Modifican en primer debate el reglamento del Concejo de Bogotá

La Comisión de Gobierno del Concejo de Bogotá aprobó en primer debate el proyecto con el que se busca modificar el reglamento interno de la Corporación.

La primera modificación tiene que ver con la ampliación del plazo para la presentación de ponencia del Plan de Desarrollo Distrital y del Plan de Ordenamiento territorial –POT, de 10 a 15 días hábiles, prorrogable hasta por 10 días más. También se le asignó otras competencias a la Comisión Segunda de Gobierno, como la de decidir sobre el ingreso y retiro del Distrito Capital a la Región Metropolitana y otras entidades de carácter asociativo.

Se establecieron además nuevas reglas para la radicación de recusaciones a los cabildantes, que de ser aprobado el proyecto en segundo debate, se exigirá además de la identificación del recusante, su debida identificación; los hechos en que se fundamenta junto con los elementos probatorios y las razones por las cuales se estaría configurando.

Para estos casos también se aprobó que una vez se tenga conocimiento del impedimento o la recusación, la plenaria podrá ser citada inmediatamente o en cualquier hora y día para darle el trámite y decidir lo que corresponda sobre los mismos.

Los impedimentos se podrían  tramitar el mismo día en que son presentados y serían resueltos por   la plenaria.

Otro de los cambios que aprobó la célula  fue el paso de los temas relacionados con la salud de la Comisión de Plan a la de Gobierno.

También se modifica  la forma de intervenir en los debates de control político: i) Bancada citante hasta por 60 minutos, el citante principal reparte el tiempo entre los demás miembros de la bancada y si éstos no alcanzan a intervenir lo pueden hacer como concejales no citantes, ii) Administración, hasta por 50 minutos, modificable por el presidente según la circunstancia, iii) voceros de bancadas no citantes hasta por 10 min, iv) Concejales no citantes, 5 minutos cada uno, v) Órganos de control, vi) ciudadanía, vii) Administración para responder a las bancadas no citantes y demás intervinientes y viii) Bancadas citantes para que concluyan.

La última palabra la tendrá la plenaria del Concejo de Bogotá quien dará la aprobación final al proyecto o su archivo.

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