El alcalde (e) de Medellín Juan Camilo Restrepo Gómez completa una semana en el cargo, y su llegada a La Alpujarra ha producido que el ambiente laboral en esa instalación oficial se torne difícil por cuenta del rechazo que genera en el gabinete del del titular Daniel Quintero, a quien la Procuraduría apartó temporalmente del cargo por presunta participación política.
Una semana después de su llegada al cargo, por encargo, Restrepo Gómez ya acumula su primera queja disciplinaria por presunto acoso laboral. Así quedó evidenciado en una querella radicada en la Procuraduría contra el funcionario a la que tuvo acceso Confidencial Colombia.
Entre los hechos que sustentan la queja disciplinaria se cita una declaración que el alcalde (e) entregó a la prensa local pocas horas después de llegar al cargo, donde dejó claro que cualquier acto de rebeldía de los funcionarios de la administración sería tomado como una causal para declararlos insubsistentes.
Así mismo, en el documento conocido por este medio se narra una situación similar que habría tenido lugar en las últimas horas en la Alcaldía de Medellín luego que Restrepo Gómez ordenara cancelar el consejo de gobierno que realizaba de forma habitual Quintero con su gabinete.
De acuerdo con la denuncia, uno de los miembros del equipo de seguridad de Restrepo Gómez habría transmitido la orden dada por el alcalde (e) de desconectar los equipos técnicos (micrófonos) instalados en salón del consejo de gobierno.
Ante la negativa del personal para ejecutar la orden, teniendo en cuenta que todo el sistema de control y automatización de dicha sala requeriría una revisión y muy posiblemente calibración y reprogramación al momento de volverse a instalar, Restrepo Gómez habría llegado con tono amenazante recordando la advertencia hecha a pocas horas de tomar posesión del cargo en calidad de encargado:
“Soy el alcalde de Medellín ¿quién es el tal (nombre del funcionario)? no encuentro por qué deba enviar una ninguna solicitud por escrito porque estoy dando una orden de desconectar los micrófonos; de lo contrario procedo a declararlos insubsistentes”.
Entre los fundamentos de derechos expuestos por el quejoso, que prefiere mantenerse en el anonimato mientras avanza el proceso, se citan varios artículos de la Ley de Garantías. Puntualmente, el artículo 38 de dicha norma que contempla las prohibiciones a los servidores públicos de “acosar, presionar, o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política”.
Finalmente, el autor de la queja disciplinaria contra Juan Camilo Restrepo Gómez, insta a la Procuraduría para que, con base en la competencia que les asiste a dicha entidad conforme a la Ley 1952 de 2019 “Por medio de la cual se expide el código general disciplinario, se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.” inicie actuación disciplinaria en contra el alcalde (e), y de acuerdo a la calificación de la conducta se le imputen las sanciones disciplinarias que correspondan.
De momento, el alcalde (e) de Medellín no se ha pronunciado sobre este nuevo hecho que podría agudizar su ya difícil relación con los funcionarios de la administración Quintero.