El Consejo de Estado suspendió de manera temporal el decreto con el que el presidente Gustavo Petro asumió el control y regulación de los servicios públicos, tras analizar una demanda instaurada por tres ciudadanos.
En la demanda se argumenta que el Ejecutivo no respetó el plazo de quince días previos a que entre en funcionamiento la decisión, para que la partes involucradas presentaran sus opiniones.
“Se expidió irregularmente porque el deber de dar a conocer a los asociados, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación, vulnerando así el derecho a que los ciudadanos o grupos de interés tuvieran la posibilidad de presentar sus opiniones, sugerencias o propuestas respecto del mismo”, exponen los demandantes.
La Sección Primera de la Sala del Contencioso Administrativo, recordó que el Presidente de la República tiene la potestad de supervisar la imposición de tarifas para los servicios, pero recordó que eso lo debe hacer a través de la Superintendencia de Servicios Públicos.
Para el alto tribunal, el primer mandatario, Gustavo Petro, no tiene la potestad de asumir control en esta materia.
El Consejo de Estado estudiará la demanda interpuesta para pronunciarse de fondo sobre el tema.