El salvavidas de Petro

En un imprevisible giro la decisión de destituir e inhabilitar por 15 años al alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, quedó suspendida temporalmente debido a una tutela radicada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Una medida que le da tiempo y abre una posibilidad para Petro en el Palacio Liévano.

Después de una extensa gira por los principales medios de comunicación, por parte del procurador Alejandro Ordóñez, explicando su decisión de confirmar la destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos contra el alcalde Gustavo Petro, hacia el mediodía se informó que una tutela interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había sido admitida.

El Magistrado José María Armenta resolvió en la providencia 2013-0752-00, con fecha de 13 de enero de 2014, que de acuerdo a los artículo 300 y 313 de la Constitución Política Colombiana el fallo sancionatorio del procurador general debe suspenderse hasta que la Sala Administrativa del Tribunal decida de fondo la acción de tutela.

Para esa decisión empiezan a correr de 10 a 15 días para tener el fallo.

El Tribunal resuelve en primer lugar admitir la tutela promovida por el señor José Gotardo Pérez en contra de la Procuraduría General. En segundo lugar decreta “la suspensión provisional de los efectos jurídicos del fallo disciplinario de fecha 9 de diciembre…La suspensión provisional que se ordena, ha de entenderse hasta cuando se adopte la decisión de fondo que ponga fin a este proceso de tutela”. Además, vincula al Presidente de la República al proceso de tutela, toda vez que es quien debe avalar la sanción por parte del procurador.

Así las cosas existen varias posibilidades en el futuro político de Petro. La primera de ellas es que el Tribunal no acepte la tutela y se confirme la sanción del procurador Ordóñez. La segunda de ellas es que este fallo sea un fallo transitorio que le de tiempo al alcalde mientras la CIDH se pronuncia sobre las medidas cautelares a favor de Petro o que el recurso presentado ante el Concejo de Estado falle a su favor. La tercera de ellas es que esta tutela, fallada de fondo, acabe el proceso iniciado por la Procuraduría General de la Nación con lo cual el alcalde mayor de Bogotá quedaría separado del proceso investigativo del ente disciplinario.

Buscar

Anuncios