La Corte Constitucional no aprobó la solicitud del ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, para aplazar por un año el fallo de inexequibilidad en los precios de los combustibles. El alto tribunal consideró que la petición fue presentada muy tarde puesto que la sentencia ya había sido dictada, la cual determinó que el Ministerio de Minas y Energía estableciera los precios.
En la carta enviada por el Ministro, explicó a la Corte Constitucional la importancia de aplazar por lo menos seis meses o más la modificación de los precios de los combustibles, debido a que si llegará a ser efectivo el fallo de inexequibilidad habría “implicaciones mecroeconomicas”.
“En atención a la trascendencia del asunto y sus implicaciones económicas y sociales, de manera respetuosa, se solicita que los efectos de la presunta sentencia de inconstitucionalidad se difieran, de modo tal que el legislativo tenga la oportunidad de efectuar los ajustes que sean necesarios, en el marco de un debate analítico y claro para el país”, solicitó Cárdenas.
En la misiva también recuerda la función del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), el cual “tiene por objeto atenuar el impacto en el mercado interno de las fluctuaciones de los precios internacionales, de modo tal que las alzas de precio internacional no impacten directamente a los consumidores colombianos”. Fondo que ha permitido un ahorro de 3,46 billones de pesos en los colombianos, pero que al tiempo ha generado un déficit del mismo valor para el FEPC.
Según el ministro de Hacienda, la decisión de la Corte ocasiona la imposibilidad de recuperar este déficit de 3,46 billones y así mismo obligará al Gobierno a tomar algunos recursos del presupuesto de la nación para compensar los efectos económicos de la diferencia entre el precio internacional y el precio interno.