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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Amylkar Acosta

¡Hoy el día de la tierra!

“La tierra proporciona lo suficiente para satisfacer las necesidades de cada hombre, pero no la avaricia de unos cuantos”Mahatma Gandhi

Con ocasión de la celebración de El Día de la Tierra, la Pacha mama, que es como la llaman nuestros aborígenes, este 22 de abril, he querido compartir con mis lectores algunas disquisiciones sobre la importancia de llamar la atención sobre la carrera alocada en la que se ha empeñado la humanidad y que está poniendo en riesgo su propia supervivencia, al romper el equilibrio y la armonía propios de la naturaleza. Su promotor, el Senador estadounidense Gaylord Nelson, se propuso crear una conciencia común sobre los problemas que comportan la sobrepoblación, la contaminación ambiental, en procura de enfrentar eficazmente el cambio climático y sus estragos.

De la teoría geocéntrica a la heliocéntrica

Desde tiempos inmemoriales nos percatamos de que el Planeta Tierra nos antecede, que existió por miles y miles de años sin la especie humana y sin las demás especies que hoy lo habitan. Primero fue el big bang, hace 12.000 millones de años, el cual dio lugar a la formación del Planeta Tierra. Se estima que la edad de la tierra oscila alrededor de los 4.470 millones de años, entre tanto el Homo sapiens, especie primigenia a la que pertenecemos, surge mucho después, hace “apenas” 200.000 años. Razón suficiente para persuadirnos de que el Planeta Tierra pudo sobrevivir sin la especie humana, pero ninguna de las especies hasta hoy conocidas puede sobrevivir sin el Planeta Tierra.

Cuando la especie humana tuvo uso de razón se le metió en la cabeza que el Planeta tierra era el único en el universo, pero bien pronto se dio cuenta que no era así, que no estábamos solos, que el Planeta Tierra era una más entre ocho, a los que se vinieron a sumar los llamados por parte de la Unión Astronómica Internacional los “planetas enanos”, tales son Ceres, Plutón, Eris y Makemake. El globo terráqueo ni siquiera es el más grande de ellos, lo superan en tamaño Júpiter, Saturno, Urano y Neptuno, mientras que Venus, Marte y Mercurio son de menor tamaño. Más recientemente fue descubierto un nuevo Planeta, al parecer gemelo de la Tierra y eventualmente habitable, Keppler – 22b y cuyo radio es 2.4 veces el de la Tierra y 30 más grande que este.

Por muchísimos años se impuso como verdad sabida la teoría geocéntrica del egipcio Claudio Ptolomeo (Siglo II A. C), que había sido formulada inicialmente por Aristóteles y Platón (Siglo IV A. C) en la antigua Grecia, para la cual el Planeta Tierra era el epicentro del universo y según ella todos los astros, incluido el sol, giraban en torno suyo. Esta teoría perduró hasta el Siglo XVI, El primer cuestionamiento a esta teoría corrió por cuenta del polaco Nicolás Copérnico (1536), con su teoría heliocéntrica, que sitúa al sol – que empezó a brillar hace aproximadamente 5.000 millones de años – como el astro Rey, alrededor del cual giran el Planeta Tierra y otros cuerpos, incluidos entre estos otros planetas, asteroides, meteoroides y cometas, todos los cuales conforman el así denominado Sistema solar. Él pudo establecer, además, que la Tierra giraba sobre su propio eje una vez al día y tardaba un año en dar la vuelta completa alrededor del sol. El astrónomo, filósofo e ingeniero italiano Galileo Galilei (Siglo XVII) la defendió con ardentía y le dio un gran impulso. Esta teoría se pudo confirmar científicamente y se consolidó con los aportes que hizo posteriormente Isaac Newton (Siglo XVII), entre los cuales se destaca la Ley de la gravitación universal, que es la fuerza que les permite a los planetas mantenerse en órbita.

El archipiélago de cinco continentes

Los 5 continentes poblados que componen el globo terráqueo (América, Europa, África, Asia y Oceanía) están separados, o mejor están unidos, entre ellos por 5 océanos (Pacífico, Atlántico, Índico y los glaciales Ártico y Antártico) aunque por muchos años se volvió un lugar común hablar de los “siete mares”. Es de anotar que el 70% de la superficie terrestre está cubierta por cuerpos de agua, de los cuales 94% corresponde al agua salada de los océanos, el agua es el recurso que más abunda en la naturaleza. Sólo el 2.75% es agua dulce, la cual tiene distintas fuentes, ya sea producto de la precipitación atmosférica en forma de niebla, nieve y lluvia, amén de los páramos, que son una especie fábrica de agua, gracias a los cuales esta se almacena, se protege y regula.

Ahora bien, parte de esta agua es de escorrentía, que fluye a través de los ríos, las caídas, los arroyos y quebradas o se estanca en lagos, lagunas o embalses artificiales, construidos con distintos fines. Parte de esta se evapora y va a parar a la atmósfera, ya sea directamente o través de los procesos de evapotranspiración de los organismos, particularmente de las plantas. Parte del agua de escorrentía y de la que se estanca se infiltra y termina en reservorios conocidos como acuíferos en las profundidades de la Tierra, los cuales se nutren de las zonas de recarga hídrica. El agua superficial representa el 0.01% de la totalidad del agua dulce, mientras que el agua subterránea representa entre 0.7% y 0.8% (¡!), de allí su gran importancia como fuente de abastecimiento de agua potable para la población. Huelga decir que el agua constituye un recurso vital sin el cual sería imposible la supervivencia de todos los organismos vivos que habitan este Planeta2.

Peligra la casa común

En el Planeta Tierra, “nuestra casa común”, que es como la denomina el Papa Francisco en su Encíclica Laudato sí, alberga los tres reinos, animal, vegetal y mineral, los cuales, hasta la obra magistral del científico naturalista británico Charles Darwin El origen de las especies, publicada el 24 de noviembre de 1859, eran concebidos como compartimentos estancos y desde entonces se impuso su teoría de la evolución de las especies, que terminó por consagrarse por la fuerza de sus argumentos. En esta especie de arca de Noé coexisten y cohabitan el género humano con la flora, la fauna y los recursos fósiles, que forman parte de su hábitat y de los cuales se sirve. Los problemas empiezan cuando sobreviene la degradación del medioambiente, al convertir nuestra Casa común, como lo afirma el Papa Francisco, “en un inmenso depósito de porquería” por los humanos, por eso se les atribuye a causas antropogénicas esta debacle.

Se impone, entonces, la necesidad de actuar sin tardanza para contener y atajar el calentamiento global, que es su consecuencia, al tiempo que se debe contar con planes de contingencia que permitan evitar y prevenir los desastres, la adaptación frente a la recurrencia de los fenómenos extremos de sequías e inundaciones y el fortalecimiento de la resiliencia de las poblaciones. Bien dijo Darwin, que “las especies que sobreviven no son los más fuertes ni las más inteligentes, sino aquellas que se adaptan mejor al cambio”.

Ahora o nunca!

Amylkar Acosta

A la carga

Siquiera se murieron los abuelos, sin sospechar el vergonzoso eclipse” . Jorge Robledo Ortiz

El 9 de abril de 1948, un oscuro personaje que respondía al nombre de Juan Roa Sierra descerrajó tres balazos sobre la humanidad del caudillo liberal Jorge Eliécer Gaitán Ayala, cegándole la vida y desatando con este magnicidio la mayor conflagración de nuestra historia republicana. El asesino fue linchado y su cuerpo inerme arrastrado por la multitud por toda la séptima hasta el Palacio presidencial, lugar este en donde fue abandonado el cadáver del desgraciado. Las turbas enardecidas se lanzaron a las calles destruyendo cuanto encontraban a su paso, especialmente en la capital, que fue virtualmente reducida a escombros por los desmanes y desafueros de los exaltados, episodios estos que se conocen como El bogotazo.

Este seria sólo el preámbulo de una larga historia de crímenes y de atrocidades sin precedentes que asolaron al país desde entonces y que se prolongó hasta el advenimiento del Frente Nacional en 1958. Esta etapa ignominiosa de nuestro discurrir es la que se ha dado en llamar de La violencia en Colombia, la cual fue magistralmente documentada por Monseñor Germán Guzmán Campos, el jurista Germán Umaña Luna y el sociólogo Orlando Fals Borda en su libro que lleva dicho título.

