¿Es posible hacer la posesión presidencial en un lugar distinto a Bogotá?

El periodista infiltrado se puso en la tarea de preguntar si es posible llevar a la realidad la idea del candidato presidencial, Rodolfo Hernández, de tomar posesión en un territorio diferente a Bogotá, en este caso, uno alejado.

Dice el artículo 192 de la Constitución Política de Colombia que el presidente de la república debe tomar posesión ante el pleno del Congreso (Senado y Cámara) y, si por cualquier motivo el Presidente de la República no pudiere tomar posesión ante el Congreso, lo hará ante la Corte Suprema de Justicia o, en defecto de ésta, ante dos testigos.

Lo anterior quiere decir que si el presidente desea tomar posesión por fuera de la sede de la ciudad sede del Congreso que en este caso es Bogotá, tendría la Nación que asumir el costo del traslado de los 108 senadores y los 172 representantes a la cámara, más el nuevo gabinete ministerial, los presidentes de las altas cortes,  los embajadores de otros países de mayor relevancia para Colombia, altos mandos militares y de la Policía Nacional, dispositivo de seguridad y,  los familiares y amigos del presidente y vicepresidente(a).

A  esto hay que agregarle el desplazamiento técnico que se debe hacer en materia de telecomunicaciones para la transmisión por radio y televisión a través de la señal de RTVC.

La idea del candidato independiente, es evitar un derroche de dineros públicos en el acto de posesión presidencial pero si tenemos en cuenta todo lo anterior, valdría la pena preguntarse sí para este caso se aplicaría el dicho que a la letra dice: “lo barato sale caro”.

 

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