Procuraduría consigue anular la decisión a favor de acusados por caso Triple A

La Procuraduría General de la Nación logró que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla revocara los beneficios por aceptación de cargos de Edgar Rafael Piedrahita Hernández y Héctor Enrique Amarís Piñeres, procesados por enriquecimiento ilícito de particulares, administración desleal y falsedad en documento privado, por no haber pactado el reintegro de más de $24.000 millones de la Triple A, recursos de los que se habrían apropiado se manera irregular.

Piedrahita Hernández es procesado por tramitar en nombre de Recaudos y Tributos S.A., al menos 54 órdenes de pago por valor de $23.379’761.912, que corresponderían a servicios inexistentes, mientras que a Amarís Piñeres, representante de Iarco Ltda, se le juzga por nueve facturas de transporte de residuos sólidos en la ciudad de Barranquilla, sin que al parecer hubiera prestado el servicio, que se facturó $1.350’000.000, recursos que habrían sido entregados a Ramón Navarro Pereira, exgerente de la Triple A.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla tuvo en cuenta los argumentos de la Procuraduría, que en su condición de apelante único, advirtió que en los casos de allanamiento de cargos y preacuerdos “cuando se trata de conductas ilícitas en las que el procesado obtuvo un incremento patrimonial, para sí o para otros, es requisito necesario la devolución de la mitad del valor apropiado y además garantizar el recaudo del monto.

En su decisión el magistrado de la Sala Penal, Luis Felipe Colmenares Russo, señaló que más allá de reconocer su culpa, los acusados, como lo advirtió el Ministerio Público en contravía de los demás sujetos procesales, en ningún momento llegaron a algún tipo de acuerdo para devolver los millonarios recursos de los que se habrían apropiado.

“La Sala no quiere decir, ni quiere pensar que por facilismo, por rapidez estén coludidos, ni más faltaba, para lograr el aterrizaje en la sentencia. La Ley tiene que hacerse cumplir, dura es la Ley, pero es Ley, de ahí que el Ministerio Público pida ese cumplimiento, para ello fue nombrado, es de sus funciones”.

Para el Tribunal no existe dudas de que en los casos de juzgamiento de conductas relacionadas con delitos como el enriquecimiento ilícito se debe cumplir con la ley y la jurisprudencia.