El Ministerio de Salud publicó los protocolos de bioseguridad a implementarse en la reapertura de actividades cinematográficas y para la presentación de obras en autocines; auto-eventos; salas de cine y teatros.
Se trata de la resolución 1408 del 14 de agosto, que fija los lineamientos para la reapertura de estos espacios que cerraron sus puertas al público en marzo pasado cuando el país entró a cuarentena estricta como medida preventiva para frenar la expansión del coronavirus.
Así funcionarán las salas de cine
De acuerdo a la resolución 1405 a partir de ahora y mientras dure la contingencia del coronavirus en el país, las salas de cine deberán dejar dos sillas entre cada asistente; y entre cada fila ocupada, se debe dejar una fila vacía; en ningún caso se puede superar el 50% del aforo máximo de la sala.
Además no se podrá ingerir alimentos dentro de las salas de cine o teatros y las puertas y ventanas deben permanecer abiertas para permitir la ventilación natural.
Medidas para los auto-cines y auto-eventos
De acuerdo con la nueva norma, en estos espacios se deberán disponer de varios carriles para la circulación vehicular, con espacios de 2.5 metros hacia cada lado y 5 metros entre cada carro al frente y atrás. Sólo se permitirá el ingreso de máximo 4 personas por cada vehículo. Y la venta de alimentos o confitería se permitirá únicamente al momento de la compra de boletas.
La resolución 1408 dispone que se le dé prioridad a la venta de boletería a través de canales virtuales; en caso de que no se pueda, los organizadores del evento deberán acudir al mecanismo de reservas telefónicas y garantizar que en las filas se conserve la distancia mínima de 2 metros. Además de que se tome la temperatura al ingreso de las instalaciones y procurar que las personas permanezcan en el mismo lugar desde el inicio y hasta el final de la función.
Este es el contenido completo de la resolución 1408
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