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“Mi padre me abusó sexualmente”


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María Camila* tenía 11 años cuando su padre abusó sexualmente de ella por última vez. Hoy, después de los traumáticos hechos, habla de su historia, de cómo la educación integral para la sexualidad podría prevenir las violaciones y sobre la sentencia de la Corte Constitucional que indica que aquellos que hayan cometido este tipo de delitos pueden recibir beneficios judiciales.

“No tengo memoria de cuándo empezaron las cosas… supongo que desde siempre” afirma María Camila cuando intenta marcar un punto de inicio a los ocasiones en las que su padre, mientras fingía jugar con ella, le besaba la boca, sus partes íntimas y la obligaba a tocarle el pene.

Lo que sí recuerda es que la última vez que sucedió tenía once años y se sintió tan afligida que lloró durante semanas. “Cuando tenía 8 o 9 años le dije a mi madre y ella no hizo nada al respecto. Estaba sola en el mundo. Mi padre además decía que él daba dinero para la casa y que por eso tenía que dejarme”.

María Camila, pensó muchas veces en el suicidio “¿Acaso vale la pena vivir así?” se preguntaba. Sin embargo y para “su fortuna” sus progenitores discutieron y su abusador no pudo volver a entrar a la casa, así que “solamente me tocaba las piernas cuando iba a recogerme al colegio. No me metía la mano debajo de los cucos porque aprendí que si me sentaba detrás del asiento del conductor no alcanzaría a tocarme mis partes íntimas”, explica.

“Cuando has sido penetrada violentamente y en tantas ocasiones, que tu victimario sólo te toque las piernas o te pida besos, es en ocasiones un alivio”.

Y así pasaron los años, hasta que Camila entró en la adolescencia, una etapa muy difícil de su vida –según sus propias palabras-, y tal vez por “los cambios hormonales” se le hacía inconcebible sentarse a comer con la mujer que había permitido que esto le pasara. Así que una noche, mientras cenaban, decidió en medio de lágrimas decirle a su madre que “no podía seguir viviendo así” y le reprochó su accionar. Su mamá no derramó ni una sola lágrima recuerda-, pero accedió a ir con ella a la Fiscalía a interponer el debido recurso legal.

Lo que pasó después sería otro infierno. Con el desconocimiento de cómo debía ser el proceso, se dirigieron a la URI de Paloquemao, “allá el trato es indigno, uno ni siquiera ha podido procesar lo que le pasó y tiene que contarle desde al portero en adelante que está ahí porque el papá lo violó para que lo dejen pasar. Además los funcionarios son fríos y calculadores, no tienen ni cinco de tacto”, expresa.

Posteriormente, toda su familia se enteró y lo primero que hicieron fue tildarla de mentirosa. “¡Es imposible que Jorge* hiciera eso!, ¡Te lo estás inventando porque quieres atención!”, le decían. Incluso cuenta que una tía suya tuvo el descaro de decirle “usted es muy afortunada, su papá sólo le metía los dedos; ¿Cuántas niñas hay en el mundo que las violan y las destrozan por dentro?, debería dar las gracias porque no fue nada grave.

Así que los años siguientes se alejó de sus parientes pues pese a que se enteró que más de tres mujeres en su familia habían sido víctimas de violaciones por tíos y/o desconocidos, no encontró en ellos más que juzgamientos e incomprensión.

Educación integral para la sexualidad para la prevención del abuso

Lastimosamente, el caso de María Camila es común en nuestra sociedad. Razón por la cual para Gina Vargas, Coordinadora Nacional de Jóvenes de Profamilia es importante desarrollar acciones integrales en sexualidad, derechos sexuales y derechos reproductivos que incluyan educación y acceso a servicios desde edades tempranas.

Vargas reitera que “en el marco de la ley 115 se plantea que hay que trabajar el tema sexualidad”, y que la Corte Constitucional declaró exequible la norma que impone la “Cátedra de educación sexual” como obligatoria en bachillerato y universidades.

La demanda presentada en contra de la Ley 1146 de 2007 hace referencia a una cátedra puntual para la prevención del abuso sexual. No obstante, la educación integral para la sexualidad sigue siendo un espacio vigente e inalterable y su obligatoriedad progresiva en la etapa escolar, está contenida en la Ley General de Educación, Código de Infancia y Adolescencia y el Plan Decenal de Salud Pública.

Sin embargo, a su parecer la decisión de la Corte Constitucional, de dirigir la “cátedra de la sexualidad” únicamente a establecimientos de educación media y superior, “establece una diferencia injustificada con los menores de 14 años o que estén en grados inferiores a 10 grado, quienes también deberían estar incluidos en la cátedra”.

¿La razón? Estas clases podrían ayudar a la prevención del abuso en niños y niñas. En estos espacios pueden “los niños y las niñas empezar a reconocer su cuerpo, a valorarse. Y ahí, es donde viene el tema de qué está bien y qué está mal en la relación con el otro, que importantísimo en las edades tempranas para la prevención del abuso y posibles agresiones que pueden venir desde el bullying hasta agresiones sexuales (…) Los estamos protegiendo, desde el afecto que se tienen a sí mismos”, explica Gina Vargas.

La Coordinadora Nacional de Jóvenes de Profamilia también reitera la importancia de brindarle a los más pequeños herramientas para detectar y frenar el maltrato. “Muchos de los casos pasan porque los niños y las niñas saben que eso está mal, pero no tienen las herramientas para poderlo decir. Uno, porque no conocen la ruta y dos, porque su cuerpo es de otros, no de ellos mismos. Si ellos supieran que su cuerpo vale, podrían denunciar (…) debemos enseñarlos a valorarse y saber que merecen otra cosa”.

Finalmente admite que más allá del fallo de la Corte, uno de los obstáculos más grandes a los que se enfrentaría la implementación de una “cátedra de educación sexual” en todas las edades, son “la formación a docentes porque se ha cargado mucho la responsabilidad a orientadores”, la voluntad política y la asignación de los recursos, ya que si bien estos proyectos no son económicos “si uno invierte en educación la cosa sería diferente” y tal vez se podrían evitar casos como los de María Camila.

Quienes cometen delitos sexuales contra niños pueden acceder a reducciones de pena

Para María Camila, que quienes cometan delitos sexuales contra niños pueden redimir parte de su pena con estudio o trabajo, es “impensable”. Aunque su padre jamás fue a prisión porque su himen era flexible y jamás se rompió con las constantes penetraciones “y si no había himen roto no había violación según la Fiscalía”, la decisión de la Corte Constitucional le hace perder aún más la fe en el aparato judicial del Estado. “El sistema está hecho para proteger a los victimarios”, señala.

El reciente fallo de la Corte Constitucional confirmó otro de la Corte Suprema de Justicia, que dice rebajar la pena de alguien que abusó sexualmente de un niño “no supone desproteger a los menores”, pues la redención de penas es un derecho, no un “beneficio administrativo o subrogado penal”.

Al respecto, la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cristina Plazas, aseveró a través de su cuenta que: “Hace unos meses expresaba mi preocupación de que en Colombia se estaba abriendo paso a la protección de los violadores de niños. ¡Hoy se confirma!”.

Incluso la senadora Claudia López sentenció que “La política que ha establecido el Congreso es que los violadores de menores y agresores de menores no merecen subrogados penales. Y esa política no tiene ninguna probabilidad de cambiarse. Todo lo contrario, lo que estamos tratando es de reforzar las medidas. La ley es clara, los violadores de menores no tienen subrogados penales ni reducciones de pena por estudio, trabajo y comportamiento”.

*Nombres cambiados a petición de la entrevistada

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