Los vehículos que podrán circular en Bogotá en la jornada sin carro

Hoy se cumple una nueva jornada sin carro y motos en Bogotá decretado por la administración de Claudia López en el horario que irá entre las 5 am y las 9 pm.

Sin embargo, como toda regla tiene su excepción, el día sin carro exceptuará la prohibición para los vehículos de transporte público, vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte, Vehículos y motocicletas de emergencia.

También podrán circular los vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes. Estos deberán operar y estar plenamente identificados de conformidad con las normas que regulan el transporte escolar, lo mismo que los de transporte con capacidad para movilizar más de diez (10) pasajeros.

Otros que cuentan con permiso son los vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios; los vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad; la caravana presidencial; los vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado; los vehículo de servicio diplomático o consular. Automotor identificado con placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores; los vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección, durante el tiempo señalado por dicha Unidad; los vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos y/o de cero emisiones contaminantes; las carrozas fúnebres; los vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente y por último, los vehículos y motocicletas destinados para el control operacional de Transmilenio.

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