Las circunstancias en las que fue alevemente asesinado Gaitán fueron muy similares a las que rodearon el artero atentado que le costó la vida al también dirigente liberal y jefe del Nuevo Liberalismo, Luis Carlos Galán Sarmiento va a ser 35 años. Uno y otro se erigieron en disidentes del Partido Liberal; ambos contaban con una fuerza arrolladora que los asomaba a la asunción del poder a través de las urnas y tuvieron en común el destino aciago que frustró a toda una generación, que vio en ellos la oportunidad del cambio que el pueblo reclamaba a grito herido. Bien se ha dicho que la historia se repite, una vez como tragedia y otra como comedia; pero, en el caso de Colombia lo que nos ha tocado en suerte vivir es una verdadera tragicomedia.

La corrupción que campeaba en su época fue sólo un pálido reflejo de la que sobrevendría después, para escarnio de una patria agobiada por una sumatoria de crisis no resueltas. Sus arengas por la restauración moral de la República, a la carga (¡!), hoy más que nunca, recobran actualidad. Y qué decir de la violencia exacerbada que nos agobia y que hacen de nuestro tiempo la prolongación de aquellos azarosos días, sin que se vislumbre la luz al final del túnel.

Él distinguió el país nacional del país político, como una forma de poner de manifiesto el divorcio que existía y sigue existiendo entre uno y otro, por cuenta del clientelismo, el gamonalismo y la degradación de la política. Sus planteamientos, pese a los 76 años transcurridos del magnicidio y 121 años de su natalicio, siguen teniendo validez y vigencia, sobre todo en lo atinente a lo social que fue su obsesión. Cuando él demandaba del Estado «procurar que los ricos sean menos ricos y los pobres sean menos pobres», propugnaba por la superación de la exclusión social y los enormes contrastes sociales que han caracterizado desde siempre a la sociedad colombiana. Históricamente Colombia ha ido en contravía del resto de países del mundo, a tal punto que hoy en día es considerado el segundo país de Latinoamérica en inequidad, al tiempo que esta a su vez es la región del mundo con mayor inequidad, después del África Subsahariana.

Razón tuvo Gaitán cuando afirmaba que él no era un hombre, que él era un pueblo, al que encarnaba e interpretaba con fidelidad y compromiso. Parodiando al General Rafael Uribe Uribe, cuando afirmó que el Partido Liberal debía abrevar en las canteras del socialismo para poder sobrevivir, no resulta exagerado afirmar que la figura señera y paradigmática de Gaitán seguirá́ siendo fuente de inspiración a sus más leales conductores. Como bien lo afirmó Jorge Luis Borges, «los hombres y los siglos vuelven cíclicamente», pero transcurrirán muchos años antes de que Colombia vuelva a tener un caudillo de la estatura moral de Gaitán. Todavía, tantos años después de su magnicidio, aún retumba su flamígero discurso cuando exhortaba al pueblo a levantarse contra la injusticia y la corrupción.

Cómo no recordar en esta fecha aciaga, la misma en la que, en virtud de la Ley de víctimas del conflicto armado interno (Ley 1448 de 20111), se conmemora el Día nacional de la memoria la solidaridad con las víctimas, estas palabras premonitorias de Jorge Eliécer Gaitán: “No creo que por grandes que sean las cualidades individuales, haya nadie capaz de lograr que sus pasiones, sus pensamientos o sus determinaciones sean la pasión, el pensamiento y la determinación del alma colectiva…Ninguna mano del pueblo se levantará contra mí y la oligarquía no me mata, porque sabe que si lo hace el país se vuelca y las aguas demorarán 50 años en regresar a su nivel normal 

El que sentencia una causa sin oír la parte opuesta, aunque sentencie lo Justo, es injusta esa sentencia”. Después de 76 años, las aguas, con su turbulencia, aún no regresan a “su nivel normal”. ¿Cuántos muertos más tendremos que esperar para que vuelvan a su cauce? Esa sigue siendo la gran incognita!.

Amylkar Acosta

¡El voto Caribe!

“Sólo se alcanza lo posible intentando lo imposible una y otra vez”

Max Weber

Se cumplieron 43 años del primero (Santa Marta, marzo 26 – 28 de 1981) de una serie de foros costeños itinerantes y participativos con la autonomía, la integración y el desarrollo regional como sus ejes. Frutos de ellos fueron el primero y único Plan regional de desarrollo de la región Caribe y del país Un viaje hacia el futuro y la Ley 76 de 1985 que le dio vida a las regiones de planificación más conocidas como CORPES. Gracias a estos la región Caribe ganó en capacidad de interlocución frente al Gobierno central, la regionalización de las partidas del Presupuesto general de la Nación y que la participación de la región Caribe en este pasara del 8.3% al 23.2%, entre otros logros.

Luego la Constituyente de 1991, gracias a los delegados a la misma de la región Caribe Eduardo Verano, Orlando Fals Borda, Carlos Rodado, Eduardo Espinoza y Raimundo Emiliani, se logró, por fin, consagrar en la Constitución Política como principio fundamental la autonomía territorial (artículos 1 y 287), en lugar de la fórmula dicotómica de la Constitución de 1886 de la “centralización política y la descentralización administrativa”, que le sirvió de coraza centenaria al agobiante centralismo. También se hizo abrió la posibilidad de que las regiones se puedan constituir como regiones administrativas y de planificación (RAP) y a la postre como entidades territoriales (artículos 306 y 307), lo que era impensable hasta entonces. Este primer paso, que se dio en las postrimerías del siglo XX, significó un cambio de paradigma para la gobernanza en Colombia y desbrozó el camino para un mayor empoderamiento hacia el futuro por parte de las regiones.

La Ley 152 de 1994, en su artículo 51, al establecer la transición de las regiones de planificación a las regiones administrativas y de planificación, dispuso que “mientras se constituyen las RAP, las funciones y atribuciones que le son asignadas en esta Ley, serán ejercidas por los actuales CORPES”. Con tal fin les extendió la vigencia de estos por dos años más, los cuales se ampliaron hasta el 1º de enero del 2000 mediante la Ley 290 de 1997, cumplido este plazo y al no prorrogarse desaparecieron los CORPES sin que se les hubiera dado vida a las RAP. Ello debido a que después de 18 intentos frustráneos en el Congreso de la República no había sido posible aprobar la Ley orgánica de ordenamiento territorial (LOOT), requisito sine qua non para su creación, lo cual se convirtió en una talanquera.

Entre tanto, los centros de pensamiento de la región, entre ellos el Centro de estudios regionales del Banco de la República, el Observatorio del Caribe y la Fundación para el desarrollo del Caribe (FUNDESARROLLO) a través de encuentros y coloquios académicos animaron el debate en torno a las estrategias para el desarrollo económico y social de la región, los cuales concluyeron y confluyeron en un Taller final que se realizó en el teatro Amira de la Rosa en Barranquilla en agosto de 2007, con motivo de los 10 años de la creación de los mismos. De este ejercicio surgieron dos iniciativas de la mayor importancia: la propuesta de crear un Fondo de compensación regional, con miras a la canalización de recursos del Presupuesto nacional con destinación al cierre de la brecha entre el centro y las regiones y el Compromiso Caribe, suscrito por los gobernadores, que identificó y priorizó los proyectos claves para sacar la región del letargo y el estancamiento de su desarrollo económico y social.

Ante la reticencia del Gobierno Nacional en darle desarrollo al precepto constitucional, los gobernadores y los parlamentarios de la región Caribe, secundados por las organizaciones sociales, liderados por ex constituyente y a la sazón Gobernador del Atlántico Eduardo Verano, apelaron al constituyente primario. Se le propuso al Consejo Nacional Electoral que se permitiera incluir en la elección del legislativo del 14 de marzo de 2010 un tarjetón adicional al de los candidatos al Congreso de la República para consultarle a los ciudadanos sobre su apoyo a “la constitución de la Región Caribe como una entidad territorial de derecho público, con autonomía, para que promueva un desarrollo económico y social en nuestro territorio, dentro del Estado y la Constitución colombiana”.

