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Capítulo X. Sorpresas te da la vida – La llegada del dragón


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Capítulo X. Sorpresas te da la vida – La llegada del dragón

X. Sorpresas te da la vida – La llegada del dragón

La vida te da sorpresas, sorpresas te da la vida, ¡ay, Dios! Esta frase,de una famosa canción de Rubén Blades, es el claro reflejode la génesis y desarrollo de las relaciones que los autores hemos tenido con el Gobierno de Colombia, en lo que se refiere a la Sentencia del 19 de noviembre emitida por Corte Internacional de Justicia contra los intereses de nuestra patria. En este capítulo hacemos la crónica de los momentos más significativos en el camino de nuestra búsqueda.

Como se mencionó en el capítulo sobre el Tratado Esguerra-Bárcenas, en 1969 tuvieron lugar los primeros incidentes con respecto a los límites marítimos entre Colombia y Nicaragua. Once años después, en febrero de 1980, el Gobierno de Nicaragua decidió unilateralmente declarar la “nulidad y falta de validez” del mencionado tratado, y finalmente, veintiún años más tarde, en diciembre de 2001, el país centroamericano decidió demandar a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia. Colombia y sus gobernantes han vivido durante 44 años bajo la amenaza de perder parte del territorio por la acción de Nicaragua que, como una espada de Damocles, podía, en cualquier momento, caer sobre nuestro territorio marítimo y terrestre, “decapitando” y destruyendo su integridad y unidad.

Esta inamistosa actitud de Nicaragua fue enfrentada de diversas maneras a lo largo de estos años. El expresidente Alfonso López Michelsen, líder indiscutible en los temas internacionales por su conocimiento y autoridad, frente a la posibilidad inminente de una demanda, siempre fue amigo de estar abierto, e incluso de estimular una negociación directa entre los dos países. En esa posición lo acompañó el presidente César Gaviria cuando tuvo la responsabilidad del gobierno. Los mandatarios colombianos que tuvieron a su cargo el Gobierno de Colombia en los años posteriores creyeron, de muy buena fe y con todo el respaldo jurídico, que frente a la contundencia de los derechos de Colombia, se debía afrontar la demanda de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia, valiéndose de los instrumentos y argumentos jurídicos del derecho internacional.

Muchas veces conversamos con los actores y protagonistas del caso. Nunca nadie se imaginó siquiera por un momento que los jueces de la Corte tomarían decisiones tan absurdas y distantes del derecho y la jurisprudencia. Siempre hubo confianza en los asesores de los distintos Gobiernos, y respaldo unánime a Julio Londoño Paredes como agente de Colombia para coordinar y dirigir la defensa del país. Muchas de las millas náuticas que posee Colombia tienen que ver con su capacidad y habilidad negociadora y no hay duda alguna respecto a sus excelentes condiciones éticas y profesionales. Con igual confianza contó el co-agente Guillermo Fernández de Soto y el equipo que acompañó la defensa del país.

El 19 de noviembre de 2012 parecía para nosotros un día de rutina. Nunca imaginamos que aunque noviembre ha sido un mes pesaroso para Colombia, el de ese año añadiría un nuevo dolor.

Fue el 18 de noviembre de 1903 cuando perdimos definitivamente a Panamá, con la firma del Tratado Hay-Bunau Varilla. Fue el 6 de noviembre de 1985, cuando el país, atónito e impotente vivió con horror el terrorismo y vió arder en llamas el Palacio de Justicia, luego de su toma por parte del M-19, resultaron inmolados grandes e importantes juristas, magistrados de las Altas Cortes y decenas de víctimas inocentes. Fue también el 13 de noviembre de ese mismo año cuando la naturaleza nos mostró su fuerza devastadora e inclemente en la erupción del volcán Nevado del Ruiz, borrando con su andadura cruel la vida de casi 30 mil habitantes de la ciudad que un día se llamó Armero.

Lejos estábamos de lo que nos esperaba. Al oír cada uno en su casa la radio, en cuya compañía normalmente nos asomamos al día. En las diferentes emisoras se difundían resúmenes del fallo de la Corte Internacional de Justicia, que en sus primeros párrafos parecía anunciar un triunfo para Colombia, pero con su lectura completa demostraría ser una decisión que intenta arrebatarnos parte sustancial de nuestro territorio, destrozando la unidad del departamento del archipiélago y dejando un profundo dolor de patria en todos los colombianos.

Ese mismo día, por causa académica diferente al tema que nos ocupa, habíamos acordado encontrarnos. Sin embargo, la reunión terminó desviándose de su propósito y se adelantó en medio del mutuo desconcierto. Empezamos a entender la gravedad de lo que se venía para Colombia, por lo cual sumamos nuestra indignación, procedimos a indagar por Internet las reacciones en los medios de Nicaragua y aunamos esfuerzos para tratar de conocer a fondo todo el proceso y las razones de la Corte Internacional de Justicia para llegar a semejante decisión.

Empapándonos de la realidad nicaragüense, descubrimos que las noticias de ese país se ocupaban de mencionar con insistencia una empresa de telecomunicaciones llamada Xinwei Telecom, a la cual el Gobierno nicaragüense le había adjudicado de manera poco transparente, según la prensa independiente de ese país, una licitación para manejar una importante porción de la telefonía celular. Posteriormente descubriríamos que el presidente de dicha empresa, el ciudadano chino Wang Jing, sería la pista que nos llevaría posteriormente a descubrir la creación de una empresa presidida por él (hk Nicaragua Canal Development Investment), con la cual el Gobierno de Nicaragua contrataría la construcción del canal interoceánico. A partir de entonces no hemos dejado de investigar y rastrear los vínculos entre China y la construcción de la vía interoceánica, sin descansar en nuestro esfuerzo por demostrar que ese negocio, que sería sellado por medio de un documento firmado el 31 de octubre de 2012, que permaneció oculto hasta junio de 2013, constituye, como lo explicamos ampliamente en este libro, un hecho nuevo, suficientemente grave y definitivo, que justifica la presentación por parte del Gobierno colombiano la solicitud de revisión del fallo ante la Corte Internacional de Justicia.

