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Nuevo código de policía reubica más no multa a vendedores ambulantes


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Confidencial Colombia indagó a vendedores ambulantes de la localidad de Chapinero, sobre su percepción en cuanto a las nuevas normativas que quedaron plasmadas en el artículo 140 del nuevo código de policía.

Este 30 de enero entró a regir el nuevo código de Policía, entre muchas de sus normativas actualizadas, las cuales se apoyan en multas monetarias para castigar contravenciones, el ocupar el espacio público es una de las que más ha causado revuelo en las calles capitalinas.

Ente las Calle 53 y 52, a la altura de la Carrera 13, es común ver a comerciantes informales, pero en el primer día en el que empezó a regir el nuevo código, muchos de estos vendedores habían sido desplazados por la policía.

En cuanto a esto, Confidencial Colombia se dirigió a esta localidad que es una donde más se presenta el comercio informal. Allí se indagaron a varios vendedores ambulantes sobre que percepción tenían frente al artículo 140 del nuevo código de policía. Ante el cuestionamiento, la mayoría de vendedores que se consultaron afirmaron no tener claro lo que contempla dicho artículo, y los pocos que le conocen, aseguran que no sería mucho el cambio ya que siempre han sido perseguidos por la policía.

Jairo Sanabria, es un vendedor de comidas rápidas al que la policía le pidió amablemente que despejara la carrera 13 con calle 53. Asimismo este comerciante fue uno de los pocos que afirmó saber sobre las nuevas normativas en referencia al espacio público, y respecto a ello, mencionó que “si antes la policía realizaba batidas en contra del comercio informal, en los cuales se efectuaba el decomiso de la mercancía y donde también en algunas ocasiones se han reteniendo a los comerciantes, ahora sí que no van a dejar trabajar”.

Este comerciante aseguró que; “Si bien la policía ha sido amable al pedirnos que nos retiremos de las zonas donde acostumbramos a trabajar, luego de un tiempo se le acaba la amabilidad a los policías, y es en ese momento se nos quitan las pocas garantías laborales y se nos vulnera el derecho a trabajar”.

Vale la pena recordar lo que contempla el artículo 140 del capítulo ll del nuevo código de policía respecto a la ocupación del espacio público:

“Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público



4. Ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes.


5. Ensuciar, dañar o hacer uso indebido o abusivo de los bienes fiscales o de uso público o contrariar el reglamento o manuales pertinentes.

6. Promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”.

Para penalizar las anteriores contravenciones el código estima lo siguiente:

“COMPARTIMIENTOS – MEDIDA CORRECTIVA


Párrafo 2º. Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados será objeto de la aplicación de la siguiente medida:


Numeral 4: multa general tipo 1. (4 saliros mínimos, aproximadamente 98.360 peso).


Numeral 5: multa general tipo 3. (16 salarios mínimos, aproximadamente 393.440 pesos).


Numeral 6: multa general tipo 4 (32 salarios mínimos, aproximadamente 786.880 pesos ); Remoción de bienes.”



El tema en cuanto a estas sanciones es tan delicado que el congresista, Alirio Uribe, le envió una carta al alcalde Enrique Peñalosa, en la cual explica su preocupación sobre algunos artículos de la nueva norma, los cuales a su consideración, podrían ser perjudiciales para los vendedores ambulantes.

En esta carta, el congresista Uribe pide no aplicar algunos aspectos del artículo 140, respecto a las multas que se impondrían por ocupar el espacio público y que “cuando el comportamiento de ocupación indebida del espacio público se realice dos veces o más se impondrá, además de la medida correctiva prevista, el decomiso de la destrucción del bien con que se incurra en tal ocupación”.

El representante a la Cámara considera que esta sanción ataca directamente los derechos laborales. Añadido a esto, el concejal reclamó por que no se están tomando medidas de protección pertinentes, como tampoco se han previsto alternativas para proteger a estas personas que no cuentan con una vinculación laboral formal.

Por otra parte, hay que mencionar que se han presentado 50 demandas en contra de este nuevo código de policía, de las cuales 20 no fueron admitidas, mientras otras 17 están en proceso de admisión y son estudiadas por la Corte Constitucional.

De momento, la policía aseguró que en este primer semestre del 2017 las multas serán pedagógicas, esto mientras las ciudadanías son capacitadas y se familiarizan con el nuevo código.

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