Esta práctica ha sido históricamente de poca aceptación o mal vista por quienes analizan el desempeño del sector público.
Pero tenemos que decir que ya es de aceptación constitucional desde 2009, cuando se incorporó en el artículo 144 de la Constitución Nacional por medio del Acto Legislativo 01 del mismo año. El mencionado artículo 144 ordena que se se reglamente mediante ley de la República.
Ha habido muchas iniciativas de leyes para la reglamentación, pero ninguna ha prosperado durante más de diez años.
En esta legislatura se han presentado nuevamente dos proyectos de origen parlamentario, el 87 y 120 Senado de 2022, que se acumularon para el trámite en primer debate. Este proyecto promueve la regulación del ejercicio del cabildeo, se crea el registro público de cabilderos, se garantiza el principio de transparencia en el proceso de toma de decisiones en el sector público.
El cabildeo o lobby son las actividades o acciones para demandar o influir en la toma de decisiones del sector público, ejecutivo o legislativo. No se contempla para el poder judicial por obvias razones. En caso como leyes o actos administrativos por parte de particulares o personas jurídicas con interés en esas decisiones.
Esto ya es constitucional, como ya se dijo. Se espera que se reglamente legalmente. Por otro lado y que es diferente, todos los ciudadanos tienen derecho a tomar parte en el proceso de toma de decisiones en el Estado, a través de mecanismos de participación ciudadana, como el referendo, cabildos abiertos, iniciativas legislativas, audiencias, derechos de petición, etc.
Quiero con esto decir, que la construcción normativa en Colombia es participativa. Con este proyecto de ley se pretende regular el cabildeo para los intereses particulares o gremiales. El objetivo es transparentar una práctica que se viene dando, para ponerla sobre la mesa.
Habrá registro de cabilderos en el Congreso y en el ejecutivo. En Estados Unidos existe desde 1946, en Perú desde 2003, en México desde 2010, en Chile desde 2014. Por otro lado, organismos internacionales como la OCDE y Transparencia Internacional recomiendan regular el cabildeo adoptando estándares internacionales.