Hubo euforia generalizada por el fallo en Nicaragua, y total desconcierto en Colombia. En un principio no era clara la relación entre el mismo y la llegada del “dragón”; sin embargo, poco a poco empezamos a sentir su rugido. Fueron largos los días y noches que ocupamos en el análisis de la información en pasado y presente sobre el tema, principalmente recurriendo a fuentes en La Haya, Bélgica, China, Venezuela y Nicaragua. Muchas fueron las horas que necesitamos para estudiar el fallo, la jurisprudencia creada y la precedente, traduciendo textos y tratando de juntar todas las piezas del rompecabezas.

Nuestra investigación, apenas preliminar, iba arrojando como primeros resultados la evidente relación de China con la construcción del nuevo canal. Empezamos a descubrir el posible conflicto de intereses que podría derivarse de la participación de una jueza de nacionalidad china como parte del grupo de magistrados de la Corte Internacional de Justicia que falló en contra de Colombia, tema al cual nos referimos extensamente en el capítulo sobre las tres preguntas. Igualmente, empezábamos ya a identificar los “siete pecados” en que habría incurrido la decisión del alto tribunal. En ese contexto, sentimos la necesidad de entrevistarnos con el Presidente de la República y la canciller para compartir con ellos nuestros hallazgos y preocupaciones.

Fuimos recibidos el 28 de noviembre por el presidente Santos y la canciller Holguín, en la sede de la Federación Nacional de Cafeteros, después de que el presidente pronunciara un discurso ante ese gremio. Hacía pocas horas, la canciller había informado a los colombianos y al mundo entero la decisión tomada por el Gobierno Nacional de denunciar el Pacto de Bogotá. Hubo interés y preocupación por los diferentes problemas que habíamos identificado en el fallo, y también por la relación entre el canal interoceánico y todo el contexto de la decisión de La Haya. El y su canciller fueron respetuosos y escucharon con atención nuestros argumentos. Al final de la reunión el presidente Santos exclamó: “Todo esto nos cae del cielo”, expresión que nos hizo pensar que nuestro trabajo podría resultar de utilidad para el país y el Gobierno. Luego le recomendó a la canciller analizar, con los asesores del Gobierno, los diferentes temas por nosotros expuestos.

El 4 de diciembre de 2012 nos reunimos nuevamente para ampliar la información que inicialmente habíamos compartido con ellos. En esta ocasión, respondiendo a su solicitud, le entregamos una presentación en inglés sobre nuestros primeros hallazgos, destinada a los abogados internacionales contratados por el Gobierno Nacional.

Posteriormente tuvimos reuniones con la canciller y dos asesores, que formaban parte del grupo de seis abogados colombianos contratados por el Gobierno para hacer recomendaciones. Les explicamos los avances, hasta ese momento indiciarios y preliminares, y nos comprometimos a mantenerlos informados.

El 3 de enero de 2013, le enviamos al Presidente de la República una comunicación en la cual alarmados llamamos su atención acerca de las pretensiones de Nicaragua sobre una plataforma continental extendida más allá de las 200 millas, y sobre la manera como Carlos Argüello Gómez, agente de Nicaragua ante La Haya, había comenzado a dar declaraciones para los medios de comunicación, anunciando que pronto se concretarían, como efectivamente sucedió, dichas pretensiones en una solicitud formal ante la Corte Internacional de Justicia.

Poco más adelante se nos invitó a un desayuno con el profesor Robert Volterra, de nacionalidad inglesa, hasta ese momento principal asesor internacional del Gobierno. A esa reunión solo uno de nosotros pudo asistir. Se le entregó a Volterra la misma sinopsis preliminar todavía que habíamos compartido con el presidente Santos y la canciller. Se le preguntó su opinión sobre qué pensaba acerca de seguir adelante con nuestra investigación.

En esta, y en todas las reuniones que tuvimos con el Gobierno Nacional y sus asesores, ofrecimos entregar nuestro trabajo para que fuese aprovechado, profundizado y ampliado.

Se planteó incluso la posibilidad de comunicarles nuestros hallazgos a periodistas investigadores extranjeros de la mayor solvencia moral y profesional, para que, a partir de ellos, se continuara de manera independiente la investigación.

Pero “sorpresas te da la vida”: dos semanas después, el abogado Volterra, por medio de un correo electrónico, nos recomendó no continuar con la investigación. Esgrimió como argumento principal que para la Corte eran inaceptables tales posiciones, que tampoco sería conveniente seguir investigando a la jueza china porque ello podría acarrear reacciones negativas de La Haya, que podrían influir de manera negativa en futuros pleitos (en ese entonces estaba pendiente el litigio entre Colombia y Ecuador ante la misma

Corte Internacional de Justicia). Recordemos que, en septiembre de 2013, este diferendo fue objeto de un arreglo entre los dos países, que decidieron cerrar el caso ante La Haya). Aducía, adicionalmente, como era verdad para ese momento, que los hechos no estaban probados.

