Para el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, la reelección del jefe del Ministerio público podría transmitir que este utilizó su poder para hacerse reelegir desde aquellos a los que él vigila. El togado explicó las implicaciones que causaría una posible anulación del cargo para Alejandro Ordóñez.
La figura del Procurador no brilla con la misma intensidad por estos días, pues dos demandas que estudia el Consejo de Estado podrían enviarlo contra las cuerdas y sacarlo del Ministerio Público. Los procesos legales en su contra señalan que la Constitución no permite que este sea reelegido y que hubo vicios en el trámite de la decisión que lo atornillo nuevamente a la Procuraduría.
De aplicarse la anulación del cargo de uno de los hombres más poderosos del país, ¿qué implicaciones traería y qué recursos podría presentar Ordóñez en su defensa?
La situación maneja dos vertientes. Una primera que resalta a aquellos que están en desacuerdo con la reelección del Procurador. Ellos argumentan –entre otras cosas- que si una norma constitucional no lo permite, no puede ser reelegido porque en Derecho Público las competencias tienen que ser expresas y no implícitas.
“La reelección distorsiona el juego de equilibrio de los poderes públicos porque los que eligieron al Procurador son los mismos que él ha venido vigilando (los Congresistas)”, dijo a Confidencial Colombia Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia.
El abogado fue tajante al asegurar que un segundo mandato de Ordóñez “afectaría el tema de pesos y contra pesos que está en la Constitución (…) fuera de eso interferiría también con la imparcialidad que debe reinar en todo ese tipo de elecciones porque esto transmite que el propio Procurador utilizó su poder para hacerse reelegir”.
En efecto, la Constitución guarda silencio respecto a si el jefe del Ministerio público puede ser reelecto o no. Es en este enunciado donde se desprende un problema de interpretación alrededor de la norma constitucional y de allí se sostienen en parte los que aprobaron un nuevo periodo para Ordóñez. “Los que piensan que sí se puede reelegir dicen que si la Constitución no lo prohíbe en forma expresa no hay porque entender que está prohibido. Sin embargo, si en algún cargo no debe haber reelección, es en el del Procurador”, anotó.
La controversia ya está en el fogón y a diferencia de antecesores en la Procuraduría como Edgardo José Maya Villazón, quien se reeligió y estuvo en el puesto desde enero de 2001 hasta enero de 2009 sin que lo demandaran por el tema en cuestión, contra el procurador Ordóñez sí hay en trámite un proceso legal que el Consejo de Estado tiene que despachar.
“La demanda alega motivos concretos de nulidad de la elección y es porque algunos de los magistrados que lo ternaron manifestaron impedimento dado que tenían parientes trabajando en la Procuraduría. Luego la Corte Suprema de Justicia dijo que no se configuraba la causal”, indicó Arrubla.
Esta encrucijada contrasta al episodio donde se ternó a Ordóñez para la elección (la primera vez lo hizo el Consejo de Estado) en el que también se presentaron impedimentos de algunos magistrados que tampoco fueron aceptados. Asismismo resalta la confrontación judicial con el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quien ganó el round contra el Procurador. En este caso varios magistrados manifestaron su impedimento por tener parientes trabajando en el distrito y en la Procuraduría y de nuevo no se recibieron.
El hecho de que se rechacen los impedimentos en varias ocaciones da pie para atestiguar el poder y la presión que una persona de la talla del Procurador puede ejercer, pues para el exmagistrado los impedimentos se debieron admitir y los funcionarios tenían que ser apartados porque poseen parientes involucrados. En este orden de ideas, si el Procurador se cae del puesto y este busca instancias para blindarse, “no tendría acciones ordinarias para defenderse”, explicó.
“El Consejo de Estado va a fallar y allí no cabe ningún recurso ordinario ni de apelación. El único que tendría Ordóñez sería uno extraordinario de revisión y eso es remoto porque no hay una causal que lo justifique. Allí tienen que haber aspectos como fraudes o hechos nuevos después del proceso”. Aseveró que podría intentar una acción de tutela, “pero no es muy viable”.
De aprobarse la hipótesis de la anulación habría que hacer una nueva terna con uno del Consejo de Estado, otro de la Corte Suprema de Justicia y un último postulado por el Presidente de la República. Ese trío se manda al Senado y allá eligen el nuevo Procurador.
Pero el debate a tratar -independientemente de si Ordóñez se queda o se va- es uno donde se establezca la conveniencia de la reelección y si es suficiente el tiempo que se le da a este tipo de cargos. De acuerdo con Arrubla, “es mejor que el Procurador reconsidere la situación para evitar que se presenten conflictos de interés con algunos parlamentarios que tienen procesos reales o potenciales”.