Conozca la medida judicial con la que buscan evitar fraude en las elecciones

El juzgado 18 penal del Circuito con función de conocimiento en Bogotá, admitió una tutela interpuesta por el abogado, defensor de derechos humanos, hoy candidato por la lista a la Cámara por Bogotá del Pacto Histórico, Alirio Uribe, en la que solicita la protección de los derechos fundamentales a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político: elegir y ser elegidas, tomar parte en elecciones, igualdad ante la ley, libre desarrollo de la personalidad, y libertad de expresión y pensamiento, que están siendo amenazados y vulnerados por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La tutela la presenta, luego de conocer que el Registrador delegado para asuntos electorales, el pasado 13 de enero, dirigió un derecho de petición ante el Consejo Nacional Electoral – CNE solicitando suspender la medida que dispone espacios para colocar la firma y huella de los votantes en el formulario E11, tal y como lo ordena el artículo 5 de la Resolución 1706 del 08 de mayo de 2019 del CNE.

En concreto, este artículo dispone que “(…) La Registraduría Nacional del Estado Civil dispondrá de todas las medidas logísticas y administrativas necesarias para incorporar espacios en el formulario E11, para que los votantes firmen en ese documento al momento de ejercer el derecho al voto” así como, “(…) igualmente se habilitará un espacio en el formulario E11 para que los jurados de votación tomen la huella dactilar de todos los votantes que quieran ejercer el derecho al voto.”

Dentro de los fundamentos para esta solicitud, alude el Registrador delegado, que la misma fue aplicada durante los procesos electorales que se adelantaron en el año 2020 invocando la emergencia sanitaria por causa del virus Covid-19 como un hecho de fuerza mayor, exterior, irresistible e imprevisible.

No obstante, a juicio del abogado defensor de derechos humanos Alirio Uribe, la razón emitida por el Registrador delegado, carece de cualquier tipo de sustento y afecta las garantías del ejercicio legítimo de las personas colombianas al derecho a elegir y ser elegidas.

Para Uribe Muñoz, la solicitud realizada por el Registrador delegado para asuntos electorales, viola varios derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegidas, tomar parte en elecciones, igualdad ante la ley, libre desarrollo de la personalidad, libertad de expresión y pensamiento y atenta contra el marco jurídico electoral colombiano.

Es de anotar que desde el 2011, la ley estatutaria 1475 de ese año ordenó en su artículo 39 la obligación de implementar la identificación biométrica de los electores a partir de las elecciones siguientes. Diez años después, los órganos electorales no han cumplido lo dispuesto por la norma.

Con esta tutela, se espera que, para las próximas elecciones del 13 de marzo, los ciudadanos/as puedan colocar su firma y huella en el formulario E11, lo que minimizará los riesgos por suplantación, y dará transparencia a las elecciones.

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