Por unanimidad el Consejo Electoral autorizó el sufragio por el Voto Caribe y 2.5 millones de refrendaron la voluntad y la decisión del Caribe de encaminarse hacia su constitución como entidad territorial. Aunque para el Magistrado del Consejo Nacional Electoral Marco Emilio Hincapié el mismo no pasaba de ser un ejercicio pedagógico “sin consecuencias jurídicas ni vinculantes”, fue un hecho político contundente que no se podía desconocer ni soslayar. Uno de sus efectos fue forzar al presidente Santos para que se intentara, una vez más, el trámite de la LOOT, esta vez con el apoyo del Gobierno. En efecto, se presentó el proyecto por parte de este, con tan mala suerte que lo aprobado (Ley 1454 de 2011) fue sólo un saludo a la bandera, que llevó a afirmar a Eduardo Verano que con ella “prácticamente se burlaron del espíritu del Voto caribe”. ¡Yo no dudé en calificarla como una Ley inicua, inocua y vacua!

Tuvimos que esperar hasta el año 2019 para que se expidiera la Ley 1962, que le dio vida a las RAP y de paso le allanó el camino, que había bloqueado la Ley anterior, para que, transcurridas las primeras dos décadas del siglo XXI, las regiones se pudieran constituir como entidades territoriales. Increíble, pero cierto, hemos tenido

que esperar 20 años, para que el Congreso de la República expidiera un remedo de LOOT y 28 años para que las regiones se pudieran constituir como RAP, en el entendido de que esta es la escala técnica para llegar a nuestro destino que es la región como entidad territorial. Tardíamente los gobernadores de la región Caribe decidieron poner en marcha la RAP del Caribe, creada desde 2017 y sólo el año anterior logramos su acreditación y registro oficial ante el Ministerio del Interior, con un gran rezago. Los nuevos gobernadores han manifestado su compromiso y la decisión de consolidarla.

Desde el año anterior, cuando se conmemoró los 160 años de la Constitución de 1863, que estableció en Colombia el régimen laboral, que estuvo vigente durante 23 años, se ha reavivado el debate en torno a la descentralización, la autonomía, el federalismo y las regiones autonómicas, figura esta última que logró su inclusión en la Ley 2294 de 2023 del Plan Nacional de Desarrollo el actual presidente del Congreso de la República Iván Leonidas Name Vásquez.

Es de destacar que en este momento cursa en el Congreso de la República un proyecto de acto legislativo que se propone retrotraer el Sistema general de participaciones (SGP) al espíritu del Constituyente en 1991, que previó que el monto de sus recursos se incremente gradualmente hasta alcanzar el 46.5% de los ingresos corrientes de la Nación el año 2034. Se trata de revertir la recentralización que ha vivido el país en los 33 años de haber entrado en vigor la Constitución Política expedida en 1991. Para ello se cuenta con el apoyo de los gobernadores y el asentimiento del presidente Gustavo Petro, expresado en su última Cumbre en Cartagena el pasado 9 de febrero.

Amylkar Acosta

La pesadilla del Covid 19

Ya han transcurrido cuatro años desde que se declaró como pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el ataque inmisericorde del COVID 19 a nivel planetario y sólo diez meses desde que dio el parte de que la misma había llegado a su fin. Fueron tres años largos, de pesadumbre y de desazón, con precedentes sólo en tiempos remotos.

Según la OMS esta pandemia cobró más de 7 millones de almas, cifra esta que se queda corta frente a los estimativos del sistema de las Naciones Unidas, para el cual la cifra superaría los 20 millones. Muchas defunciones no fueron registradas ni atribuidas al COVID 19 propiamente dicho sino a sus letales secuelas y ello explica la inconsistencia y discrepancias en las cifras, dada la dificultad de establecer tan difusa como confusa demarcación entre una y otra patología.

Todo empezó el 1º de diciembre en Wuhan, la capital de la provincia de Hubei de la República Popular China, cuando la autoridad sanitaria reveló la existencia de los primeros infectados y contagiados con el coronavirus SARS – CoV – 2 y lo puso en conocimiento de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuyo Director general Adhanom Ghebreyesus alertó al mundo y declaró la “emergencia de salud pública de importancia internacional” el 30 de enero de 2020.

A poco andar, la que se denominó como COVID – 19 ya se había propagado a los siete continentes, razón por la cual la OMS la declaró como pandemia el 11 de marzo del mismo año. Ello llevó al Gobierno Nacional presidido por Iván Duque a declarar la emergencia económica, social y ecológica, con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, mediante el Decreto 417 del 17 de marzo del año 2020. Dicha emergencia se prolongó hasta el 30 de junio de 2022.

Sólo el 5 de mayo de 2023, el Director de la OMS declaró que “el Comité de Emergencias se reunió por decimoquinta vez y me recomendó que declarara el fin de la emergencia de salud pública de importancia internacional. He aceptado ese consejo. Por lo tanto, declaro con gran esperanza el fin de COVID-19 como emergencia sanitaria internacional”. Por fín!

Pese a ello el patógeno sigue mutando y circulando, presentando nuevas variantes. Se habla ahora de la variante úmicron del virus, que es mucho más contagiosa, aunque menos mortal que otras variantes y podría llegar a convertirse en una nueva cepa dominante que se esparce peligrosa y velozmente

por el mundo. Y más recientemente se ha identificado una subvariante de la misma denominada JN.1 Pirola. No se puede, entonces, bajar la guardia ni cantar victoria, sería demasiado prematuro hacerlo.

Esta pandemia vino a alterar nuestras vidas, afectó y de qué manera nuestra cotidianidad, nos hizo familiarizar con una serie de términos hasta entonces desconocidos para los mortales, tales como las pre-existencias, la intubación, el confinamiento, la paradoja del “aislamiento” social, la virtualidad, etc. Pero, como dijera Warren Buffett, “sólo cuando baja la marea, se sabe quién nadaba desnudo”. Y este es el caso, con su advenimiento, la pandemia se encargó de poner al desnudo muchas de las vulnerabilidades que acusa la sociedad colombiana, entre ellas las falencias y debilidades del sistema nacional hospitalario, que se vio a gatas para sortear la crisis pavorosa que se desató poniendo a prueba el Sistema Nacional de Salud.

Sus consecuencias han sido devastadoras tanto en lo económico como en lo social, al punto que se perdieron por cuenta del COVID – 19 tres años de esperanza de vida al nacer en Colombia, pasando de 77 años en la pre-pandemia a 74. Esta fue una verdadera pesadilla, que provocó un número de decesos sin precedentes. En Colombia particularmente, al corte del 8 de agosto de 2023 se registraron 142.942 víctimas fatales del COVID – 19, muchos de ellos a consecuencia de sus secuelas, que fueron tan mortíferas como la misma enfermedad.

Este infortunio se llevó a muchos de nuestros seres queridos, familiares, amigos y relacionados. Es muy raro encontrar a alguien a quien no tocara, de una u otra manera, este devastador tsunami, que puso a prueba nuestra capacidad de resiliencia. Se volvió un lugar común decir que después de esta amarga experiencia seríamos capaces de sacar de nuestro yo nuestra mejor versión. Por lo pronto quedémonos con la evocación, que se confunde con deprecación del actor, comediante y escritor cubano Alexis Valdés: “cuando la tormenta pase y se amansen los caminos y seamos sobrevivientes de un naufragio colectivo. Cuando la tormenta pase te pido Dios, apenado, que nos devuelvas mejores, como nos habías soñado”. Amén!

Amylkar Acosta

Miembro de Número de la ACCE

¡Vísperas de mucho y día de nada!

La convocatoria de una Cumbre en el Palacio de Nariño con la bancada parlamentaria y de los gobernadores de la región Caribe, presidida por el Presidente de la República, para abocar el espinoso tema de las desmesuradas alcas de las tarifas de energía despertó mucha expectativa. La misma estuvo precedida de un anuncio de un paro legislativo en el evento de que el Gobierno Nacional no les prestara atención.

