El 25 y 26 de abril de 2023 en Santiago de Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, ventiló en audiencia pública el Caso Pueblos indígenas U’wa vs. Colombia. Los U’wa argumentan que el Estado colombiano es responsable por la violación de los derechos territoriales, espirituales y culturales de su pueblo, que habita desde tiempos ancestrales los departamentos de Arauca, Santander, Casanare, Norte de Santander y Boyacá, debido al impacto de la minería y proyectos extractivos, la presencia de colonos, la militarización y el uso de la fuerza dentro de su territorio, y el desplazamiento forzado de las familias indígenas.
En la audiencia, el abogado de la Nación U’wa Ebaristo Tegría Uncaria manifestó ante el Alto Tribunal que ninguno de los nueve proyectos extractivos que se desarrollan en su territorio ancestral o en cercanías a este –Oleoducto Caño Limón-Coveñas, Bloque Samoré, Proyecto Gibraltar, Bloques Sirirí y Catleya, Campo de Gas y Gasoducto Gibraltar, Área de Perforación Exploratoria Magallanes y Títulos Mineros– se manejan con los estándares internacionales. Enfatizó que la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos U’wa, ASOU’WA, hizo el proceso de reconstrucción de los títulos coloniales que le entregó al Estado, lo cual probaría la ocupación ancestral del territorio. La líderesa del pueblo U’wa Daris Cristancho, afirmó que “el territorio es sagrado” y habló de la relaciones culturales y espirituales de los U’wa que están interrumpidas por los proyectos extractivos y turísticos. Caracterizó la consulta como artificio: “es más una pregunta – ¿Cómo quieren morir, si a cuchillo o a bala? – porque las afectaciones al territorio son una muerte lenta”. Sostuvo que algunos proyectos no solo no fueron consultados sino que se impusieron por la vía violenta -que ocasionaron la muerte de la niña Nury Bocota de tan solo 4 meses- como Gibraltar, que conllevó al desalojo de sus propias tierras que habían adquirido comunitariamente.
El perito Camilo Niño, secretario técnico de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, espacio entre pueblos indígenas y el Gobierno Nacional, afirmó ante la Corte que las afectaciones al pueblo U’wa por parte del Estado colombiano, consisten en la falta de reconocimiento al pueblo ancestral de alrededor de 1.400.000 hectáreas de los espacios sagrados, como vínculo especial de los pueblos indígenas; la ausencia de titulación, saneamiento y clarificación de la propiedad de los nueve Resguardos del pueblo U’wa; el pendiente de la reafirmación del título del Resguardo Republicano entre colonos, campesinos y los U’wa; y el hecho de la implementación de obras mineras, de gas y petroleras de los territorios ancestrales de la Nación U’wa.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en sus observaciones finales sobre el fondo y eventuales reparaciones y costas, informe presentado en preparación para la audiencia, se refirió a la decisión de Corte Constitucional colombiana de 2009 sobre el despojo territorial y la precariedad de la titulación que, sumados a las afectaciones del conflicto armado interno, han puesto a los pueblos indígenas de Colombia, entre ellos al pueblo U’wa, en situación de alta vulnerabilidad. Como lo señaló el propio Estado, se debían ampliar los planes de salvaguarda en su favor. Frente a los compromisos suscritos en 2014 y 2019 entre el pueblo U’wa y el Estado, este solicitó a la Corte, a la luz del principio de subsidiariedad, que no tengan efectos jurídicos. A esta petición se opuso la CIDH porque no altera o modula las obligaciones estatales conforme al derecho internacional, y los acuerdos revelan la continuidad de las violaciones y la falta de cumplimiento de las reparaciones por parte del Estado.
Los anteriores argumentos coinciden con los sustentados por las organizaciones peticionarias, la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos U’wa, ASOU’WA, la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo, CAJAR, y Earth Rights International. Coincido con la CIDH en que la administración del Parque El Cocuy, Zizuma, se traslapa con el Resguardo Único U’wa dentro del cual se encuentran elementos espirituales y culturales del pueblo U’wa. Al tener la dirección de la administración de Parques Naturales Nacionales, le corresponde al Estado demostrar que no hay un detrimento desproporcionado a los derechos del pueblo U’wa, a lo que se suma a la ausencia de mecanismo que le permita a éste ejercer la autonomía y autogobierno, ya que las actividades turísticas son decididas finalmente por la autoridad estatal.
La sorpresa de la audiencia fue la posición que asumió el Estado. La doctora Martha Lucía Zamora Ávila, directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, ANDJE, no reconoció responsabilidad del Estado al argumentar que Colombia no incurrió en ninguna violación de sus obligaciones internacionales a lo largo de 26 años con relación a la Nación U’wa. Se esperaba algo diferente debido a la postura del presidente Gustavo Petro Urrego del 17 de abril de 2023 en la apertura del foro de la ONU sobre cuestiones indígenas. En Nueva York, Petro dijo: “Hace varias décadas conocí y escuché a un dirigente indígena U’wa, Roberto Cobaría, (Berito Kuwaru’wa) quien dijo, luchando contra la explotación petrolera del pueblo indígena, que ”si se sacaba el petróleo de la tierra era como sacarle la sangre a esa madre tierra (…). Tiempo después la ciencia occidental llegó a la conclusión de que si se sacaba el petróleo de la tierra, se extinguía la vida del planeta. (…) Es decir, la ciencia occidental descubrió que el jefe indígena U’wa tenía toda la razón”.
Dos días después, en la sesión plenaria del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos, OEA, Petro reconoció los derechos de los y las indígenas “a tener su cultura, su autonomía y su propia libertad ancestral”.
La deuda histórica, el olvido y el daño causado por parte del Estado de Colombia continúa, al no reconocer responsabilidad internacional sobre las violaciones territoriales, espirituales, culturales y ambientales contra el Pueblo Indígena U’wa consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. Su situación es similar a muchas otras comunidades indígenas del continente que luchan contra las actividades extractivas que socavan su tierra, su territorio y, por ende, afectan su cultura, espiritualidad, bienestar e integridad.
Espero que la Corte declare la responsabilidad internacional del Estado colombiano por todas las vulneraciones de derechos a la Nación U’wa que han sido probadas en el proceso y ordene las medidas de reparación que solicitamos en nuestro Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas, las cuales deben ser implementadas de manera efectiva y concertadas con la Nación U’wa.