¿Cómo lo iban a estar?, si apenas nos asomábamos a unas sospechas, a unas casualidades que tristemente y en contra de nuestro país, se confirmarían con pasmoso detalle a medida que pasaban los meses con la aprobación de una ley por parte de la Asamblea Nacional de Nicaragua, dando en concesión a una empresa china tanto las aguas territoriales de ese país, como las que le pudieran ser reconocidas por la Corte Internacional, es decir, las nuestras; la comunicación del propio embajador de la China, confirmando que ese país tenía conocimiento de la construcción del canal antes del fallo, y justificando y explicando la decisión de la jueza Xue Hanqin, corroborando con ello los vínculos de la misma con el Gobierno de su país, y comprometiendo así la independencia de dicha jueza, como lo explicamos ampliamente en varios capítulos del presente libro.

Obviamente, no aceptamos la sugerencia de Volterra de no seguir con nuestra investigación. Somos abogados y creemos en el valor del derecho y la ética. Como es natural, a los jueces no les agradan las sospechas, ni menos las denuncias, pero una Corte tiene que cumplir y respetar los estatutos que la rigen. De la observancia de ese deber sagrado depende que la institución sobreviva y merezca el prestigio que necesita para poder dirimir los grandes desacuerdos entre los Estados.

En este preciso contexto, no podemos dejar de mencionar el importante precedente que constituye la decisión tomada en diciembre de 1998 por un comité de apelación de la Cámara de los Lores, en Inglaterra, país de origen del propio Volterra, en medio del proceso que se adelantaba para decidir sobre la inmunidad soberana que alegaba el para entonces senador vitalicio chileno, el dictador Augusto Pinochet, quien se encontraba en Londres buscando escapar a las órdenes de captura que lo acosaban desde España, a partir de las decisiones adoptadas por el juez Baltazar Garzón. Como lo reportó un cable internacional de la agencia de noticias AFP del 18 de diciembre de 1998:

Dos meses después de su detención, Augusto Pinochet volvió al punto de partida en la batalla judicial emprendida contra su extradición a España, gracias al veredicto de apelación de los Lores que decidieron reexaminar la cuestión de su inmunidad soberana. El veredicto por unanimidad de los cinco magistrados, que constituyeron para la ocasión un comité de apelación inédito de la Cámara Alta del Parlamento, la máxima instancia jurídica del Reino Unido, es histórico y especialmente comprometedor para la justicia y para el Gobierno laborista del primer ministro Tony Blair, sostuvo afp. Es la primera vez que los Lores —cuyos veredictos no tienen teóricamente apelación— se ven obligados a retractarse. Ayer anularon, por sospecha de “conflicto de intereses”, el veredicto anunciado el pasado 25 de noviembre por cinco de sus pares. Uno de ellos, Lord Hoffman, presidió durante años una asociación caritativa relacionada con Amnistía Internacional.


Los abogados de Pinochet presentaron como circunstancia agravante el hecho de que su esposa [Lady Hoffman] sea miembro desde hace 21 años del personal administrativo de la organización de defensa de los derechos humanos, que encabeza el combate para llevar al general chileno, de 83 años, ante la justicia por los crímenes de la junta militar que dirigió de 1973 a 1990.

Los Lores reconocieron que Lord Hoffman, de 64 años, no estaba “cualificado” para formar parte del tribunal que, por tres votos —entre ellos el suyo—, contra dos, invalidó el veredicto de la Alta Corte de Justicia de Londres que reconocía a Pinochet la inmunidad debida a los jefes de Estado.


El juez considerado en este caso como parcial es uno de los magistrados más respetados de Gran Bretaña. Nacido en el seno de una familia afrikaner, Lord Hoffman comenzó su carrera como abogado en Sudáfrica antes de subir uno a uno los escalones de la justicia británica. El presidente del Comité de Apelación de los Lores, Lord Browne- Wilkinson, miembro del Instituto Británico de los Derechos Humanos, precisó que el nuevo juicio debe tener lugar “lo antes posible, en el próxim año”. La audiencia se celebrará probablemente el 18 de enero, una vez pasadas las fiestas de fin de año, que el exdictador pasará en residencia vigilada en su lujosa mansión en la campiña inglesa.


Los medios judiciales recibieron con consternación el hecho que —derogando una vieja regla— Lord Hoffman hubiese omitido comunicar su relación con Amnistía […].

El nuevo comité de apelaciones confirmó la decisión de negar la inmunidad a Pinochet. Pero lo importante aquí no es las suerte que en justicia terminó corriendo el exdictador, sino la importancia que dio la más alta instancia de la justicia inglesa al análisis del comportamiento inadecuado de uno de los más prestigiosos magistrados de la época, que terminó por anular todo lo actuado por parte de una instancia judicial compuesta por miembros de la Cámara Alta del Parlamento Británico, con fundamento en el conflicto de intereses de uno de ellos. Esto muestra la importancia que debe darse, no solamente desde el punto de vista jurídico, sino también desde la perspectiva ética, al comportamiento de los jueces, por más importantes que ellos sean, en los litigios que involucran intereses de los Estados a nivel internacional. ¡La vida te da sorpresas! Recibimos reiteradas “invitaciones” de la propia Embajada de Colombia en La Haya para no continuar con nuestro trabajo, con el mismo argumento: “Los jueces se pueden molestar”, “Esto puede afectar la decisión de los jueces de La Haya en otros litigios contra Colombia”.

Frente a estas advertencias y reconvenciones, nuestra actitud fue siempre la misma: confiar en que si los jueces fallan en derecho, y no con base en reacciones personales caprichosas, nosotros debíamos continuar insistiendo en la búsqueda de la verdad, para poder alegar el posible conflicto de intereses derivado del contrato firmado entre Nicaragua y la empresa china, y por ende, el posible impedimento de la jueza Xue Hanqin que, de acuerdo con el estatuto de la Corte Internacional de Justicia, debió ser analizado con plena libertad y en su debida oportunidad, por parte de todos los magistrados que la componen.

