el amor, para ayudarse mutuamente y por tanto es perfectamente posible que no tengan en mente la reproducción.

La procreación no es lo que le da al matrimonio su esencia hasta el punto que dentro del propio derecho canónico es perfectamente posible que dos personas estériles se casen y ese matrimonio es válido.

CC: Si la Constitución del 91 es incluyente, ¿podríamos presumir que el Código Civil es excluyente?

CG: No adoptemos un lenguaje un tanto dogmático, que si el Código Civil está mal y la Constitución está bien, no, digamos que el Código Civil es de 1887 y por tanto se expidió bajo la vigencia de la Constitución de 1886 y en dicha Constitución se consideraba que la familia estaba conformada por un hombre y una mujer casados, -no se reconocía la unión de hecho, como generadora de un núcleo familiar-. Al venir la de 1991 con normas y principios muy diferentes, muchas leyes quedaron sin actualizar.

Es necesario que las leyes anteriores al 91, se vayan poniendo en armonía con la Constitución del 1991, y por tanto que el Código Civil de 1887, se vaya poniendo en armonía con la constitución nueva y eso le ha correspondido en buena parte a la Corte Constitucional. La finalidad es que se generen debates públicos sobre los temas en conflicto.

Me parece muy importante que aun, si no se aprueba el matrimonio igualitario, ya es mucho el terreno ganado y prácticamente a punto de que ese reconocimiento tenga lugar.

CC: ¿En caso de votarse negativamente el proyecto, qué pasará con las parejas del mismo sexo que se acerquen a las notarias?, ¿Qué deberán hacer los notarios?

CG: Yo creo que una vez la Corte aprobó la sentencia que YA está en vigencia, en realidad el notario no tiene que crear nada. Él solamente tiene que dar fe, que dos personas asistieron a su despacho y dijeron que resolvieron vivir juntas, para apoyarse mutuamente, para compartir el afecto, para ser solidarios, etc. Luego viene ahora una discusión que es semántica, -aun cuando reconozco que eso es importante-, si debe llamarse matrimonio o no. Hay un punto casi que de honor que dice que debe ser “matrimonio” para que no se les discrimine con respecto a las parejas heterosexuales, pero el resultado, es bastante parecido.

Si una pareja del mismo sexo se dirige a la notaria y manifiesta “somos capaces, somos mayores, tenemos pleno uso de nuestras capacidades mentales, y hemos decidido convivir juntos para tener una comunidad de bienes, para apoyarnos etc.”, el notario faltaría a su deber, si no diera fe de que ese hecho ocurrió. El no esta diciendo los estoy casando, él notario simplemente da fe que esas personas fueron e hicieron esa manifestación.

Y yo creo que luego el hecho de que conste en una escritura pública que se realizó dicha manifestación, da lugar a que reciban un tratamiento muy similar al de las personas que han celebrado un rito religioso.

CC: ¿Qué sucede si el proyecto de ley –tal y como se presume por las consabidas alianzas entre fuerzas políticas al interior del Congreso-, se hunde?

CG: Yo considero que si la propuesta se rechaza, la discusión quedará sobre el tapete. Se escucharán los argumentos de un lado y del otro y se enriquecerá a la sociedad.

Por ejemplo, cuando la Corte produjo la sentencia de despenalización del porte y consumo de la dosis personal de droga, el presidente de entonces, el Dr. César Gaviria, amenazó con convocar un referendo para que esa sentencia quedara sin vigencia y se pudiera penalizar de nuevo a las personas. Hoy en día, anda por todos los continentes en asocio con otros ex presidentes de México y Brasil, pidiéndole a la comunidad internacional que despenalice el consumo de marihuana. Los debates surten ese tipo de efectos.

La constitución de 1991 en mi juicio es mejor que la del 86, ha producido debates sociales de esa naturaleza que cambian la opinión de las personas y ha hecho que la gente se vuelva menos dogmática, menos inflexible y más receptiva de puntos de vista distintos.

CC: Los opositores al proyecto también manifiestan que al aprobar el matrimonio igualitario, se abrirá la oportunidad para la adopción. ¿Es verdad?

CG: Una cosa es aprobar el matrimonio igualitario y otra la adopción. En este momento esto no es lo que está sobre el tapete. Quizás podría suceder que en futuro la comunidad LGBTI solicite que los dejen adoptar, pero eso será objeto de discusión en el futuro. No ahora porque no tienen nada que ver, no es la discusión. La aprobación del matrimonio, no implica que se les autorice para adoptar.

Pero yo adelanto algo más, yo soy partidario de que una pareja del mismo sexo pueda adoptar. En contra de esa tesis, se han esgrimido muchos argumentos que yo llamaría pseudocientíficos, pero que son pretextos para sacar abantes otras tesis, que tienen otras raíces, derivadas de prejuicios, de religión de otra clase. Entonces dicen que es perjudicial para los niños tener padres de parejas del mismo sexo. Ya se ha demostrado que lo que el niño necesita es afecto, y esto no siempre es garantizado por los padres heterosexuales.

CC: ¿Qué opinión tiene sobre la intromisión de la Iglesia Católica, con el envió de cartas a los senadores invitándolos a rechazar el proyecto de ley?

CG: A mi me parece inadecuado, yo soy muy respetuoso de todas las creencias religiosas de la Iglesia, pero la Iglesia debería entender cuál es su rol.

La Iglesia puede legislar sobre sus fieles, puede y debe dictar directrices de conducta para los creyentes, pero no pueden pretender que en un Estado que no es religioso sino secular, sus creencias que no se comparten de manera general procedan en la interviniendo en las decisiones de los órganos del Estado.

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