Cámara de Representantes hace realidad la Ley Jerónimo

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley Jerónimo, el cual busca salvar la vida de miles de colombianos diagnosticados con cáncer, especialmente de niños y adolescentes, que hoy se encuentran en una lista de espera para un trasplante.

La iniciativa de autoría de la senadora Nadia Blel, creará el Registro Nacional Público de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas y establecerá un marco normativo que regule las actividades relacionadas con la donación y trasplante de células progenitoras hematopoyéticas o células madre de médula ósea, de sangre periférica y de cordón umbilical.

“Esta ley brindará esperanza de vida, pero sobretodo priorizará el derecho a intentarlo todo que tienen los pacientes diagnosticados con cáncer, especialmente los niños que hoy luchan contra esta enfermedad, es una iniciativa por ellos, pero también por sus familias”, afirmó la senadora Nadia Blel, autora del proyecto.

En Colombia, según el Observatorio interinstitucional de cáncer infantil (OICI) la leucemia es la principal causa de muerte en niños de 5 a 14 años. Sin embargo, este y otros tipos de cáncer infantil tienen una alta posibilidad de cura si se detectan a tiempo y si su tratamiento se ofrece oportunamente. Por eso, para muchos de los niños diagnosticados con cáncer, un trasplante de células madre es la única posibilidad de vida.

ABC de la Ley Jerónimo

  1. Creará el Registro Nacional Público de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas – RNDCPH y se articulará con otros registros a nivel nacional e internacional, esto con el fin de garantizar una amplia cobertura de la red de donantes.
  2. La ley establece un marco normativo que regulará todas las actividades relacionadas con la obtención, donación y trasplante de células progenitoras hematopoyéticas o células obtenidas por aspiración de medula ósea, de sangre periférica y de cordón umbilical.
  3. En un término de un año contado a partir de la expedición de la Ley, será el Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Instituto Nacional en Salud el encargado de crear el Registro Nacional Público de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas -RNDCPH-, como una sección especial del Registro Nacional de Donantes -RND-.
  4. Con esta ley se facultará a los laboratorios acreditados para realizar las pruebas de histocompatibilidad de los potenciales donantes. Los resultados de la muestra analizada deberán ser incluidas en el RNDCPH.
  5. El Ministerio de Salud será el encargado de reglamentar los protocolos y manuales de buenas prácticas para la realización de estas pruebas de compatibilidad.
  6. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, deberá promover campañas orientadas a fomentar la cultura de la donación, en especial de células madre

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