La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Industria Licorera de Caldas reintegrar al cargo de ‘Técnico Grado 301’, a la señora Luz Ángela López Carvajal desde el 25 de noviembre de 2008 hasta el 15 de mayo de 2013, fecha en la que fue despedida de manera injusta.
El alto tribunal tuvo en cuenta la condición de la demandante de ser madre cabeza de familia, sentando un precedente de protección laboral a este grupo de mujeres y de estabilidad laboral que no solo se debe dar a estas personas con hijos menores o en situación de discapacidad, sino también a mujeres que, aún con hijos mayores, demuestren sostener a su familia.
Con la decisión se deja sin efecto el despido que Industria Licorera de Caldas realizó el 15 de mayo de 2013, y en consecuencia se ordena el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedida, o a uno de mayor o igual categoría, junto con el pago de los salarios y las prestaciones sociales legales y extralegales que dejó de percibir desde el momento de su desvinculación, debidamente indexados al hacer su pago, así como de las cotizaciones al sistema de seguridad social en pensiones y salud.