La Asamblea Nacional pierde poderes. El actual Tribunal Supremo de Justicia, blinda su propia designación frente a posibles cambios que pretendiera adelantar el actual Parlamento bajo control de la oposición.
Por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, el Parlamento Nacional no tendrá habilidad para revisar, anular, revocar o dejar sin efecto el proceso interinstitucional de designación de los magistrados y magistradas del TSJ.
En sentencia N° 9 de este martes 1 de marzo, el TSJ ratificó que la revisión y decisión de remover de magistrados y magistradas, sería inconstitucional por atentar contra la supremacía constitucional y la autonomía del Poder Judicial.
“Un fraude hacia el orden fundamental”, así lo ha designado el Tribunal Supremo de Justicia manifestando que a la Asamblea Nacional no le será legitimado derecho a dejar sin efecto el proceso interinstitucional de designación de los magistrados y magistradas, principales y suplentes del TSJ.
Asimismo señaló que no esta previsto en la Constitución dicha facultad, que por demás atentaría contra el equilibrio de Poderes y afirmó “que ni antes ni ahora puede calificarse la remoción de un magistrado como un acto administrativo”.
Tras la derrota electoral del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) que quedó en minoría en el Poder Legislativo, la oposición nombró una comisión para evaluar la forma en que se designaron 13 magistrados, recién tuvo el control político de la Asamblea Nacional.
Dado que en el país vecino los magistrados tienen la potestad de vetar leyes aprobadas por el parlamento, con la sentencia del TSJ la solicitud de la Asamblea Nacional sería inaplicable.