El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo CAJAR, ha sido y sigue siendo blanco permanente de la inteligencia ilegal de los organismos encargados de la seguridad nacional durante más de 40 años, convirtiéndose en objetivo de una política de Estado que involucra a varios gobiernos.
Desde su reconocimiento legal en marzo de 1980, hemos sido hostigados, estigmatizados, amenazados y perseguidos por los gobiernos de turno, por organismos de inteligencia como el Batallón Charry Solano, a través de su Comando de Inteligencia y Contrainteligencia COICI, la Brigada 20 de Inteligencia y luego el Departamento de Seguridad DAS, organismos que fueron desmantelados por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por sus integrantes.
En la actualidad, todo indica que esa tarea ilegal la adelanta el Ejército Nacional, como lo ha denunciado la Revista Semana desde finales del 2019 con los llamados “perfilamientos” contra políticos, periodistas, y personas defensoras de derechos humanos. Entre ellos se encuentra el doctor Sebastián Escobar, abogado del CAJAR.
La inteligencia sistemática contra los integrantes del Colectivo y sus familias tiene sustento en la anticuada Doctrina de Seguridad Nacional, en la teoría del “enemigo interno” y en los conceptos de la “guerra jurídica y política” como denominan desde el estamento militar el trabajo que adelantamos las organizaciones defensoras de derechos humanos. Doctrinas que al parecer siguen vigentes en Colombia.
Mientras se remueven esas doctrinas y teorías de los manuales de inteligencia de combate, y las resoluciones y directivas del Ejército Nacional que la implementan, se debe capacitar a los analistas blanco e integrantes de los cuerpos de inteligencia en el respeto al Estado de Derecho y los Derechos Humanos. De lo contrario, no va a ser posible que se supere ese patrón de comportamiento en los organismos de seguridad del Estado, sobre todo si continúan los señalamientos y estigmatizaciones contra la actividad de las personas defensoras, por parte de altos funcionarios del Estado.
Por ejemplo, el director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez, afirmó hace poco que “existe una estrategia de litigio internacional para demeritar los esfuerzos de Colombia (…) Conozco sí, mucho colectivo que viajaba bastante a Washington” (Revista Semana, 2 de Julio 2020). Como lo dijo la abogada Angelita Bayens Caro del Robert F. Kennedy Human Rights, esa afirmación “no solo es una teoría conspirativa sin ningún soporte, sino una forma de continuar estigmatizando a personas defensoras de derechos humanos” (Revista Semana, 6 de julio 2020).
Por todas estas razones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, presentó el pasado 8 de julio ante la Corte IDH el Caso 12.380. Miembros de la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo. Colombia. Este litigio se originó en una petición presentada conjuntamente en 2001 por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, CEJIL y el CAJAR, precisamente en razón de actos de estigmatización, hostigamiento, amenazas, agresiones, exilio y acciones de inteligencia ilegal desarrolladas desde la década de los noventa en contra de las y los integrantes del CAJAR.
De esta persecución, sobresalen entre otras, las operaciones “Miscelánea” del Ejercito Nacional contra Alirio Uribe Muñoz y “Transmilenio” cometida por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, agencia de inteligencia política dependiente de la Presidencia de la República. Durante varios años, el DAS desarrolló actividades de espionaje ilegal, interceptación ilegal de comunicaciones, persecución, deslegitimación, tortura, amenazas y ataques contra los y las integrantes del CAJAR y sus familias.
La CIDH estableció en su momento la responsabilidad estatal y formuló recomendaciones en términos de garantías de no repetición en favor de las personas defensoras y de reparación para las víctimas del caso que fueron incumplidas por el Estado de Colombia.
Por primera vez, la Corte tendrá la oportunidad de pronunciarse sobre una organización no gubernamental de derechos humanos, ONG, ya que en el pasado lo hizo en el caso del abogado defensor Jesús María Valle Jaramillo como individuo (Sentencia 27 noviembre 2008). Ahora lo hará con relación a las garantías que requieren en Colombia las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos para el desarrollo de su labor, quienes sufren persistentes amenazas, atentados, homicidios y deslegitimación de la labor, ante la inacción del Estado colombiano.
El litigio del caso ante la Corte IDH no sólo evidenciará las graves violaciones a las que han sido sujetos los integrantes del CAJAR, sino también ofrecerá un espacio para abordar las falencias de las diversas instituciones estatales a cargo de su protección, de la investigación de los delitos cometidos contra ellos, de la ejecución de las políticas y prácticas estatales que permiten la recurrencia del espionaje, las amenazas y la persistencia de la impunidad.
Esperamos que este caso contribuya al mejoramiento de la situación de quienes defienden los derechos humanos en Colombia y las Américas, a la remoción de las causas que generan los hostigamientos, las amenazas y persecución, las estigmatizaciones y señalamientos que de manera frecuente realizan altos funcionarios del Estado contra dicha comunidad y a superar la impunidad. Mientras no se castigue a los responsables de estas graves violaciones, los perpetradores no se sentirán intimidados; por el contrario, será un incentivo para seguir cometiándolas (Comunicado de Prensa del CAJAR y CEJIL, 10 de julio de 2020).
El Presidente de la República debe emiitir una direciva en que manifieste que el trabajo de las personas defensoras de los derechos humanos no es solo legal y legítimo en una sociedad democrática y respetuosa de los derechos humanos, sino que debe condenar con energía las chuzadas, perfilamientos, hostigamientos, amenazas y persecución contra éstos.
*Abogado del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo