A lo largo de los 61 años de historia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, el movimiento de derechos humanos ha luchado a ultranza para fortalecer su autonomía e independencia como uno de los pilares centrales de su legitimidad por los Estados miembros, por la sociedad civil y por las víctimas de violaciones de derechos humanos. A mediados de agosto del presente año, sorpresivamente, se abrió un nuevo frente de esta lucha. ¿De qué se trata?
El 27 de julio de 2016, la CIDH seleccionó al brasileño Paulo Abrão para el cargo de Secretario Ejecutivo, SE, por un período de cuatro años, de acuerdo con el Artículo 11 de su Reglamento. Remitió su nombre al Secretario General, SG de la Organización de Estados Americanos, OEA, Luis Almagro, quien confirmó la selección y lo designó para el puesto, posesionándose el 16 de agosto de ese mismo año.
La CIDH, en la sesión realizada en México del 8 al 9 de enero de 2020, decidió por unanimidad renovar el mandato a Abrão como SE para el periodo 2020-2024. El mismo 9 de enero le comunicó en nota oficial al SG (Artículo 11, inciso 3, del Reglamento de la CIDH) para los efectos de su contratación administrativa. La decisión fue puesta en conocimiento público en comunicado del 10 de mayo del presente año.
El 15 de agosto de 2020, último día de la vigencia contractual correspondiente al primer período de Abrão, el SG de la OEA comunicó a la CIDH, sin consulta previa con los comisionados, su determinación de abstenerse de avanzar en el proceso de renovación del nombramiento del SE de la CIDH. Es decir, dio su negativa a extender el contrato laboral, trámite administrativo requerido para dar continuidad al mandato del SE.
No es una exageración decir que la decisión tomó al mundo por sorpresa. La CIDH emitió un comunicado de prensa, CP, No. 202/20 de 25 de agosto de 2020 mediante el cual anunció a la comunidad internacional que esa decisión unilateral del SG “constituye un franco desconocimiento de su independencia y autonomía” que busca la separación de facto del SE y dejar sin efectos la decisión de renovación adoptada 8 meses antes por la CIDH. Añadió que llama la atención de la CIDH que, durante ese lapso de meses, no recibió cuestionamiento alguno por parte del SG sobre la pertinencia del procedimiento de renovación. ¿Qué es lo que pasa?
Resulta que el 10 de agosto se notificó a la CIDH de un informe confidencial de la Ombudsperson de la OEA que al parecer se trata del ambiente laboral dentro de la CIDH durante 2019, e incluye o resume o hace referencia al desempeño del SE. “Al parecer” porque debido a que es confidencial, no está ni debe estar en el dominio público, lo que hace que fácilmente se preste a la especulación.
La CIDH en su CP No.202/20, atribuye la máxima importancia al informe y al efecto solicita que el mismo sea tramitado con los más altos estándares del debido proceso, deber de investigación y debida diligencia. A la vez agrega que “es inadmisible que se pretenda utilizar un informe institucional confidencial de la Ombudsperson o la información de que se estaría iniciando una investigación administrativa como fundamento de una decisión sobre la no renovación administrativa del Secretario Ejecutivo de la CIDH, en clara violación a los estándares reiterados del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, SIDH”.
El hecho es que no se explica cómo, si se trata de un informe sobre 2019, se esperó meses para notificar a la CIDH. No se aclara por qué, si el SG tuvo grandes preocupaciones sobre el SE, no se reaccionó en enero cuando la CIDH decidió renovar el mandato, o en mayo cuando se hizo pública la decisión. No sé entiende por qué se esperó hasta el último momento posible, dejando a Abrão y a la CIDH en la brecha total.
Es por eso que un gran número de organizaciones de derechos humanos sospechan que se trata de una intervención indebida del SG en el CIDH y han prendido las alarmas. El mismo 25 de agosto, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, CEJIL, acordó mediante comunicado que “La autonomía y la independencia son pilares fundamentales para el sistema interamericano, que se expresan entre otros en la capacidad de la CIDH de elegir a su Secretario/a Ejecutivo/a. Desde la gestión del Secretario General de la OEA César Gaviria en los años 90, los Secretarios Ejecutivos de la CIDH han sido nombrados a propuesta de la CIDH. El art.21.3 del Estatuto de la CIDH y el 11 de su Reglamento dan cuenta del proceso de selección, designación y remoción del Secretario Ejecutivo”.
Tres días después, cerca de 400 organizaciones de las Américas, -entre ellas el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR-, teniendo en mente la línea de tiempo de los hechos, demandaron el respeto a la autonomía de la CIDH y se sumaron al llamado de fortalecer la institucionalidad. Respecto al tema de presuntas irregularidades de índole laboral, según lo indicado por el SG, las organizaciones manifestaron su “compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que laboran en la Comisión Interamericana, así como en que se generen ambientes laborales propicios y libres de cualquier forma de acoso y discriminación”. Sí se debe hacer frente a la situación laboral. Pero eso se hace de acuerdo a los procedimientos establecidos y garantizando el debido proceso para todas las partes.
Como integrante del área internacional del CAJAR desde hace más de 25 años, hemos estado pendientes a la evolución y contribuido al desarrollo del SIDH a fin de asegurar que cumpla con su propósito de defensa de los derechos de las personas que habitan nuestro continente. De ello dan cuenta las participaciones en procesos de consulta o reformas reglamentarias o de procedimientos, en foros nacionales e internacionales y Asambleas Generales de la OEA. Vale recordar que en el pasado esta discusión del proceso de nombramiento de personal de confianza de la CIDH ya ha sido planteada y resuelta en diálogo con todos los actores relevantes del hemisferio, incluyendo el SG, en los términos del Reglamento de la CIDH.
La CIDH en un nuevo comunicado, CP No. 205/20 del 30 de agosto de 2020, llamó a un diálogo institucional respetuoso y veraz entre los Órganos Principales de la OEA. Me sumo al llamado y esperamos que en esta oportunidad, la situación tan grave que nos avoca pueda ser superada por la vía del diálogo.
Rafael Barrios Mendivil – Abogado del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo