El expediente Uribe

Jaime Acosta Puertas

Cuando la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de decretar medida de aseguramiento al entonces senador, muchos pensamos que al final nadie escapa a la justicia.

No siendo mi campo profesional el tema jurídico, pero si el de las instituciones, referidas estas a las reglas de juego que una sociedad define para vivir en un estado de derecho con un modelo económico y social con equidad y democrático, contrario al pensamiento Uribe, he seguido el proceso contra el jefe del Centro Democrático porque puede definir el cierre o la continuidad de una saga de fanatismo ideológico, terror y corrupción, que lleva cuarenta años desde que ÉL está en la vida pública.

Los cargos por fraude procesal que llevaron a su detención preventiva, porque engañó a los magistrados de esa Sala de la Corte, fue urdido desde su curul de senador, razón suficiente para declararle la casa por cárcel o una medida más severa que cabía por la gravedad del delito y el peligro de que en libertad siguiera urdiendo falsedades contra el senador Iván Cepeda.

De la ley 600 a la ley 906: de la justicia a la impunidad

Si renunciaba al senado perdía el fuero, y descendía de la justicia de los magistrados a la justicia ordinaria de fiscales y jueces, y eventualmente volvería en una segunda instancia a la Corte si el proceso llega hasta allá, lo cual es difícil porque inermes fiscales y jueces escogidos a dedo no se atreverán contra una maquinaria que ataca a quien esté contra ÉL.

Por sentido común, un expresidente y senador nunca debe perder su condición de aforado, pero, en Colombia por arte de magia se volvió para la “justicia” un ciudadano común.

La ley 906, creada en su primer gobierno, se diseñó para que en caso de faltas graves o demasiado graves, ÉL pueda quedar libre de toda sospecha después de sus días de “gloria”, los cuales dejaron bajo tierra cientos de miles de ciudadanos y campesinos, columnas interminables de horrorizados campesinos desplazados porque millones de hectáreas de tierra fueron robadas a sangre y fuego a trabajadores del campo, y a pequeños agricultores y ganaderos.

Así de simple, de un nivel de magistrados de Corte, pasó a una instancia menor: fiscal y juez de garantías. Perdió su condición de aforado lo cual no debió ocurrir porque por sentido común, a mayor investidura mayor peso de la justicia por mayor responsabilidad con el Estado. No se puede tener beneficios para unas cosas y perderlos sin perder nada cuando se trate de asuntos con la justicia. Si Uribe ya no es aforado no le cabría ni la pensión de expresidente, pues hoy es un ciudadano común.

La ley 906 es tramposa con las instituciones, con la sociedad, con el sistema de justicia, con la constitución e indigna para la investidura de cualquier exgobernante de una nación. La Corte Constitucional se equivocó de fondo en su tarea de control constitucional.

Bajo ninguna circunstancia un expresidente o senador debe dejar los estrados de la Corte Suprema. Es asunto de coherencia teórica, de pensamiento y de solidez institucional. A la Corte Suprema le fueron cercenando espacios desde la ley 906, y luego con la segunda instancia, volviendo casi que imposible que haya justicia para los aforados en un país de tanta barbarie y delito cometido por decenas de ellos. La segunda instancia para los aforados funciona en países normales, pero no aplica en un estado de anormales.

En Colombia, los procesos penales son eternos, enredados, difusos y confusos, por la cantidad de normas que se cruzan, entrecruzan, plagadas de micos dañinos, entonces, esa telaraña se enreda en interpretaciones de un supuesto sistema garantista, garantista de criminales, corruptos y bandidos.

Cuando hay un sistema de justicia con tantas ambigüedades, que da pie a ene mil interpretaciones, con posibilidades casi que infinitas para justificar decisiones que dejan el sabor o la duda de su consistencia y transparencia, se refleja cuando lo actuado por la Corte Suprema en el marco de la ley 600, para los abogados del investigado pierde valor bajo la ley 906, a pesar de que fueron pruebas allegadas de manera legal en un contexto procesal legal adelantado por el tribunal con el mayor nivel constitucional. También se equivocó la Procuraduría General de la Nación cuya decisión le costará la presidencia a Carrillo.

Que un fiscal y un juez lleguen a desconocer, con arrogancia y/o desprecio, las decisiones de la alta Corte por orden del equipo de defensa liderado por el exfiscal Gómez Méndez, es una ofensa a la justicia, y una agresión a la constitución y a las instituciones. Por sentido común, coherencia conceptual y valor institucional, no creo que sea legal ese traslado de la Corte a la Fiscalía. En todo caso, desde cualquier perspectiva interpretativa, el fiscal del caso debe continuar a partir de la decisión de la Corte Suprema dado el monumental acervo probatorio recabado dentro de un proceso legal de una instancia superior, y no comenzar de cero, lo cual sería improcedente.

La ley 600 debe derogarse para evitar en el futuro más burlas a la sociedad y al estado, una vez la Corte decida sobre el futuro de las investigaciones y demandas contra Uribe por genocidio y crímenes de lesa humanidad. Falta que Colombia conozca cuáles de esas denuncias son cuando fue gobernador, y cuáles cuando presidente. El caso de los falsos positivos ¿dónde está? porque esa no fue una acción de guerra, fue un masivo crimen de lesa humanidad de seres indefensos que nada tenían que ver con las FARC u otro grupo insurgente o paramilitar. El número de masacres, desaparecidos y muertos ha sido el más alto en los gobiernos del investigado. Sería alucinante que esos delitos contra la humanidad no los decida la Corte Suprema, sino un fiscal y un juez que poca garantía pueden dar.

¿Justicia en la Corte Suprema? ¿Impunidad en la Fiscalía?

Dicen algunos medios que las demandas correspondientes al período como gobernador, van a la fiscalía, y las que corresponden a los ocho años como presidente de la república, a la comisión de absoluciones del congreso de la república. Sería otro ataque a la justicia, a los millones de víctimas, pisotear la tumba de asesinados y desaparecidos, infame ofensa a sus familias, y burla a las instituciones y a la comunidad internacional. El fraude procesal no debió pasar a la fiscalía y menos podrían ir las demandas por genocidio y crímenes de lesa humanidad. La Corte aún no ha dicho nada.

En este contexto cabe preguntar. ¿Por qué Uribe y su defensa insistían en llevar el Expediente Uribe a la Fiscalía como si allá estuviera garantizada su absolución? Es decir ¿en la Fiscalía los casos están ganados de antemano? ¿con los jueces también? ¿existen funcionarios expresamente vinculados a la rama para absolver, precluir y prescribir?

Estados Unidos y la desclasificación de información sobre Uribe

Mientras la barbarie se profundizaba, a la potencia del norte no le importaba la violación de los derechos humanos en el patio trasero, porque la prioridad era la lucha contrainsurgente y tener a Colombia como contención contra el chavismo. Los gringos cayeron en la trampa del establecimiento colombiano, de que todos los males de éste país se derivaban de las FARC. Se acabaron estas y Colombia no es hoy un país mejor. El narcotráfico y su nuevo auge se debe a la guerrilla que abandonó las armas, pues en armas regulaban la producción. Y es claro que la ola de asesinatos de líderes sociales y las masacres, no eran solo asunto de la exguerrilla sino también de otros que ahí siguen y que cada vez son más.

Es evidente que Uribe no era ajeno ni está a salvo de culpabilidad en tanta barbarie. Bush II le dio carta blanca y Uribe le regaló la economía con el TLC, la confianza inversionista y la compra de armamento. Fue una transacción peligrosa y nefasta. Estados Unidos fracasó en sus objetivos contra Venezuela y se equivocó en su mirada de la realidad del patio trasero. Antes había un enemigo principal, la FARC, ahora hay más enemigos principales, dispersos, diversos y difíciles de ubicar y neutralizar. Ahora hay más corrupción, más narcotráfico y los crímenes de lesa humanidad han regresado.

Sin embargo, los años pasan y los documentos que sobre la guerra en Colombia tiene la CIA, se están desclasificando, porque siempre han sabido que Uribe es mucho más que un autoritario contrainsurgente. Esos archivos desclasificados recorren todas las posibles relaciones de Uribe con el narcotráfico desde antes de ser gobernador, y seguramente serán usados por la justicia norteamericana, de Colombia, de la Corte Penal Internacional, y se sumarán a las demandas de las víctimas de aquí y en el resto del mundo.

La Corte Penal Internacional

La furia de Uribe con el acuerdo de paz no es por la supuesta impunidad en la JEP con los exguerrilleros de las FARC, y su odio a Santos no se debe a los tres huevitos, es porque todo el acuerdo de paz se enmarca en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Cuando se lee el Estatuto – cuya lectura recomiendo -, en los crímenes de lesa humanidad ahí consignados (artículos 25, 27, 28, 29, 32 y 33) cabe todo el Expediente Uribe, incluido el fraude procesal cometido contra la Corte Suprema en el caso Cepeda (artículo 70), porque puede haber conexidad con genocidios y crímenes de lesa humanidad, como dice la demanda del exfiscal Montealegre presentada en la Corte Suprema contra Uribe, usando la metodología del delito sistema que llevó a la Fiscalía para cambiar el modelo de investigación, el cual debe usarse en el estudio del Expediente Uribe por el fiscal a cargo.

Cuando se conoce el Estatuto no se entiende la decisión final de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, de no sostener el Expediente bajo su competencia, generando dudas sobre por qué cedió después de un esfuerzo jurídico monumental y contundente.

@acostajaime

Buscar

Anuncios