Al término de la reunión dijo que había propuesto “tres grandes acciones”, la principal de ellas el “cambio de la fórmula tarifaria en la CREG”, porque, a su juicio “la tarifa de generación debe reflejar precios de libre competencia y no de monopolio”. A este respecto acotó el Ministro de Minas y Energía Andrés Camacho sobre “la necesidad de actuar colectivamente para resolver un modelo estructural que durante décadas ha venido cargando el peso de los costos de la energía en las facturas de la gente”. Y ello, porque según él “los altos precios de la energía son el resultado de la crisis estructural del modelo neoliberal de desarrollo en los últimos años”.

Desde el 24 Congreso de ANDESCO, que tuvo lugar en septiembre de 2022 en Cartagena, en su discurso de clausura, el Presidente Gustavo Petro viene planteando su intención de cambiar la fórmula tarifaria y hasta ahora, 18 meses después seguimos sin que se revele cuál es la propuesta. El desconcierto de los convocados fue total, pues esperaban respuestas concretas a la exasperación de los usuarios del servicio que ven cómo mes a mes se les incrementa el valor de la factura y no fue así.

Hasta ahora, que se sepa, la Superintendencia de servicios públicos no ha sancionado a la primera empresa por prácticas de abuso de posición dominante, si ha habido lugar a ello. Luego, no se entiende el alcance de su afirmación cuando tácitamente le atribuye las alzas tarifarias al hecho de que la “tarifa de generación” debe reflejar “precios de libre competencia y no de monopolio”. Tampoco es inteligible la afirmación del Ministro cuando afirmó que “hay consenso sobre la necesidad de actuar colectivamente para resolver un modelo estructural que durante décadas ha venido cargando el peso de los costos de la energía en las facturas de la gente”.

Porque hasta donde sabemos el Presidente Petro no se ha retractado de lo dicho en su discurso pronunciado tras su elección, en el sentido de que “vamos a desarrollar el capitalismo en Colombia. No porque lo adoremos, sino porque se trata primero de superar la premodernidad en Colombia”. Este es un verdadero galimatías, pues esas son las reglas del capitalismo, tal como lo establece la Ley 142 de 1994 de servicios públicos, la misma que dicen abominar, inexorablemente se tendrán que seguir “cargando el peso de los costos (eficientes) de la energía en las facturas”. No hay otra alternativa!

En mi concepto, sin perjuicio de los cambios que requiere la formación del precio en Bolsa de la energía, para evitar distorsiones y malas prácticas por parte de los generadores, mientras no se destraben y acelere la ejecución de los proyectos de generación y transmisión, que están súper atrasados. A guisa de ejemplo, de los 6.608 MW nuevos de expansión de la capacidad instalada de generación que han debido entrar en 2023 sólo lo hicieron 1.141 MW, el 17%. Y de contera, también se registran atrasos considerables en la ejecución de los proyectos de transmisión de energía, los cuales han abocado a la región Caribe, como lo ha afirmado la firma XM, que opera el sistema interconectado nacional (SIN), a tener “demanda no atendida”, que es el eufemismo usado para no hablar de racionamiento.

Y mientras tanto la demanda, que viene creciendo a un ritmo endiablado de 7.8%, de 224.5 GWHD supera la Oferta de energía en firme(OEF), en promedio, de solo 221.8, con un margen de maniobra que no supera el 10%, lo cual redundará en que el SIN seguirá estresado y presionando al alza el precio en Bolsa y por consiguiente las tarifas de energía.

Lo más grave es que mientras se anunció por parte del Presidente Petro que el “cambio de la fórmula tarifaria en la CREG”, ésta está devuelta a la interinidad a la cual ya nos tiene acostumbrados, sin quorum para tomar decisiones, por la terquedad de no nombrar en propiedad 5 de los 6 expertos comisionados, como se lo ha solicitado reiteradamente la Procuraduría y se lo ordenó el Tribunal administrativo de Cundinamarca9. Hasta la Corte Constitucional debió terciar, pronunciándose a raíz de la demanda incoada ante la misma pretendiendo que los expertos comisionados pudieran ser removidos sin fórmula juicio por parte del Presidente de la República. En su fallo la Sala plena declaró constitucional el literal d) del artículo 44 de la Ley 209 de 2021, que fija en cuatro años el período de los expertos de la CREG es constitucional. Qué más hace falta para que se provean dichos cargos como lo manda la Ley y la Constitución.

Amylkar D. Acosta M

Recetando placebos

Cómo se recordará en octubre del año pasado XM, la empresa que administra el mercado mayorista, alertó sobre el riesgo del efecto dominó que podía derivar en una crisis sistémica que comprometiera la prestación del servicio de energía, debido a la insolvencia que podían enfrentar 36 comercializadoras a consecuencia de la abultada deuda contraída con ella por parte de sus usuarios por cuenta de la aplicación de la opción tarifaria que se aplicó a raíz de la pandemia, como alivio temporal, difiriendo las alzas tarifarias. En su momento planteamos que así como las comercializadoras le aplicaban la opción tarifaria a sus usuarios otro tanto se debía permitir a las comercializadoras por parte de las generadoras para repartir la carga financiera que la misma comporta. Se habló entonces del riesgo de un apagón financiero.

Solo cuando una de ellas, Air- e, entró en crisis por su insolvencia y estuvo a punto de enfrentar una limitación de suministro que conduciría a su intervención por parte de la Superintendencia de servicio públicos domiciliarios se pellizcó el Ministro de Minas y Energía Andrés Camacho y expidió una Resolución permitiendo diferir hasta el 20% de las obligaciones mensuales con los generadores, pero solo hasta el pasado 31 de diciembre.

Pero esta medida no pasaba de ser un placebo, no un remedio. Ante la insuficiencia de la medida se recetó por parte del Ministerio otro placebo, autorizando a FINDETER para que abriera una línea de crédito por un monto de solo $1 billón cuando la deuda por la opción tarifaria sobrepasaba los $5 billones, a la cual se vino a añadir la deuda del Gobierno por concepto de reconocimiento de los subsidios aplicados por las comercializadoras a sus usuarios de los estratos 1, 2 y 3 que asciende a $1.5 billones más $1 billón que le adeudan los usuarios oficiales y constitucionalmente protegidos, que sumados ascienden a $7.5 billones.

Aquí hagamos una digresión a propósito de la morosidad de las entidades públicas para decir que, según reza el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019, “el incumplimiento por parte de cualquier entidad estatal de sus deberes como usuarios de servicios públicos, especialmente en lo relativo a la incorporación en los respectivos presupuestos de apropiaciones suficientes y al pago efectivo de los servicios utilizados, es causal de mala conducta para sus representantes legales y los funcionarios responsables, sancionable con destitución”. Por su parte el entonces Procurador General de la Nación Edgardo Maya expidió la Circular 048 del 11 de septiembre de 2008, con base en el artículo 12 de la Ley 142 de 1994, notificándoles a los alcaldes y gobernadores que el incumplimiento de dicha disposición es una “falta gravísima”. Huelga decir que las autoridades deben predicar con el ejemplo.

Ante el requerimiento de las empresas, el Congreso de la República, que en ese momento tramitaba el proyecto de presupuesto, aprobó ampliar el cupo de crédito en FINDETER hasta la concurrencia del valor total de la deuda por concepto de la opción tarifaria. Sin embargo, hasta el momento solo se han desembolsado $450.000 millones del billón inicialmente autorizado y más recientemente se autorizó ampliar el cupo de crédito en otro billón más. Así, a cuentagotas es como vienen fluyendo los recursos del crédito con el que se busca solventar la angustiante situación que afrontan las comercializadoras.

Ello ha llevado a las comercializadoras a poner nuevamente el grito en el cielo: “si no tenemos oxígeno (liquidez), las empresas se podrán ver en aprietos» exclamó el director ejecutivo de ASOCODIS José Camilo Manzur. Y ello, en medio de los avatares, incertidumbres y la inclemencia de un fenómeno de El Niño fuerte, que está poniendo a prueba la fortaleza de todos los eslabones de la cadena del Sistema eléctrico. Uno de ellos que falle y estaremos en problemas para sortear esta contingencia.

