Sancionan a dos policías que dejaron quemar a ocho detenidos en estación de Soacha

Dos agentes de la Policía han sido destituidos e inhabilitados por su implicación en la muerte de ocho detenidos que fallecieron en el incendio de una comisaría de Soacha, en Bogotá, ocurrido el 4 de septiembre de 2020.

La subteniente Aleida del Pilar González Quiroz y el patrullero Jorge Eliécer Suárez Orduz han sido destituidos e inhabilitados por 16 años para ejercer cargos públicos.

Para la Procuraduría General colombiana existen pruebas suficientes para inferir que los dos policías omitieron sus funciones de protección y no le brindaron la atención a las personas que se encontraban en las celdas del Comando de Atención Inmediata de San Mateo de Soacha.

Pese a los gritos de ayuda y los insistentes pedidos de auxilio de las personas que estaban detenidas, los policías no tomaron las medidas urgentes ni necesarias para salvaguardar la vida e integridad de las mismas. Están acusados de homicidio y lesiones por perturbación funcional.

Uno de los testigos ha relatado que el patrullero le gritó a uno de los detenidos “pues quémense” mientras el humo y las llamas devastaban las instalaciones. Los agentes, que contaban con las llaves de las celdas, solamente actuaron cuando los internos “ya estaban quemados”.

En la lectura del fallo de primera instancia el procurador del caso ha indicado que el patrullero “omitió realizar actos positivos para salvaguardar la vida e integridad de las once personas privadas de la libertad, entre ellos abrir la reja, que permitiera la salida de estas personas a un área segura y evitar, impedir e interrumpir la exposición al fuego que finalmente los condujo a la muerte”.

Mientras, a la subteniente Aleida del Pilar González Quiroz, quien era la subcomandante de la comisaría de San Mateo, ha sido sancionada disciplinariamente por no impartir órdenes dirigidas a sacar a los internos de las celdas.

El teniente, César Augusto Martínez, quien era el comandante de la Estación de Policía ha sido absuelto al considerar que no tuvo participación en los hechos. “Se demostró que el oficial no estaba en las instalaciones policiales ni le fue comunicada oportunamente la emergencia”, según la sentencia.

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