El 25 de agosto de 2021 el presidente Iván Duque promulgó el acto legislativo 02 que ordenó dar representación a las víctimas del conflicto armado interno con voz y representación en el Congreso de la República, como medida de reparación política en las zonas más afectadas por la guerra. Su acción no se explica por ninguna gran voluntad de cumplir con la promesa de la paz, sino a dos decisiones judiciales recientes. La Corte Constitucional, en su sentencia SU-150 de 21 de mayo de 2021, y el Consejo de Estado, en su decisión 110010324000 2017-00474 00 de 1 de julio 2021, en respuesta a los accionantes el senador Roy Barreras y el doctor Guillermo Rivera, avalaron por vías separadas la existencia de las 16 curules de paz en la Cámara de Representantes y le dieron vía libre a su elección.
El Presidente del Senado de la República en auto del 28 de julio de 2021 abrió la actuación administrativa para dar cumplimiento a las anteriores sentencias y convocó a audiencia pública para escuchar a los organismos de control, congresistas y ciudadanos. Completado el documento final, que lleva consigo todos los detalles del trámite del proyecto, los presidentes de Senado y Cámara lo firmaron y lo enviaron a la Presidencia de la República, trámite que conllevó a su publicación y entrada en vigencia. Por tratarse de un acto legislativo, no se contempló la sanción presidencial ni tampoco la presentación de objeciones por parte del jefe de Estado. Ahora, deberá Duque avanzar en la reglamentación del acto legislativo para otorgarle a la gente las garantías para desplazarse y realizar su campaña en todo el territorio nacional.
Han sido cuatro años largos para llegar a este punto. Las curules de paz se contemplaron en el acuerdo de paz con las FARC de 2016 y tienen el propósito de reparar a los habitantes de las zonas más golpeadas del país. Buscan compensar las limitaciones que ellos soportaron durante décadas si poder ejercer libremente sus derechos políticos, vulnerados por las organizaciones armadas de la zona que les impidieron votar o postularse a cargos de elección popular, o los obligaron a votar por determinados candidatos, o les impusieron una “elección” con un solo aspirante. Todo anterior sucedió en Arauca, la Costa Pacífica, especialmente en el Chocó, Cauca, Caquetá, el bajo Cauca antioqueño, César, Magdalena, Meta, Montes de María, Nariño, Norte de Santander y Putumayo. Es decir, en todas las 16 zonas que identificó el acto legislativo.
El proyecto de acto legislativo que creó las curules de paz se tramitó en el Congreso en el 2017, en medio del mecanismo de vía rápida o fast track. Pero en el último debate en la plenaria del Senado, en noviembre de 2017, hubo una diferencia de interpretaciones sobre la cantidad de votos necesarios para su aprobación y por ello, en ese momento, se consideró que el proyecto se había archivado.
El senador Roy Barreras con el ánimo de preservar cada uno de los puntos del Acuerdo de Paz, presentó la acción de tutela en contra de la Mesa Directiva del Senado de la República con el propósito de obtener el amparo de los derechos al debido proceso y la igualdad que terminó con sentencia favorable del juez constitucional. Paralelamente y con el mismo ánimo, el doctor Guillermo Rivera Flórez presentó una acción ante el Consejo de Estado para efectos de que esta jurisdicción declarara la nulidad del acto administrativo verbal emitido el 6 de diciembre de 2017 por el entonces presidente del Senado de la República, doctor Efraín Cepeda Sarabia.
Tuvieron que recurrir a lo judicial porque no hubo voluntad política de asegurar la restauración de los derechos políticos de las víctimas. Desde el principio el Centro Democrático vendió y logró posicionar la idea que la representación política adicional era para las FARC, cuando en realidad la intención era reducir las expectativas que tenía esa guerrilla en cuanto al número de curules a las que podía aspirar en el Congreso. Un punto clave que contempló el proyecto legislativo era que los partidos y movimientos políticos con asiento en el Congreso, incluido Comunes, colectividad en la que se convirtió la ex guerrilla de las FARC, no podrían competir por estas 16 curules en la Cámara de Representantes. Era lógico que la guerrilla convertida en partido político no contara con el apoyo electoral de quienes habían sido sus víctimas.
Sin embargo la oposición y el señalamiento a las curules de paz se ha mantenido hasta hoy. El presidente Duque, cuyo gobierno se opone a todo lo que pueda reparar los estragos de la guerra o prevenir nuevos ciclos de violencia, ha dicho que las personas en los territorios afectados no eran víctimas sino cómplices de la guerrilla. No le gusta que esos territorios tengan una representación adicional porque los que fueron víctimas, según él, ahora son los aliados históricos de la guerrilla. También se han opuesto los congresistas de las 16 zonas que no quieren tener más competencia, ni disminuir su poder político. El embajador Juan Carlos Pinzón afirmó en Washington que si las 16 curules no son para víctimas, ex secuestrados, deudos del terrorismo, militares y policías heridos, sino terminan en cabeza de personas afines al narcotráfico o a grupos criminales o a sectores que justifican el terrorismo, sería negativo para nuestra democracia. Es tanta la estigmatización que el senador Iván Cepeda presentó ante la Procuraduría General de la Nación una queja disciplinaria en contra Pinzón, porque se cuestionó los espacios de participación de la víctimas, por lo cual participó indebidamente en política.
Pero ahora, gracias a las decisiones de tribunales, el acto legislativo vuelve a ser una oportunidad para las regiones, los territorios, las mujeres, los jóvenes, los indígenas, los afro descendientes – para todos los históricamente afectados por el conflicto armado. El departamento del Cauca, por ejemplo, podrá elegir a dos representantes adicionales de los cuatro que ahora elige, lo cual le permitirá incidir más en la adopción de políticas públicas para promover su desarrollo e intermediar por recursos públicos de inversión. Nueve millones de víctimas del conflicto armado declaradas oficialmente en el territorio nacional tendrán representación política en el Congreso de la República.
Hay que destacar que la decisión de la Corte Constitucional fijó el ejercicio de las 16 curules para los periodos legislativos 2020-2026 y 2026-2030. Cuando el proyecto de acto legislativo se tramitó en el Congreso, en 2017, esa participación estaba contemplada para los cuatrienios 2018-2022 y 2022-2026. Así que la Corte no solamente ayudó a salvar las curules especiales, sino aseguró que la oposición a ellas no lograra más que postergar su vigencia.
Esto dicho, continúa el desafío fundamental de promover el diálogo, el consenso, la unidad, la reconciliación, la verdad, la justicia y la reparación integral, para generar desde el Congreso de la República las garantías de no repetición. Primer paso: asegurar que quienes se presenten como candidatos para las nuevas curules puedan competir con todas las garantías que debe proveer un estado democrático.