Y, como afirma el Gerente general de Air-e Santiago Posso, “la línea de crédito desembolsada por Findeter ha brindado un alivio temporal por un corto plazo. Sin embargo, es evidente que se requieren medidas regulatorias más sólidas y una mayor disponibilidad financiera para afrontar esta situación a largo plazo en medio de un fenómeno de El Niño como el que actualmente atraviesa el país», que es retador.

También se solicita por parte de ASOCODIS que, además del giro inmediato del pago pendiente del monto de los subsidios por parte del Ministerio de Hacienda,  se dé la pronta intervención de la Procuraduría, “para que tome acciones ejemplarizantes y disciplinarias contra las cabezas de las entidades estatales que tienen millonarias deudas por el no pago del servicio de energía eléctrica, pese a que por ley deben apropiar los respectivos recursos en sus presupuestos”. Para luego es tarde!

Piden, además, que “se prorrogue la norma que permite diferir hasta el 20% de las obligaciones mensuales de pago por transacciones en el Mercado de Energía Mayorista, ya que perdió su vigencia el pasado 31 de diciembre”. Y, de contera, le urgen al Gobierno el giro de los subsidios en mora.

Hasta ahora el único paso que ha dado el Gobierno es la expedición por parte de la CREG de una Resolución autorizando a las comercializadoras para que empiecen, a partir de este mes de enero, en el transcurso de los próximos diez años, cobrar a los usuarios el monto adeudado por concepto de la opción tarifaria, que debe marchar concomitantemente con el acceso al financiamiento de las empresas comercializadores, para evitar una crisis de insolvencia que les dificulte el flujo de caja.

Amylkar Acosta

El Niño se ha ido

1) me parece apresurada y demasiado prematura la afirmación del Ministro de Minas y Energía Omar Andrés Camacho Carreño en el sentido que ya El Niño pasó y que el riesgo de un racionamiento de energía se disipó, cuando es el IDEAM, que es la autoridad en la materia la que ha dicho que las recientes precipitaciones responden a un fenómeno transitorio, temporal responde solo a una anomalía atmosférica transitoria, que se espera de nuevo que siga la temporada de sequía, que va por lo menos hasta abril, pero que, según la NOAA se podría prolongar hasta junio, amén de que, no obstante las lluvias recientes el nivel de los embalses siguen por debajo del 60%, situándose en el 53.7%, a solo 5.7 puntos porcentuales del nivel crítico, que está alrededor del 48%!.


2) la estrategia a mediano y largo plazo debería llevar a destrabar la ejecución de los proyectos, tanto de generación como de transmisión y de esta manera tener un mayor margen de maniobra entre la demanda (222GWHD) y la oferta (235GWHD). El los últimos tres años solo ha venido entrando a operar el 18% de mayor capacidad de generación. Solo así se podrá mejorar la confiabilidad y firmeza del SIN. Es URGENTE contar con la Hoja de ruta de la Transición energética justa, que se viene anunciando desde noviembre de 2022, cuando la Ministra de Minas y Energía Irene Vélez afirmó, en el marco de la COP28, que la misma estaría lista en mayo del 2023. Los cogió la noche!


3) lecciones aprendidas: a. que la energía más vistosa es aquella de la que no se dispone justo en el momento que se requiere. b. Que la Transición energética no debe poner en riesgo la seguridad energética. c. Qué tan importante como la seguridad energética es la soberanía energética y d. que ante la amenaza que se cierne de un eventual raciones consecuencia del fenómeno de El Niño, que es impredecible tanto en su intensidad como en su duración, conviene dar señales e incentivar el ahorro y el uso eficiente de energía, tal como se hizo en el 2015, ante una circunstancia similar a la actual, con el lema “apagar paga”, gracias al cual se ahorró un 5% de consumo de energía!

Amylkar D. Acosta Medina


Cota, febrero 10 de 2024

Amylkar Acosta se despide de la RAP Caribe en medio de un mar de aplausos

El saliente director de la RAP Caribe, Amilkar Acosta, fue aplaudido al término de su rendición de su cuenta por la gestión realizada durante su período en el cargo.

A la cita en el Palacio de la Proclamación de la gobernación de Bolívar, asistieron el gobernador de La Guajira Jairo Aguilar; la gobernadora de Sucre Lucy García; el gobernador del Atlántico Eduardo Verano; el gobernador de Bolívar Yamil Arana y el secretario de Planeación del Magdalena, Alonso Amador.

Exministro Acosta seguirá aportando sus conocimientos en materia económica y en temas de descentralización administrativa, en tanto le sea posible. Durante la sesión se eligió como presidente de la Consejo regional de la Región administrativa y de planificación (RAP) del Caribe, al gobernador del Atlántico, Eduardo Verano de la Rosa.

Nota relacionada: «La descentralización es un tema político y económico a la vez»: Antonio Sanguino y Amylkar Acosta

«La descentralización es un tema político y económico a la vez»: Antonio Sanguino y Amylkar Acosta

En entrevista para Confidencial Colombia, el exministro y exdirector de la RAPE Caribe, Amylkar Acosta y el excongresista, Antonio Sanguino, analizan las posibilidades en Colombia para que se dé una descentralización.

Descentralización

Nota relacionada

La comedia de la CREG en seis actos

Desde el comienzo de la actual administración la Comisión de regulación de energía y gas (CREG) ha estado en la mira y la ojeriza del Gobierno, atribuyéndole la responsabilidad del alza desmedida de los precios y las tarifas de energía que se ha venido dando sobre todo en los últimos dos años, superando el 20% anual, más del doble de la tasa de inflación. El cuestionamiento a la CREG se extiende la estructura del Sistema energético, que se sustenta en las leyes 142 y 143 de 1994 de servicios públicos y eléctrica, respectivamente. Por ello el ministro de Minas y Energía Andrés Camacho le dio la bienvenida a “las propuestas, al debate para mejorar el modelo, para superar el neoliberalismo y para garantizar la seguridad energética del país”.

Desde el comienzo de la actual administración la Comisión de regulación de energía y gas (CREG) ha estado en la mira y la ojeriza del Gobierno, atribuyéndole la responsabilidad del alza desmedida de los precios y las tarifas de energía que se ha venido dando sobre todo en los últimos dos años, superando el 20% anual, más del doble de la tasa de inflación. El cuestionamiento a la CREG se extiende la estructura del Sistema energético, que se sustenta en las leyes 142 y 143 de 1994 de servicios públicos y eléctrica, respectivamente. Por ello el Ministro de Minas y Energía Andrés Camacho le dio la bienvenida a “las propuestas, al debate para mejorar el modelo, para superar el neoliberalismo y para garantizar la seguridad energética del país”2.

En este contexto, en lo que va corrido del cuatrienio del presidente Gustavo Petro los tropiezos y desvaríos de la CREG, que es considerada el eje del Sistema y de la institucionalidad del sector, más parece una comedia, que ha puesto en entredicho su funcionamiento, dando señales que afectan la confianza y generan incertidumbre, exponiendo al sector energético a un grave predicamento. Veamos:

Primer acto: finalizando el año 2022, ante la creciente inconformidad y la protesta por parte de los usuarios debida a la espiral alcista de las taifas de energía, el presidente Petro, en la clausura del XXIV Congreso de ANDESCO anunció y ordenó al ministro de Minas y Energía “asumir funciones de la CREG para intervenir el mercado de energía eléctrica”.

En efecto, el 16 de febrero de 2023 se expidió el Decreto 227, mediante el cual el Presidente Petro, apelando al artículo 68 de la Ley 142, para según el “reasumír” las funciones “delegadas” en la CREG. No obstante, a poco andar el Consejo de Estado suspendió dicho Decreto al considerar que “la función de regulación del régimen tarifario de los servicios públicos le fueron atribuidas por el legislador directamente a la CREG”. No podía, entonces, el Presidente “reasumir” funciones que no habían sido “delegadas”.

Segundo acto: el mismo Consejo de Estado que dejó sin efecto el desafuero del Decreto 227, concomitantemente, anuló la designación por parte del expresidente Iván Duque de 4 de los 6 expertos comisionados. Así las cosas, la

CREG le quedó servida en bandeja de plata para que el Presidente procediera a nombrar sus reemplazos, ya no requería “reasumir” sus funciones puesto que además de los expertos comisionados tienen asiento permanente y por derecho propio en la misma los ministros de Hacienda y Minas y Energía, amén del Director del DNP. Empero, en lugar de nombrarlos en propiedad lo hace pero en calidad de encargados, designando para el efecto funcionarios del Despacho del Ministerio de Minas, tornando nugatorio el cumplimiento de lo dispuesto en el 44 de la Ley 2099 de 2021, que establece que dichos comisionados tienen, además de dedicación exclusiva, período fijo de 4 años y convirtiendo a la CREG en un mero apéndice del mismo.

Tercer acto: Como el encargo no puede prolongarse por más de tres meses prorrogables por otros tres meses, concluidos los cuales se generaba la vacancia en el ejercicio del cargo, ello abocó a la CREG a una situación de interinidad a todas luces inconveniente. Tal situación condujo a que el pasado 5 de octubre la CREG no contara con el quorum suficiente para tomar decisiones, a tal punto que su director ejecutivo José Fernando Prada manifestó que estábamos en presencia de “un apagón regulatorio, porque no tenemos capacidad de tomar ninguna decisión”. La situación y el funcionamiento de la CREG, entonces, se tornaron críticos, tanto más en cuanto que él se vio precisado a renunciar por vencimiento de su período y la CREG, entonces, quedó al garete, acéfala, a partir de su retiro el 6 de noviembre.

Cuarto acto: A todas esas la Procuradora General Margarita Cabello, mediante Oficio 678 del 10 de octubre, le había hecho el requerimiento al Ministro de Minas Andrés Carreño para que procediera a la mayor brevedad a proveer las vacantes, nombrando en propiedad a los 6 expertos. Pese a ello y de manera contumaz, ante la virtual parálisis de la CREG por sustracción de materia y en respuesta al clamor de los gremios y los agentes del sector se procedió por parte del Gobierno a proveer 4 de las 6 plazas de expertos comisionados, pero sólo uno de ellos fue nombrado en propiedad, el resto en calidad de encargo.

Quinto acto: después de anunciar y amagar reiteradamente con la intervención del mercado mayorista de la energía, finalmente el 18 de diciembre del año anterior, el Ministerio de Minas y Energía expidió, a través de la CREG, para comentarios, la Resolución 701 028, mediante la cual se estableció como precio tope de la energía en Bolsa $532 el KWH. Ello, so pretexto de impedir el ejercicio del abuso de posición dominante en el mercado de energía en donde prima un oligopolio de generadores.

No se entiende por qué el Gobierno anda con rodeos, porque para prevenirlo está la Superintendencia de servicios públicos y para sancionarlo si llega a darse está la Superintendencia de industria. Desde luego que la CREG debe regular el mercado para evitar distorsiones en la formación de precios de la energía en Bolsa, basado en el esquema marginalista, que afectan al usuario final, dado que el despacho por méritos da lugar a ello, en virtud de que los generadores hídricos en no pocas ocasiones terminan vendiendo su energía equiparando su precio con el de las térmicas sin incurrir en los mayores costos de estas, derivando de dicha operación pingües e injustificadas utilidades. Convendría abrir este debate, así como la conveniencia de optar por otro esquema basado en los costos marginales, reconociendo una tasa de retorno acotada, razonable, al generador.

Sexto acto: Finalmente, el Tribunal administrativo de Cundinamarca le puso coto a la situación anómala de la CREG el 25 de enero y en respuesta a una demanda incoada contra el Departamento administrativo de la Presidencia, de manera perentoria ordenó que “dentro de los de treinta (30) días siguientes a la notificación de la Sentencia, si aún no se ha hecho, se realicen las acciones y gestiones necesarias para integrar la Comisión de Regulación de Energía y Gas

– CREG con seis (6) expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, nombrados por el presidente de la República para períodos de cuatro (4) años”. Así de claro.

Por fortuna, el sistema de pesos y contrapesos del Estado social de derecho que rige en Colombia funciona y desmanes o entuertos como el que nos ocupa, cometidos por el ejecutivo, puedan frenarse y de esta manera se defiende la institucionalidad, evitando males mayores como lo es la pérdida de la confianza por parte de los agentes de la cadena.

Termina la función y cae el telón!

Riohacha, febrero 2 de 2024

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El impacto de la deducibilidad de las regalías

Ni tanto que queme al Santo ni tan poco que no lo alumbre!

El tira y afloje de la deducibilidad

Una de las propuestas más osadas y al mismo tiempo de las más controvertidas del proyecto de reforma tributaria que presentó en el 2022 el ex ministro de Hacienda José Antonio Campo fue el parágrafo 1º del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, aprobado por el Congreso y que a la letra dice: “la contraprestación económica a título de regalía de que tratan los artículos 360 y 361 de la Constitución Política no será deducible del impuesto sobre la renta ni podrá tratarse como costo ni gasto de la respectiva empresa, indistintamente de la denominación del pago y del tratamiento contable o financiero que el contribuyente realice, independientemente de la forma del pago de la misma, ya sea en dinero o en especie”.

De esta manera se pretendía dejar sin efecto la norma que permitía la deducción del monto que las empresas pagan por regalías de la base gravable del impuesto de renta por parte de la empresas extractivas, vigente desde 2005, amparadas en el concepto No. 015766 del 17 de marzo, emitido por la DIAN a solicitud de parte. De esta manera, a contrapelo de lo dispuesto en el artículo 116 del Estatuto tributario, se hizo extensiva a las empresas particulares el tratamiento que sólo estaba reservado única y exclusivamente a los organismos descentralizados. Así lo dejó establecido el Tribunal contencioso administrativo de La Guajira en Sentencia proferida el 15 de agosto de 2018, al “amparar el derecho colectivo a la defensa del patrimonio público vulnerado por la DIAN”. Fallo este que fue posteriormente anulado en segunda instancia por parte del Consejo de Estado y desde entonces empezó el tire y afloje alrededor del tema.

Falla la Corte Constitucional

Las empresas afectadas por la no deducibilidad demandaron ante la Corte Constitucional la inexequibilidad de dicha norma por considerar que la misma le vulneraba el principio de equidad tributaria, consagrado en el artículo 95.9 de la Constitución Política, al gravar lo que ellas consideran un costo como si fuera renta. En su providencia C – 489 del 16 de noviembre de 2023 la dejó sin efecto, accediendo a sus pretensiones, acogiendo su alegato en el sentido que “la norma acusada grava los costos o gastos en los que incurre el contribuyente para desarrollar su actividad productora de renta, en contravía del hecho

generador del propio impuesto, que consiste en obtener ingresos que tengan la potencialidad de incrementar el patrimonio del sujeto pasivo”.

Sostiene la Honorable Corte que “no existe un mandato constitucional que prevea la conservación de la propiedad a favor del Estado una vez el recurso natural no renovable es explotado”. Con todo el respeto que nos merece el alto tribunal, pero ya en 1817, uno de los clásicos de la teoría económica, David Ricardo, explicaba que “si las minas fueran abundantes e igualmente fértiles no producirían ninguna renta a sus dueños. Pero, no siéndolo, la persona o país que las posee ha de recibir una renta por ellas”. Este el fundamento del artículo 360 de la Constitución Política, que a la letra dice : “la explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía”. La jurisprudencia de la propia Corte reconoce inequívocamente que “lo que genera el deber constitucional de pagar regalías es el hecho mismo de la explotación de los recursos naturales no renovables” (C – 1071 de 2003).

Es claro, entonces, que la empresa extractiva de los recursos naturales no renovables paga las regalías al Estado, como contraprestación económica por el recurso extraído, del cual este “es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables”, tal como lo define el artículo 332 de la Carta. Y no puede ser de otra manera, pues se trata de un activo, tal cual como ocurre cuando se suscribe un contrato de participación o con el reconocimiento de dividendos cuando el particular toma en usufructo un bien del Estado. En ningún caso puede dar lugar a la deducibilidad del impuesto sobre la renta.

Como lo sostiene el economista neoclásico Robert Solow, “un yacimiento de petróleo, una veta de hierro o un depósito de cobre enterrado constituyen un capital para la sociedad o para su dueño”, en este caso el Estado, “en la misma forma que una imprenta, un edificio o cualquier otro activo. La única diferencia es que el recurso natural no es reproducible”, como no se puede dar la “conservación de la propiedad a favor del Estado una vez el recurso natural no renovable es explotado”. Con razón acota en su salvamento de voto el Magistrado Juan Carlos Cortés que “bajo este entendido, la mayoría no tuvo en cuenta que las regalías son una contraprestación constitucional con régimen propio y no son un costo o un gasto del contribuyente de renta”. A este respecto lo único que se l eocurrió decir a la mayoría de la Corte es que “la naturaleza jurídica de las regalías es diferente a la de los recursos que se explotan”.

La Tarifa Nominal y la Tarifa Efectiva

Al celebrar el fallo, la Asociación Colombiana de Minería (ACM) sostuvo que “además de los argumentos jurídicos” , que a mí personalmente me parecen deleznables, “el artículo demandado no estaba acorde con las prácticas internacionales sobre estas materias. Con esta decisión, Colombia ya no será el único país del mundo en el que no se pueden deducir las regalías”. Según consta en el texto de la Sentencia in comento, los accionantes contra la norma que estableció la no deducibilidad de las regalías adujeron ante la Corte que la misma da lugar a “una carga tributaria desproporcionada”, a tal punto que “genera una tarifa efectiva de tributación (TET) que se acerca, alcanza o excede la totalidad de las utilidades”, lo cual luce exagerado y tremendista.

Así como considero improcedente hacer pasar por costo lo que constitucionalmente es una contraprestación económica, estimo razonable el argumento de la presunta afectación de la competitividad del sector extractivo, en la medida que los demás países con los que compite Colombia en los mercados internacionales no aplican la deducibilidad de las regalías del impuesto de renta. Sus razones tendrán. Según la Asociación Nacional Minera, la tarifa del impuesto de renta en Colombia del 35% supera ampliamente la tarifa promedio de la Organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE), del 21.5% y el de Latinoamérica y el Caribe, que es del 26.4% y de contera en todos ellos se permite la deducibilidad de las regalías del impuesto de renta.

Claro está que ello amerita un análisis más minucioso, porque una es la tarifa nominal en cada país y otra es la TET. No se puede comparar la tarifa nominal de otros países con la TET de Colombia, en donde el agujereado Estatuto tributario, que más parece un queso gruyere, ve erosionada la base impositiva por cuenta de las gabelas impositivas, llámese deducción, exclusión, descuento o exenciones tributarias, que se acrecientan con cada reforma tributaria, las cuales tienen un enorme costo fiscal. Es el caso de la supresión de las mal llamadas “cargas” parafiscales, de la contribución del 20% en la tarifa de energía que pagaban las empresas para cubrir los subsidios a los estratos 1, 2 y 3, el régimen de las zonas francas “especiales” o el descuento de lo que le pagaban las empresas a los municipios por concepto de impuesto de industria y comercio (ICA). De modo que para llegar a la TET es menester depurar la tarifa nominal de todo polvo y paja

Ahora que el Ministro de Hacienda Ricardo Bonilla anuncia que va a presentar un nuevo proyecto de reforma tributaria, según él “para corregir un defecto de la tributaria de 2022” y propone bajarle el impuesto de renta a las empresas desde el 35% al 30%, para darles un “respiro financiero”, las empresas y los empresarios le deberían coger la flota al Gobierno, si de lo que se trata es de aliviar las cargas impositivas de modo que el sector productivo gane en competitividad. Pero es también la ocasión propicia para un sinceramiento en materia impositiva, para lo cual sería muy útil activar la Iniciativa para

la transparencia de la industria extractiva (EITI, por sus siglas en inglés), cuya membrecía de parte de Colombia auspiciamos desde el Ministerio de Minas y Energía. Esta es una herramienta muy valiosa para que podamos saber a ciencia cierta y de una vez por todas, cuál es el government take de Colombia y cómo se compara con el resto del mundo y evitar las especulaciones con las cifras y los porcentajes de parte y parte y si es el caso pactar entre el Gobierno y los gremios del sector los ajustes requeridos, en uno u otro sentido.

El incidente de impacto fiscal

Ahora bien, cabe preguntarse cuál será el impacto para el fisco de la declaratoria de inexequibilidad de la norma que proscribía la deducibilidad de las regalías del impuesto de renta. Según el Ministerio de Hacienda ello le significará a la Nación $6.6 billones menos en el Presupuesto general para las vigencias de 2023 y 2024. Esta suma equivale a la asignación presupuestal en 2023 del Departamento de prosperidad social (DPS) de la Presidencia de la República que administra los programas de más alto impacto social en favor de los más vulnerables. Hacia el 2034, según el Ministerio de Hacienda, el Estado dejaría de percibir alrededor de US $7.000 millones.

Huelga decir que aunque las entidades territoriales no dejarán de recibir las regalías provenientes del Sistema General de Regalías (SGR), sólo que el giro al mismo provendrán de la Nación y no de las empresas extractivas. Así de claro! Pero sí se verán afectadas porque siendo que la base de cálculo y liquidación de los recursos que se les transfiere a través del Sistema General de Participaciones (SGP) son los ingresos corrientes de la Nación (ICN), estos se verán menguados en la misma proporción en que se reducirán los recaudos del impuesto de renta, esto es $6.6 billones menos. Y no hay que perder de vista que los recursos del SGP tienen como destinación específica la salud, la educación, el agua potable y el saneamiento básico, que se verán diezmados a consecuencia de este fallo.

A solicitud del Ministro de Hacienda y con fundamento en el principio de Sostenibilidad fiscal, contemplado en el artículo 334 de la Constitución Política, la Corte Constitucional accedió a abrir un incidente de impacto fiscal, así se denomina, mediante Auto 003 y le otorgó al Ministro de Hacienda el término de 30 días a partir de su notificación, para que sustente las razones por las cuales considera que su decisión de tumbar la deducibilidad de las regalías del impuesto de renta se afectaría a la ciudadanía y de paso a la sostenibilidad fiscal de la Nación.

Este será un espacio de deliberación en el que participará el Gobierno Nacional, los organismos de control y las altas cortes. La Corte Constitucional, a partir de sus propias conclusiones dispondrá si procede modular, modificar o diferir el cumplimiento de su fallo en procura de evitar alteraciones serias en cuanto al cumplimiento de la Regla y la sostenibilidad fiscal, a juicio del Gobierno amenazadas por el mismo. Ya lo había advertido el Magistrado Juan Carlos Cortés en su salvamento de voto que “la decisión de la mayoría habilita la deducción del valor de las regalías, lo que genera un impacto fiscal inmediato que no fue considerado y que afecta los ingresos de la Nación”.

La Corte Constitucional, entonces, tendrá la oportunidad de pronunciarse nuevamente sobre este tema tan contencioso, de vital importancia para la estabilidad en las finanzas públicas de la Nación y de las entidades territoriales, sobre todo en momentos en los que uno de los factores determinantes que llevaron a la firma calificadora de riesgo Standard & Poor´s a bajar la perspectiva de la calificación crediticia de Colombia de estable a negativa es el desbalance entre ingresos y gastos y sus temores de que un “deslizamiento fiscal inesperado contribuye a unas finanzas públicas más débiles o mayores vulnerabilidades externas” a consecuencia de un anémico crecimiento del PIB, muy por debajo del crecimiento potencial del 3.5%.

Y entre los factores que, según el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF), llevaría al Gobierno a recortar en $23 billones sus gastos del 2024 para cumplir la Regla fiscal están la incertidumbre sobre la capacidad de la DIAN para recaudar $15 billones de litigios o demandas de la Nación sobre empresas y personas y la derogatoria de la no deducibilidad de las regalías del impuesto de renta en cumplimiento de la Sentencia de la Corte. Quedamos en las manos de la Honorable Corte Constitucional. Amanecerá y veremos.

