Ley de crecimiento económico entre la realidad y el mito

Wadith Manzur

Wadith Manzur

Muchos comentarios se han realizado respecto al contenido de la ley de crecimiento económico, se han tejido tantos planteamientos alrededor que se hace necesario precisar lo que realmente dice el documento, especialmente los artículos que se han incorporado recientemente y que buscan generar un mayor equilibrio entre los ciudadanos.

Si bien es cierto que el IVA se sostiene en el 19%, el artículo nuevo 120 determina la compensación del mismo a favor de la población más vulnerable, con el fin de promover un sistema tributario equitativo, es decir que el gobierno retornará el pago del IVA a las clases menos favorecidas y dicha compensación será una suma fija en pesos la cual definirá el Gobierno Nacional, con esta decisión se verán favorecidos cerca de 13.073.000 de los colombianos más pobres del país.

Por otro lado, es importante mencionar el nuevo artículo (110) que crea una comisión de expertos “para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional con el objetivo de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía y se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional”.

Por lo tanto, la comisión de expertos estará de verificar la eficiencia en el recaudo, la distribución y las estrategias que permitan recolectar el dinero necesario para financiar las diferentes inversiones sectoriales.

Hay mitos que exponen que esta reforma golpea a los más desfavorecidos, pero hay artículos expresos que favorecen a sectores tan importantes en el país como son los jóvenes, muestra de ello es el artículo nuevo 111, que habla sobre el primer empleo, en el que las empresas se ven incentivadas a contratar jóvenes entre los 18 y los 28 años y a cambio el gobierno ofrece la posibilidad de eximir el 120% de los pagos que realicen por concepto de salario, teniendo en cuenta que la deducción máxima será de 115 UVT ($3.941.050) por empleado mensualmente.

Estos son tan solo algunos de los artículos que buscan el beneficio de la población colombiana, no solo en términos de crecimiento económico, sino en empleabilidad. Además de resaltar, que de no ser aprobada la ley de crecimiento económico el país se vería enfrentado a un menor recaudo tributario; ya que, según cifras de Fedesarrollo el recaudo adicional que se dejará de percibir por la no aprobación de la Reforma Tributaria será de 4,9 billones para 2020; 9,1 billones para 2021; 12,6 billones para 2022; 18,8 billones para 2023 y 20,5 billones para 2024. Así las cosas, los recursos que se destinarían a sectores tan preponderantes en la sociedad colombiana como: educación, inclusión social, vivienda, transporte, entre otros estarían altamente impactos debido a que no contarían con la suficiente fuente de financiación, y por ende los recursos aprobados en el Presupuesto General de la Nación 2020 estarían sobrevalorados.

También es importante tener en cuenta que la no aprobación de la Ley de Crecimiento Económico podría generar un aumento en la calificación de riesgo país por parte de las calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s, entre otras; lo cual impactaría en las tasas de crédito externo. Con este panorama, la reforma tributaria debe ser un tema para tratar con mucha responsabilidad y analizada en detalle sin que sean los tintes políticos los que le den o no la vía libre a esta importante ley.