Todas estas insinuaciones nos parecían más que extrañas e irregulares, pues como lo dijo repetidamente la propia canciller Holguín ante los medios de comunicación, nosotros somos ciudadanos libres de expresar lo que pensamos. Por tanto, era contradictorio que la misma representación diplomática de Colombia ante La Haya quisiera acallar nuestras voces en la defensa del territorio nacional.

Los resultados que íbamos obteniendo con nuestra investigación y de acuerdo con nuestra conciencia y deber como colombianos, a pesar de los obstáculos, nos obligaban a continuar. Ya cuando redondeábamos los indicios y empezaba a formarse el perfil de las causas que en nuestro concepto, podrían explicar el confuso y a jurídico fallo, decidimos exponer a la luz pública las que, para nosotros, ya habían dejado de ser simples sospechas y casualidades.

Aprendimos algo que —confesamos— es muy difícil e implica un continuo ejercicio de humildad, como es el escribir a cuatro manos. Le solicitamos a la revista Semana, por el merecido prestigio que tiene, dirigida por Alejandro Santos, que acogiera nuestro artículo. Es posible que lo leyeran y analizaran con mucho cuidado y rigor, eso no lo sabemos. Lo que sí sabemos es que, de manera totalmente respetuosa con nuestro trabajo, allí se publicó, en su edición del 29 de abril de 2013, sin menoscabo alguno de la forma ni del fondo.

Hubo muchas reacciones a nuestro artículo: colaboradores espontáneos de todas partes tratando de ayudarnos, algunas críticas, viajes para interlocutar con internacionalistas de todo el peso. El tema es difícil e inédito en muchas de sus partes. Expertos de varios países enriquecieron nuestras ideas, y mientras tanto, todos los días las noticias que se publicaban, las ruedas de prensa que se ofrecían, terminaron por transformar los argumentos indiciarios expresados en nuestro artículo, en hechos y pruebas contundentes.

Queremos destacar la profundidad y responsabilidad con que, día a día en general los medios colombianos acogieron nuestras tesis.

La periodista María Isabel Rueda, sin contemplaciones, de manera crítica e independiente, se interesó por cada paso que dimos.

Fuimos huéspedes en su prestigiosa columna, en su programa de radio y en su entrevista de los lunes en el periódico El Tiempo, todo lo cual valoramos y agradecemos. El académico y experto en derecho internacional, profesor Juan Daniel Jaramillo, asesor del Gobierno durante un tiempo para estas lides, estuvo siempre inquiriendo sobre los avances de nuestra labor, nos aportó textos, libros, y no fue avaro con sus opiniones. Cecilia Orozco Tascón, columnista de El Espectador y directora del importante noticiero de televisión Noticias Uno, dio cabida especial a nuestras tesis, publicando una extensa entrevista dominical con ambos autores, el 8 de septiembre de 2013. Esta entrevista fue muy oportuna y pertinente, por su proximidad en el tiempo a la alocución presidencial del 13 de septiembre, en la cual se fijó la posición oficial del Gobierno de Colombia frente al fallo.

En contraste con el buen recibo que tuvimos por parte de muchos medios y periodistas del país, debemos decir que también han acompañado nuestro camino situaciones difíciles y hasta desafortunadas; algunas de ellas reflejan la complejidad de los intereses que se mueven tras el fallo de La Haya. Por ejemplo no nos sorprendió la crítica de nuestro profesor Rafael Nieto Navia, quien en ejercicio de la libertad de pensamiento, tanto en espacios académicos, como en el seno de la Comisión de Expertos contratada por el Gobierno, de la cual hacía parte, y en los medios de comunicación, desechó y minimizó nuestras teorías. Lo que sí nos sorprendió, fue lo que la revista Semana denunció con respecto a su yerno, quien resultó ser asesor para el canal del empresario chino Wang Jing,

y por tanto del gobierno de Daniel Ortega. En nuestro concepto, Rafael Nieto Navia nunca debió aceptar ser asesor del Gobierno Nacional en este tema, teniendo semejante impedimento legal y ético.

Llama también la atención la posición que asumió contra nuestras tesis otro asesor del Gobierno, Eduardo Valencia Ospina, experto internacionalista colombiano quien fue durante catorce años secretario de la Corte Internacional de Justicia, y lleva más de siete vinculado a las Naciones Unidas, en calidad de miembro de la Comisión de Derecho Internacional, reelegido en noviembre de 2011 para continuar en la misma por cinco años más, a quien se le ha pagado más de medio millón de dólares de nuestros impuestos en honorarios por su trabajo como asesor en el litigio contra Nicaragua ante La Haya. Eduardo Valencia Ospina, quien por cierto, fue colega de la jueza Xue Hanqin en la mencionada Comisión de Derecho Internacional entre 2006 y 2010, publicó un extenso artículo en el periódico El Tiempo, el 30 de julio de 201357, que además de ser un verdadero canto de solidaridad con la Corte Internacional de Justicia, y no esbozar argumento alguno en favor de Colombia, termina siendo, tanto una defensa de la jueza china como una exaltación del trabajo del agente nicaragüense Carlos Argüello Gómez. Para Valencia Ospina no cabe recurso alguno frente al fallo, pues según su criterio, el tema del canal es irrelevante.

Lo que nunca mencionó Valencia Ospina es que, como lo demostramos en el presente libro, existía entre Nicaragua y una empresa china, un acuerdo secreto firmado antes del fallo en el cual se comprometían todas las aguas nicas, y de paso, mar colombiano.

