La Corte Constitucional amplió a 24 semanas de gestación la despenalización del aborto, manteniendo las tres causales para acudir a esta medida: cuando el embarazo amenace la salud de la madre, por abuso sexual y en los casos de mal formación del feto. Con una en una histórica y ajustada votaciónde 5 – 4.
“La Corte Constitucional declaró, en primer lugar, la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 122 de la Ley 599 de 2000 “por medio de la cual, se expide el Código Penal”, en el sentido de que la conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006″, señaló el comunicado del Alto Tribunal.
Así las cosas, los magistrados del alto tribunal le dieron el sí a la posibilidad de que las mujeres que queden en embarazo, para que acudan a la decisión del abortar hasta los seis meses de gestación.
La decisión fue calificada como “histórica”, por los magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fdo. Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez) que votaron a favor.
#LaCorteInforma ⚖️ l Conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006 pic.twitter.com/J7hfhLAEeq
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 21, 2022