Este lunes el Presidente Iván Duque firmó el Decreto 380 de 2021 que le abre la puerta al regreso de la aspersión con glifosato a los cultivos ilícitos en Colombia.
La nueva disposición presidencial profiere un marco regulatorio en materia ambiental previo a que el Consejo de Estupefacientes, apruebe o no, el inicio de las fumigaciones aéreas con el cuestionado químico.
Con la expedición del decreto, el Gobierno cumple el primer paso que establece la Corte Constitucional como condición para el reinicio de las fumigaciones.
Cabe señalar que, el Decreto 380 no reactiva automáticamente el programa de erradicación de cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea y para tal fin es necesario que el Consejo Nacional de Estupefacientes verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Corte.
Así mismo en el Decreto quedan excluidas expresamente de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de la aspersión aérea, las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales, los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados.
De igual manera, el Decreto 380 reconoce que obligatoriamente se deberá adelantar consulta previa cuando la ejecución del programa de erradicación de cultivos sea susceptible de afectar directamente las comunidades étnicas.
La ANLA y el INS deberán realizar seguimiento continuo
En el Decreto 380 consagra que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y el Instituto Nacional de Salud realizarán seguimiento continuo, en el marco de sus competencias, sobre los efectos de los programas de aspersión en el ambiente y en la salud y deberán entregar informes de evaluación al Consejo Nacional de Estupefacientes para que este adopte las decisiones pertinentes. Así mismo, establece los mecanismos de participación antes, durante y después de la ejecución del programa.
Consejo Nacional de Estupefacientes tiene la última palabra
El Gobierno aseguró que el Consejo Nacional de Estupefacientes, además de este decreto, debe dar cumplimiento a los demás requisitos exigidos por la Corte Constitucional, que entre otros establece el de considerar y ponderar toda la evidencia científica y técnica disponible en lo que se refiere, por un lado, a la minimización de los riesgos para la salud y el medio ambiente, y, por otro, a la solución al problema de las drogas ilícitas, conforme a los instrumentos de política pública.
¿Jugadita completa?
Cabe precisar que, previo a la expedición de este Decreto el Gobierno promulgó otro que modificó el reparto de las tutelas contra el Presidente, y centralizó en el Consejo de Estado todas las tutelas en su contra.
Dicho Decreto determina que todas las acciones relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos recaerían sobre esa misma corte.
Con estas determinaciones el Gobierno borró del mapa la posibilidad de que jueces regionales bloqueen las decisiones como las contempladas en el Decreto 380 a través de las tutelas.
Conozca el detalle del Decreto 380
Decreto 380 del 12 de Abril de 2021 by Confidencial Colombia on Scribd