La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó al alcalde Gustavo Petro por la implementación del esquema de aseo. Una sanción que abre una nueva batalla jurídica y que impone una multa que saldrá de los bolsillos de los bogotanos.
La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio acerca de sancionar al alcalde Gustavo Petro y a 10 personas de la administración distrital ha generado un choque jurídico que hasta ahora se empieza a comprender.
El pasado 12 de febrero de 2014, la juez Aura Patricia Lara, del Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá, falló a favor de la legalidad del Decreto 564 con el que se implantó el nuevo esquema de aseo en la capital de la República, por parte del alcalde Gustavo Petro.
En ese momento, con ese fallo de primera instancia, la legalidad del modelo de aseo bogotano estaba blindada por la decisión de un juez. Sin embargo, tanto la Procuraduría como la Superintendencia de Industria y Comercio no concordaban con esa decisión.
Tanto es así que este 3 de septiembre la SIC, en cabeza del superintendente ad hoc Luis Guillermo Vélez, a través de la resolución 53788 ratificó la cesación del esquema por “inconstitucional e ilegal”, aduciendo violación al principio de libre competencia. Además, multa al alcalde con 410 millones de pesos de su patrimonio y a la Empresa de Acueducto de Bogotá con 61.600 millones de pesos, la mitad de las ganancias reportadas por esa empresa pública en el año 2013. En contraste, esta misma semana, la SiC sancionó de manera “ejemplar” a Coomeva medicina prepagada con 600 millones de pesos.
La multa a la EAAB impone una sanción pecuniaria a la empresa pública que administra el agua potable de los bogotanos, con lo cual el pago de esta saldrá de los bolsillos de los ciudadanos. Además de esta empresa pública, también le corresponde multa a la empresa Aguas de Bogotá y a la Uaesp.
Por su parte las multas a las personas naturales, que incluyen al alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro y al exgerente de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, Diego Bravo, suman más de 1.500 millones de pesos.
La decisión de la Superintendencia choca frontalmente con el fallo del tribunal, que se ampara en una sentencia de la Corte Constitucional que ordena incluir a los recicladores en el esquema de aseo de la ciudad, ya que ambas son decisiones judiciales que tendrían el mismo peso jurídico. De hecho una de las cosas más complicadas en este momento es la armonización de ambas medidas judiciales ya que hasta hoy ambos fallos, el del tribunal y el de la SIC, son válidos.
En el Palacio de Liévano, algunas fuentes cercanas al despacho del alcalde han comentado que él y sus abogados están dedicados a encontrar una solución que permita que el esquema de aseo siga vigente y que la sanción no tenga efecto.
Para que esto suceda al alcalde le quedaría una sola salida y es interponer una acción de tutela ante el Consejo de Estado por violación del principio del juez natural y usurpación de competencia. Además, si interpone esta tutela debería denunciar al Superintendente ad hoc por ese último hecho.
Así las cosas, esta sanción pondrá al país de cara a otra controversia jurídica que ha mostrado lo flexible y enredado que es el sistema jurídico colombiano, como la que tuvo en vilo al país desde el 9 de diciembre cuando la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó al alcalde por esa misma razón.