Así es, en familia pasaremos estas fechas, rodeados de potajes y luces. “Con regalos traídos por el Niño Dios si nos hemos portado bien”, es la frase que se dice a niñas y niños en estas épocas, trasladando la responsabilidad del comportamiento a la infancia, mientras se omite el papel fundamental del cuidado por parte de las y los adultos.
Tanto Cundinamarca como Antioquia lideran la lista de departamentos con más denuncias por delitos contra menores de edad en Colombia, un indecoroso récord. Las cifras de denuncias por delitos contra niños, niñas y adolescentes en el país han mostrado un preocupante aumento del 8% en lo que va de 2024, alcanzando un total de 78.124 reportes, en comparación con las 71.851 denuncias registradas en 2023.
Estos alarmantes datos fueron revelados por la teniente coronel Claudia Suárez Carrillo, jefa de Infancia y Adolescencia de la Dirección de Protección y Servicios Especiales de la Policía Nacional, quien destacó que los menores de 6 a 12 años son los más afectados, constituyendo 40.026 de las víctimas.
La Procuraduría alertó este año sobre el alto número de casos de maltrato infantil, feminicidio y transfeminicidio en el país. Entre enero y abril de 2024, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) reportó 177 homicidios de niños, niñas y adolescentes: 11 fueron cometidos contra población en etapa de primera infancia, 7 contra infantes y 159 en etapa de adolescencia.
Ante estas cifras, debemos preguntarnos: ¿Quiénes se portan mal? ¿Las niñas y los niños? ¿O las y los cuidadores? ¿Por qué nos centramos en mostrar a las víctimas sin analizar las causas de su victimización? ¿Qué tipo de intervención en salud mental se debe abordar tanto con los niños y niñas como con las y los cuidadores agresores? ¿Y en qué parte del país el problema es más grave?
Según la Procuraduría, hay 10 ciudades con mayores índices de violencia intrafamiliar, de acuerdo con informes del INMLCF: Bogotá reportó el mayor número de casos (880), seguida por Medellín (112), Cali (64), Villavicencio (52), Barranquilla (44), Ibagué (38), Cúcuta (35), Yopal (33), Bucaramanga (28) y Valledupar (25).
La Ley 1146 de 2007 establece dos acciones fundamentales en los territorios como guías para intervenir con los agresores:
Sensibilizar, orientar y concienciar sobre la existencia del abuso sexual a niños, niñas y adolescentes y sus consecuencias, actuando preventivamente.
Aportar herramientas a los niños, niñas y adolescentes que les faciliten su protección, defensa y detección de riesgos tendientes a evitar el abuso sexual.
Se debe partir no solo del castigo penal, sino también de la recuperación psicológica y física requerida por este daño. Este proceso evidencia que tanto la recuperación de niñas y niños como el castigo punible a sus abusadores requiere un fuerte enfoque de salud mental.
Es necesaria una reforma a la Ley 1616 del 2013 de Salud Mental, porque se deben garantizar tratamientos adecuados y accesibles, ejecutados por profesionales de las áreas de la salud, que permitan un desarrollo interdisciplinario en términos de tiempo y calidad, tanto para las víctimas como para los agresores, en aras de su recuperación y cumplimiento de penas.
Así, debemos portarnos bien, espiritual y emocionalmente, con las niñas y los niños, construyendo formas armónicas de cuidado desde lo cotidiano, reflexionando sobre nuestras pautas de crianza y rompiendo con el esquema del castigo y la letra con sangre entra, considerando a las niñas y niños iguales, velando por la postura de sus derechos, esto ha ido cambiando pero todavía falta mucho más, ahora debemos parar el chantaje la manipulación en la crianza y no tendremos narcisistas que aturdan emocionalmente a sus parejas y a sus hijos e hijas. Podemos parar este espiral de violencia y esto hace parte también de la salud mental y con enfoque de género por supuesto.
Por último, con la llegada de las vacaciones, el turismo aumenta, lo cual nos lleva a hablar de un término mal empleado: “Turismo sexual”. Este no existe. Lo correcto es referirse a explotación sexual y laboral de menores de edad. Según el Artículo 24 de la Ley 1336 de 2009, quien dirija, organice o promueva actividades turísticas que involucren la utilización sexual de menores de edad incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años. La pena se incrementará en la mitad cuando la víctima sea menor de doce (12) años.
No nos quedemos callados si vemos estos delitos, el estado debe poner a disposición de la protección y asistencia a toda mujer, joven, adolescente, niño o niña que necesite reportar una emergencia, hacer una denuncia o pedir orientación sobre casos de maltrato infantil, violencia sexual, acoso escolar, trabajo infantil o consumo de sustancias psicoactivas, entre muchas otras situaciones que amenacen o afecten su vida e integridad, por medio de las siguientes líneas gratuitas.
Línea 141 ICBF (Cuando la violencia ocurrió fuera de la familia y es un niño, niña o adolescente)
Línea 106 Salud
Línea de emergencia 123
Línea 143 Personería Distrital
Línea de teléfono púrpura: 018000112137 – WhatsApp: 300 755 1846
En la línea telefónica 601-3808400 ‘Una llamada de vida’
Así que, cumplámosle al Niño Dios, portémonos bien unas y unos con otras y otros, para recibir el mejor de los regalos: la paz, la cual empieza por casa.