Es nuestro deber preguntar: ¿no existe un conflicto de intereses en cabeza de Valencia Ospina, al haber fungido como asesor del Gobierno colombiano en un tema que involucra la decisión de un órgano de las Naciones Unidas, como es la Corte Internacional de

Justicia, y al mismo tiempo ser miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la misma organización? Leyendo el artículo publicado en El Tiempo, más parece que Valencia Ospina escribió como asesor de la onu que como asesor del Gobierno colombiano.

57. Eduardo Valencia Ospina , (2013), “El pretendido canal interoceánico por Nicaragua y el fallo

de La Haya”, 30 de julio, disponible en web:

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¡Sorpresas nos da la vida! La reacción del Gobierno chino no se hizo esperar. Se le preguntó a un miembro de la delegación de Colombia en Beijing si por pertenecer Noemí Sanín Posada a la Comisión de Relaciones Exteriores, su (nuestra) opinión comprometía la del Gobierno Nacional. Fue categórica la respuesta del Gobierno al explicar el funcionamiento del organismo consultivo: la condición de su participación era independiente en dicha comisión y no limitaba su opinión, salvo en asuntos que comprometieran la confidencialidad de lo tratado en dichas reuniones. Triste es reconocer que nos enteramos de la preocupación del Gobierno chino, no por el colombiano, sino por un viejo amigo chino que nos compartió dicha información.

Más adelante, le pedimos a la canciller Holguín que nos confirmara dicho episodio y de manera prudente así lo hizo. Vale la pena mencionar que las tesis y las ideas de Noemí Sanín Posada y Miguel Ceballos Arévalo nunca fueron debatidas en la Comisión de Relaciones Exteriores. Nunca, hasta hoy, han sido los autores invitados a dicho foro a exponerlas. Tampoco fue posible plantear nuestro trabajo en el Congreso de la República de Colombia, a pesar de que el senador Juan Lozano presentó ante la Comisión Segunda del Senado una proposición para que fuéramos escuchados ante la plenaria, la cual fue aprobada por unanimidad. Afirma dicho senador que el propio Gobierno impidió que dicha presentación se cumpliera.

También el Gobierno chino se expresó, tanto a través de la carta que el embajador de ese país en Colombia, Wang Xiaoyuan, envió a la revista Semana el 27 de mayo de 2013, quejándose de nuestro artículo (a la cual nos referimos ampliamente en un capítulo de este libro), como a través de la declaración que concedió a la W Radio el 30 de abril de 2013, Yi Sun, encargado de negocios de la Embajada de China en Colombia, en la que defendió la decisión de la jueza china.

Entonces, nos quedó totalmente clara la diferencia entre nuestra cultura y nuestro derecho vigente con la cultura y la posición que frente a su Estado y su Gobierno tienen los chinos, porque en nuestro ordenamiento es inconcebible que un representante del Estado salga a explicar y a defender el fallo de una jueza de su nacionalidad, máxime cuando de por medio hay un negocio de procedencia común entre el Estado beneficiado por el fallo y el país

originario de la jueza. Los fallos deben ser, esencialmente independientes e imparciales.

Adelantar esta investigación comprometió no solo nuestro tiempo, sino también la tranquilidad de nuestras conciencias. En este libro nos propusimos comentar solo lo que conviene, a nuestro juicio, a los intereses de Colombia. Ojalá mantener la integridad de nuestro territorio sea la consigna de todos. Eso sí, seguiremos señalando las posibilidades que, en el marco del derecho internacional, tiene nuestro país, y pidiendo con voz de patria que se agoten todos los mecanismos y herramientas de que disponemos para anular el fallo y para conseguir demostrar que en múltiples materias la Corte Internacional de Justicia se equivocó en materia grave. Esa es nuestra indeclinable responsabilidad.

Frente a la preocupación oficial, en el sentido de que fuese confundida nuestra voz con la del Gobierno, pedimos una nueva cita al presidente Santos, quien nos la concedió para el día miércoles 24 de julio de 2013. Nuevamente le explicamos nuestra posición, le dimos nuestros argumentos, ya plenamente desarrollados, sobre los diferentes fallos del fallo y d cómo estando en litigio y siendo materia del contencioso entre los dos países, de manera subrepticia y secreta, menos de un mes antes de la sentencia, nuestras aguas fueron entregadas, en documento suscrito sin la debida competencia, por el presidente de Nicaragua, el empresario chino y el presidente del Gran Canal. Agregamos en nuestra explicación al presidente Santos que la Asamblea Nacional de Nicaragua, por medio de la Ley 840 del 13 de junio de 2013, aprobada por las mayorías sandinistas, confirmaba lo acordado en dicho documento, que para algunos supone un vicio oculto que bien podría involucrar dolo, por haber impedido que la Corte Internacional de Justicia tuviese conocimiento del mismo.

La reunión con el presidente Juan Manuel Santos y su canciller, María Ángela Holguín, fue respetuosa pero a la vez dura y sincera, pues en ella se manifestaron las claras y profundas diferencias que existían entre nuestra posición y la del Gobierno, especialmente en el punto de nuestra argumentación con respecto al hecho nuevo, constituido por la firma de los acuerdos secretos involucrando nuestra aguas, y en el punto del conflicto de intereses que implica a la jueza china.

En ese contexto, para darle a nuestro Gobierno más facilidad de manejo frente al Gobierno chino y frente a la Corte Internacional de Justicia, y para que fuera irrefutable que solo a nosotros, como es obvio, nos comprometen nuestra opiniones, se ofreció al Presidente de la República la renuncia de Noemí Sanín Posada, a su calidad de miembro de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, con lo que él estuvo de acuerdo. La carta que se envió formalizando la renuncia está suscrita por Noemí Sanín Posada, pero fue consensuada por ambos autores de este libro e interpreta con fidelidad parte de lo ocurrido en dicha reunión.

A continuación el lector podrá consultar dicha carta en su totalidad, la cual habla y se explica por sí misma.

El Gobierno contestó a la carta antes citada, con la siguiente comunicación.

La vida te da sorpresas, sorpresas te da la vida expresando una clara “indignación” con respecto al fallo de la Corte Internacional de Justicia, el día 9 de septiembre de 2013 (un día después de aparecer el reportaje de Cecilia Orozco Tascón a los autores en El Espectador), el presidente Juan Manuel Santos presentó al país la posición oficial del Gobierno colombiano con respecto al fallo de a Haya, en la alocución que a continuación transcribimos:

9 de septiembre de 2013

Colombianos: Todos los habitantes de nuestro país seguimos indignados por el fallo

de la Corte Internacional de Justicia. A nuestro Gobierno —que heredó el manejo de un proceso que llevaba más de una década— le correspondió recibir el fallo y tomar las medidas para enfrentar la situación que generó. Y lo hicimos desde el primer momento, con varias acciones. Diseñamos y pusimos en marcha un ambicioso plan de inversiones en beneficio de los sanandresanos, con programas en materia de salud, de educación, de vivienda, de tecnología, de infraestructura, de energía, y fortalecimos la protección y el apoyo a la comunidad pesquera.

Estas inversiones —que decidimos en conjunto con los isleños, atendiendo sus prioridades— más que duplican la inversión anual histórica en este departamento. Ya son una realidad y se vienen ejecutando a buen ritmo.

El objetivo es hacer del archipiélago una región sostenible que brinde oportunidades de desarrollo a su población.

También denunciamos el Pacto de Bogotá, es decir, nos retiramos de este tratado, que reconoce la jurisdicción de la Corte de la Haya. Y nos hemos dedicado, con toda aplicación, a desarrollar una estrategia jurídica y política para reforzar y consolidar los derechos de los colombianos sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Para ello hemos contado con el apoyo de reconocidos abogados nacionales y extranjeros, y hemos evaluado y sopesado las distintas opiniones, los diferentes conceptos y tesis, que nos sirvieron para diseñar una estrategia integral.

Hoy quiero contarles en qué consiste esta estrategia. En primer lugar —y después de analizar los estudios y conceptos jurídicos—, me ratifico en lo que dije la misma tarde en que se produjo el fallo.

A mí me eligieron para defender y hacer cumplir la Constitución de Colombia. Ese fue mi juramento al que no puedo ni voy a faltar.

Dentro de mis deberes constitucionales está proteger y garantizarlos derechos de los colombianos, defender nuestras fronteras y honrar los tratados que Colombia ha suscrito con otros Estados.

El artículo 101 de nuestra Carta dice que “los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución solo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República”

La Corte Constitucional, por su parte, ha dicho claramente que estos tratados —es decir, los que se refieren a las fronteras y límites de Colombia— deben ser siempre aprobados por el Congreso.


Como presidente tengo la obligación de respetar este mandato de nuestra Constitución y lo que ha dicho la Corte Constitucional. Por eso, mi posición es clara y firme: El fallo de la Corte Internacional de Justicia no es aplicable —no es y no será aplicable— hasta tanto se celebre un tratado que proteja los derechos de los colombianos, tratado que deberá ser aprobado de conformidad con lo señalado en nuestra Constitución. Repito la decisión que he adoptado: sin un tratado el fallo de la Corte Internacional de Justicia no es aplicable. Como jefe de Estado defenderé esta posición en las instancias nacionales e internacionales que corresponda.


En este orden de ideas, el Gobierno va a demandar el llamado Pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional. ¿Para qué? Para que reafirme la tesis de que los límites marítimos de Colombia no pueden ser modificados automáticamente por un fallo de la Corte de La Haya.

Paso a la segunda decisión.

Hoy he expedido un muy importante decreto cuyo alcance quiero explicarles. Tanto el derecho nacional como el derecho internacional les reconocen a todas nuestras islas unas áreas marítimas fundamentales: el mar territorial y la zona contigua. Esas áreas no pueden ser desconocidas, ni vamos a permitir que esto ocurra.

Por eso, con base en las leyes colombianas y teniendo en cuenta principios claros de derecho internacional, por medio de este decreto establecemos los derechos de jurisdicción y control que nos reconoce el derecho internacional sobre dichas zonas. Y declaramos la existencia de una Zona Contigua Integral, a través de la cual unimos las zonas contiguas de todas nuestras islas y cayos

en el mar Caribe occidental.

En esta zona vamos a seguir ejerciendo plena jurisdicción y control.

Esta área integral permite que continuemos administrando adecuadamente el archipiélago y sus aguas aledañas —como archipiélago y no como territorios inconexos—, controlando la seguridad en la zona y protegiendo nuestros recursos y nuestro ambiente. La Zona Contigua Integral que hemos declarado cubre los espacios marinos que se extienden desde el sur, donde están los cayos de Alburquerque y las islas Este-Sudeste, hasta el norte, donde está el cayo de Serranilla.

E incluye, por supuesto, las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Quitasueño, Serrana y Roncador, y las demás formaciones en el área. Estas islas, islotes y cayos los conozco y los he recorrido, no solocuando fui ministro de Defensa, sino desde hace 45 años, cuando fui cadete naval y patrullé sus aguas a bordo de la fragata arc Antioquia.

Por eso hoy quiero asegurarles a los colombianos: Lo que vigilé como marino y lo que defendí como ministro lo voy a proteger, hasta las últimas consecuencias, como presidente.

Vamos a ejercer jurisdicción y control en la Zona Contigua Integral en todo lo que tiene que ver con asuntos de seguridad y lucha contra la delincuencia, así como en materias fiscales, aduaneras, ambientales, de inmigración y sanitarias, entre otros aspectos.

Esto implica que nuestro país puede estar tranquilo de que el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina es y seguirá siendo un archipiélago completo e integrado, con una presencia activa del Estado en todos sus territorios marítimos.

Una tercera decisión es la de acudir a todos los medios jurídicos y diplomáticos para reafirmar la protección de la reserva Seaflower en la que nuestros pescadores han adelantado labores de pesca desde hace siglos.

Somos conscientes del gran valor ecológico para el archipiélago y para el mundo de esta área que fue declarada por la Unesco como Reserva Mundial de la Biosfera. Nicaragua pretendió que la Unesco le reconociera mayores derechos sobre la reserva. Colombia se opuso. Celebramos el reciente pronunciamiento de este organismo en el sentido de que no le corresponde intervenir en desacuerdos entre naciones, en contra de lo que había pedido Nicaragua.

En el plano interno he impartido instrucciones para que avancemos, con toda determinación, en las labores de protección ambiental y social, con el fin de prevenir cualquier afectación o daño a nuestros pescadores y a las aguas vecinas al archipiélago. Y hay un cuarto frente de acción —de veras importante y trascendental— sobre el cual también estamos obrando para contener el expansionismo de Nicaragua en el Caribe. Sabemos que ese país piensa pedir a la Corte Internacional de Justicia que le reconozca una plataforma continental extendida al oriente del archipiélago de San Andrés —tal como ya lo hizo durante el proceso que llevó al fallo—. Esta pretensión buscaría privarnos de recursos que son nuestros, y es tan absurda que extendería la jurisdicción de Nicaragua hasta un punto a tan solo unas cien millas de la costa de Cartagena.

Esto es completamente inaceptable y —quiero que quede absolutamente claro— ¡no lo vamos a permitir de ninguna manera, de ninguna forma, bajo ninguna circunstancia!

Colombia está enfrentando, y va a enfrentar, esas pretensiones expansionistas con toda la determinación y el rigor que se requieren. Y no estamos solos en esta decisión. Junto con otros países vecinos de Nicaragua que también están siendo afectados por sus ambiciones expansionistas —como son Panamá, Costa Rica y Jamaica— suscribiremos una carta de protesta que entregaré este mismo mes, personalmente, al Secretario General de Naciones Unidas en Nueva York, cuando intervenga en su Asamblea General.

De hecho —y esto hay que recordarlo—, el fallo de La Haya desconoce por completo los tratados de límites que tenemos vigentes con estos países, los cuales estamos obligados a cumplir.

Ese es otro motivo que no nos permite aplicarlo y que nos obliga a acudir a las vías diplomáticas.

De nuestra parte, los colombianos pueden estar seguros de que nos vamos a oponer decididamente a las pretensiones expansionistas de Nicaragua ante cualquier instancia internacional, con argumentos técnicos y jurídicos muy sólidos que están listos desde hace tiempo, los cuales, como ustedes comprenderán, no puedo revelar. Y no tengo la menor duda, ¡la menor duda!, de qu seremos exitosos en ese esfuerzo.

En el decreto que hoy expedimos, también estamos reafirmando jurídicamente que la plataforma continental de San Andrés, que se extiende hacia el oriente en doscientas millas náuticas, se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa Caribe colombiana que se extiende hacia el noroccidente y hacia San Andrés en al menos doscientas millas.

Esto hace que tengamos una plataforma continental continua e integrada desde San Andrés hasta Cartagena, sobre la cual Colombia tiene y ejercerá los derechos soberanos que nos otorga el derecho internacional.

Así —de forma clara, tajante y contundente— cerramos la puerta a los ánimos expansionistas de Nicaragua. Todas las medidas que hemos tomado, y las que estoy anunciando, forman parte de esa estrategia integral, cuidadosamente diseñada, para defender los intereses de Colombia.

En desarrollo, entonces, de dicha estrategia, hoy hemos dado cuatro pasos fundamentales, que podemos resumir así: Primero: decidimos que el fallo no es aplicable sin un tratado. Segundo: consolidamos nuestro archipiélago a través de la declaración de una Zona Contigua Integral.

Tercero: avanzamos en la protección ambiental y social de la reserva Seaflower. Y cuarto: frenamos las ambiciones expansionistas de Nicaragua, al declarar la unión de dos plataformas continentales que, juntas, se extienden desde San Andrés hasta Cartagena.

Aparte de estas cuatro medidas —por supuesto— nos reservamos el derecho de hacer uso de los recursos que existen ante la Corte Internacional de Justicia, y de tomar otras acciones.

Ninguna de estas decisiones impide —porque somos también responsables frente a la paz y la seguridad en el Caribe— que quienes pescan en el área puedan seguir haciéndolo como medio de subsistencia para ellos y sus familias.

Compatriotas,

Pueden estar seguros de que, como presidente y como colombiano, seguiré protegiendo nuestros derechos. Seguiré protegiendo nuestra soberanía, nuestras islas y nuestros} mares —y hasta el último centímetro del territorio nacional— sin desmayar un solo minuto.

Y seguiré cumpliendo fielmente con nuestra Constitución —tal como lo juré ante Dios y lo juré ante ustedes— con todo el compromiso, con todo el esfuerzo, con toda la contundencia.

