La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha fallado a favor de que la justicia militar asuma el caso de la muerte de Dilan Cruz, manifestante asesinado en las protestas contra el en noviembre de 2019, después de que su familia presentara un requerimiento para que el caso se juzgara por la vía ordinaria.
En concreto, la madre de Cruz, Yenny Alejandra Medina Pulido, ha afirmado que la CSJ, en decisiones tomadas en casos similares al de su hijo, ha sostenido que cuando se presentan ataques contra la integridad física y la vida de los ciudadanos causados por el uso de armas no letales o de dispersión de las fuerzas de orden público “la acción de disparar directamente y a corta distancia es considerada una acción que orbita fuera del ámbito funcional”.
Pero el tribunal ha replicado que “no se demuestra que en el presente caso se cumplan los presupuestos fácticos para la aplicación de la referida tesis, que se trate de una agresión directa, a corta distancia (…) y al margen de la función ni se acredita que la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el análisis que realizó de los elementos probatorios, haya incurrido en defectos fácticos susceptibles de protección constitucional”, según el fallo.
La CSJ ya ordenó en abril del año pasado revisar la decisión judicial por la cual el caso de Cruz quedó en manos de la justicia militar. A juicio de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la muerte de Cruz se enmarca en un “acto de servicio” del agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) acusado de la muerte, el capitán de Policía Manuel Cubillos.
Cruz, de 18 años, fue alcanzado en la cabeza por una granada aturdidora lanzada por agentes del ESMAD durante la jornada de huelga nacional celebrada el 23 de noviembre de 2019 en Bogotá en el marco de la ola de protestas contra el presidente, Iván Duque.