Sin precedentes: Corte Constitucional falló a favor de sordociego

Samuel Valencia es una persona sordociega que no ha podido culminar sus estudios por falta de un traductor interprete. Sin embargo, luego de interponer una acción de tutela, la Corte Constitucional falló esta semana a su favor, exigiéndole a la institución universitaria asumir los costos del intérprete y así garantizarle el derecho a la educación inclusiva.

En el año 2011 el ICETEX, la Fundación Saldarriaga Concha y el Ministerio de Educación Nacional le otorgaron a Samuel Valencia una beca para ingresar a la educación superior. Fue así como entró a estudiar psicología en la Universidad Manuela Beltrán. La Fundación Centros de Aprendizaje –NEUROHARTE, se encargó del pago de los guías-intérpretes que lo acompañaban en todas sus clases, pero este apoyo terminó en junio de 2013 por razones económicas.

Valencia no pudo asistir a clases porque no podía pagar los servicios de los guías-intérpretes de forma permanente. Hecho que le impidió seguir con sus estudios superiores.

Así que en julio de ese mismo año, el joven sordociego, envió un derecho de petición a la Universidad Manuela Beltrán mediante el cual le solicitó que se le brindara el apoyo necesario para poder continuar con su formación académica con la compañía de dos guías-intérpretes.

Sin embargo, la institución universitaria se negó a la petición argumentando que “desde el ingreso del señor Samuel Ferney Valencia, la Universidad siempre le ha brindado apoyo y colaboración en su proceso de inclusión, (i) facilitando el ingreso de los interpretes traídos por el estudiante durante sus cinco semestres académicos, (ii) permitiendo cancelar de forma extemporánea las asignaturas que ha inscrito, (iii) brindando la atención de tutorías en forma personalizada, en cada asignatura y por parte de docente responsable, (iv) ofreciendo, por parte del centro de idiomas de la universidad, un apoyo continuo en el desarrollo de las clases de manera personalizada, implementando guías y expresiones en español con su traducción en inglés, a través de un dispositivo braille instalado en su computador y, (v) adaptando el plan del curso a las condiciones del estudiante, variándose de esta manera el sistema de evaluación”.

Así que Valencia pidió apoyo para conseguir los guías-intérpretes al Instituto Nacional para Sordos -INSOR, a la Fundación Saldarriaga Concha y al Ministerio de Educación y a la Secretaria Distrital de Educación y de ninguna recibió respuesta positiva.

Por ello, en febrero de 2014, a través de El Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social –PAIIS, el joven inició una acción de tutela contra la Universidad Manuela Beltrán con el fin de proteger sus derechos fundamentales a la vida digna, igualdad y educación.

En marzo del mismo año, el Juzgado Cincuenta y Siete Civil Municipal de Bogotá decidió negar la tutela por considerar que “(…) la Universidad Manuela Beltrán, como ente administrativo de carácter privado ha puesto al alcance del accionante todos los recursos físicos y humanos a su alcance (…)”.

No obstante el caso llegó hasta la Corte Constitucional que falló a favor del estudiante Samuel Valencia ordenando a “la Universidad Manuela Beltrán de Bogotá D.C., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, inicie los trámites para vincular y contratar a su planta de personal, dos guías-intérpretes que deberán cumplir con las características establecidas en los numerales 22 y 26 de la Ley 982 de 2005”.

Asimismo, le ordenó a la institución de educación superior adoptar todas las medidas necesarias para que incorpore dentro de su planta de personal el servicio de intérprete de la lengua de señas y guía interprete.

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