Buenas noches.

En esta alocución el presidente mencionó, a nuestro juicio tardíamente y de forma meramente enunciativa, argumentos planteados meses atrás por nosotros en el artículo de la revista Semana, pero no profundizó su análisis sobre ellos, quizás para no hacer académica su presentación. Asimismo, se abstuvo de informar a la opinión acerca de las medidas jurídicas que se debían tomar.

Tampoco aludió el tema del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua; no habló sobre las aguas requeridas, de hacerse ese canal, y que involucran parte de nuestras áreas marinas y que fueron prometidas por el presidente Ortega a los chinos en documento secreto suscrito pocos días antes del fallo, aguas que estaban, y están, en discusión, y que por el ocultamiento y secretismo con que se manejó el contrato de marras por parte del presidente de Nicaragua, no pudo ser conocido por la Corte de La Haya ni por la defensa colombiana.

A nuestro parecer, todo esto constituye motivo de revisión y de nulidad del fallo.

Aunque el presidente Santos reiteró la “indignación” de todos los colombianos con la Corte Internacional de Justicia, no habló de los problemas que nosotros habíamos analizado con él sobre el posible conflicto de intereses en cabeza de la jueza china.

No podemos negar el desconcierto ante las razones con base en las cuales fueron rechazadas algunas de nuestras tesis, ¡sorpresas te da la vida!, una de ellas, el temor reverencial a los jueces de la Corte.

De esta manera, para nosotros resultó una gran sorpresa, que después de apartarse el Gobierno de nuestras tesis, supuestamente para no molestar a la Corte, se reiterara en el discurso presidencial la voluntad del país de no volver a someterse a la jurisdicción de La Haya (gesto que resulta mucho más complejo y fuerte que el de solicitar que se considere un posible impedimento de uno de los jueces de la Corte), y se hiciera un pronunciamiento tan fuerte como el del presidente en su discurso, cuando, como lo mencionamos, se declaró “indignado” frente al alto tribunal internacional.

La última sorpresa que nos ha traído esta empresa en la defensa de nuestro territorio fue la decisión del gobierno de Daniel Ortega de elevar a rango constitucional la construcción del canal interoceánico. En efecto, por medio de un proyecto de reformas constitucionales presentado por su Gobierno el 31 de octubre de 2013 ante la Asamblea Nacional de Nicaragua, se incorporan a la constitución nicaragüense los límites marítimos establecidos en el fallo de La Haya, y se introduce una modificación al artículo 102, dentro del cual se incluye el siguiente texto:

Art. 102.— Los recursos naturales son patrimonio nacional. La preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales corresponden al Estado; este podrá celebrar contratos de explotación racional de estos recursos, cuando el interés nacional lo requiera, bajo procesos transparentes y públicos. Dada la ventajosa posición geográfica del país, a través de ley, el Estado podrá celebrar contrato u otorgar concesión para la construcción y explotación racional de un canal interoceánico. La aprobación, reforma, adéndum, adhesión o derogación de dicha ley, requerirá el voto del sesenta por ciento del total de diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua.

Es claro que ya existe una ley, la 840 del 13 de junio de 2013, mediante la cual Nicaragua dio en concesión la construcción del canal a la ya mencionada firma china, hknd Group. Sin embargo, para prevenir cualquier problema jurídico en el futuro, el gobierno de Ortega eleva ahora a rango constitucional el marco que regirá y protegerá las inversiones del dragón en su país.

Nunca esperamos cerrar este libro con una confirmación tan clara de nuestra tesis, como es la decisión del Gobierno de Nicaragua de elevar a rango constitucional la construcción del canal interoceánico, consignando en la misma reforma a su Carta Política los nuevos límites determinados en la sentencia de la Corte Internacional de Justicia, en detrimento de Colombia.

Por un lado nos sentimos satisfechos y orgullosos del trabajo que con seriedad hemos realizado y que termina siendo totalmente validado por las propias decisiones del mismo Gobierno nicaragüense.

Pero por otro lado, sentimos profunda tristeza al saber que estamos frente a un escenario muy complejo para nuestro país, en el cual Nicaragua continúa siendo disciplinada y consecuente en la implementación de una estrategia de más de treinta años, en la que preparó un gran nido para acoger al gigante y viejo dragón, el cual llegó para quedarse.

58. Asamblea Nacional de Nicaragua, (2013), Exposición de motivos y texto de la “Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua, 31 de octubre, disponible en web:.

No tardará mucho la asamblea nicaragüense en aprobar esta nueva reforma y en sellar con estatus constitucional el acuerdo de concesión, mediante el cual —lo seguiremos señalando sin descanso— termina por entregar nuestras aguas para la construcción de la vía interoceánica por parte de China.

El 18 de noviembre de 2013 enviamos al presidente Juan Manuel Santos, con copia a su canciller, una nuestra larga y ya madura investigación, los cuales hemos expuesto ampliamente en el presente libro, solicitándole tenga en cuenta el plazo que, a nuestro saber y entender, Colombia tiene, de acuerdo con los estatutos de la Corte Internacional de Justicia, para presentar, antes del 13 de diciembre de 2013, el recurso de revisión por concepto del hallazgo de un hecho nuevo, vencido el cual no se podrá alegar nada sobre este punto.

Esperamos de corazón que la historia no tenga que juzgar a este Gobierno por sus posibles omisiones; por el contrario, ojalá las futuras generaciones puedan decir que esta administración cumplió y consiguió defender la integridad del territorio continental y marítimo de la patria, al haber recurrido, dentro del marco del respeto al derecho internacional, a todos los recursos que tuvo a su alcance.

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