Santa Marta, enero 23 de 2024

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S.O.S por el Canal del Dique

A la hora de determinar la viabilidad medioambiental de un proyecto, cualquiera que él sea y, si así lo requiere, de expedir la Licencia ambiental para el mismo, es pertinente evaluar no solo el impacto de la ejecución del mismo sino el impacto de no ejecutarlo.

Este es el caso: con este proyecto de El Canal del Dique se busca restaurar ambientalmente el Sistema del Canal que lleva su mismo nombre por medio de impactos positivos que buscan el bienestar de las comunidades y sus prácticas tradicionales y evitar de paso las recurrentes inundaciones que, como las de los años 2010 y 2011, a causa del fenómeno de La Niña, fueron arrasadoras.

De otro modo se paralizarían en el país todas las obras de mitigación que, como en el caso de La Mojana, se vienen adelantando por la Unidad Nacional para Gestión de Riesgo de Desastres (UNGRD), a la espera de la Licencia ambiental para actuar, mientras los damnificados esperan con el agua al cuello.

Coincido con el Alcalde del Distrito de Cartagena Dumeck Turbay cuando afirma que exigirle a este Proyecto Licencia ambiental entraña una contradicción y con el Gobernador de Bolívar Yamil Arana cuando pone el grito en el cielo y exclama: “que un proyecto de recuperación ambiental, el más importante de Latinoamérica, requiera licencia ambiental es un chiste”.
Por su parte el Gobernador del Atlántico Eduardo Verano, quien además de Constituyente fue Ministro de Ambiente, pone de manifiesto que este es “un proyecto que contempla una inversión cercana a dos billones de pesos. Tiene un componente ambiental y social, así como un manejo de las poblaciones para tratar de mejorar las condiciones de su economía”.

Este es mi tercio en la polémica suscitada, en auxilio de la postura del Alcalde de Cartagena y de los gobernadores de Bolívar y Atlántico, cuyas declaraciones, a modo S.O.S, deben suscitar el respaldo de toda la región Caribe.
Unidos somos más y más fuertes!

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Las tarifas de energía al alza

La Comisión de regulación de energía y gas (CREG) levantó una polvareda con la expedición el 18 de diciembre pasado, para comentarios hasta el 15 de este mes, de la Resolución 701 028, mediante la cual “se adoptan reglas transitorias en el precio de bolsa del Mercado de energía mayorista durante el período del Fenómeno de El Niño”, asumiendo que este se prolongará hasta el mes de abril, cuando según la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés) se podría prolongar hasta el mes de junio. Como antecedente es muy importante recordar que el Presidente Gustavo Petro anunció en la clausura del XXIV Congreso de ANDESCO en septiembre de 2022 la intervención de la CREG y asumir sus funciones en respuesta al brote alcista de las tarifas de energía que venía despertando protestas e inconformidad entre los usuarios de este servicio tan esencial.

Según manifestó el Presidente Petro “si no se anuncia un porcentaje de reducción significativa en las tarifas de energía por parte de las empresas, el Gobierno tomará medidas más radicales…Si vemos que no hay voluntad suficiente de estas empresas, otras decisiones serán tomadas”. A renglón seguido la Ministra de Minas y Energía Irene Vélez anunció al país que “cumpliendo con lo que el Presidente Gustavo Petro dijo hace ocho días, hoy anunciamos al país que antes de finalizar el año los colombianos verán una reducción en su tarifa de energía.

De la amenaza se pasó a la concertación con las empresas auspiciada por la Ministra de Minas y Energía Irene Vélez, dando lugar al denominado Pacto por la Justicia tarifaria, tendiente a reducir las tarifas, que se firmó en Medellín en la sede principal de ISAGEN, el cual destacó la Ministra como algo “inédito”. Al final dicho Pacto fue un fiasco total, la rebaja no superó los 4 puntos porcentuales, atribuible en gran medida a la suspensión temporal del cobro de la deuda de los usuarios por concepto de la opción tarifaria que ya supera los $5 billones4. Concluyó el año 2022 con un alza de la tarifa del 22.4% en promedio a nivel nacional y en la región Caribe entre 26.28% y 37.19%, en contraste con el 13.12% del Índice de precios al consumidor (IPC). De poco sirvió el tal Pacto por la Justicia tarifaria.

El Presidente Petro volvió a la carga y expidió el Decreto 0227 fechado el 16 de febrero de 2023, a través del cual “se reasumen algunas de las funciones presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios”. A poco andar el Consejo de Estado suspendió como medida cautelar los efectos del mismo por considerar que tales funciones, especialmente las atinentes al régimen tarifario, están sometidas a reserva legal, habida cuenta que Las leyes 142 y 143 de 1994 se las atribuyó a la Comisión de regulación de energía y gas (CREG).

El zaperoco de la CREG

Después del fallido intento por parte del ejecutivo de arrogarse las funciones propias de la CREG, el mismo Consejo de Estado que se le atravesó en su intentona, anuló el nombramiento de varios de los expertos comisionados que hacen parte de la misma, quedándole servida en bandeja de plata al presidente Petro. Pero, increíblemente, en lugar de integrarla nombrando en propiedad a sus reemplazos optó por designarlos en encargo, con lo que la Comisión entró en interinidad, perdiendo de paso la autonomía que le reconoce la Ley, luego se daría una especie de apagón regulatorio debido a que carecía de quorum reglamentario para tomar decisiones y así entramos en un limbo prolongado perdiendo un tiempo precioso en el cumplimiento de sus funciones y competencias.

Inaudito, después que se quiso intervenir a la CREG y se intentó sin éxito, ahora que por un hecho fortuito quedaba en sus manos, el Gobierno no supo qué hacer con ella. Esta situación se prolonga, porque de los 6 expertos comisionados sólo se han nombrado 4 y sólo uno de ellos en propiedad (¡!). Entre tanto el año anterior el aumento de la tarifa de la energía, una vez más, superó el 20%, más del doble del IPC, que registró el 9.28% (¡!).

En medio de este zambapalo, el 13 de junio de 2023 la CREG expide la Resolución 101018, dizque para controlar las ofertas de precios de los generadores mediante “un esquema de vigilancia que permitiera detectar el posible ejercicio de poder de mercado”, al que el Superintendente la atribuía la escalada alcista de los precios de la energía en Bolsa y de la tarifa de energía a los usuarios finales. Y si ello venía dándose, no se entiende por qué no se apeló al artículo 126 de la Ley 142 de 1994 de servicios públicos, el cual prevé que las fórmulas tarifarias “excepcionalmente podrán modificarse en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo, se lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa”. ¡Sin embargo, con esta Resolución, como diría el poeta, todo pasó sin que pasara nada!

En el mes de julio del año anterior se produjo el relevo en el Ministerio de Minas y Energía y asumió Andrés Camacho, quien con las mismas razones que se esgrimieron para expedir la Resolución anterior y se amagaba con meterle la mano a la formación del precio, se procedió a intervenir el mercado mayorista de energía, luego que los precios en Bolsa se elevaron escandalosamente, superando el precio de escasez, trepándose por encima de los

$1.500 el KWH7. Con tal fin, al cierre del año anterior, se expidió la Resolución a través de la cual se estableció un tope de $532 el KWH al precio en Bolsa, cambiando las leyes del mercado por unas “reglas transitorias” que, a la postre en lugar de beneficiar al usuario final lo perjudica.

Se trata, como lo afirma la Directora ejecutiva de Asociación de grandes consumidores de energía ASOENERGÍA Sandra Fonseca “de una intervención híbrida al precio de Bolsa, que mezcla un esquema marginal para plantas variables (hidro, solar y eólicas) y uno de costos (térmicas). Que, a propósito de estas últimas, al fijar el precio en Bolsa de $532 por KWH, se asume por parte de la CREG que, como lo acota el Director ejecutivo de la Asociación Nacional de empresas generadoras (ANDEG) Alejandro Castañeda, “el precio de generación con gas natural nacional, el cual sólo representa el 3% de la energía en firme del país, dejando al 70% de las plantas térmicas subremuneradas, sin posibilidad de recuperar el capital invertido y sin rentabilidad”, atentando contra uno de los principios rectores de esta actividad, según lo reconoce la Ley de servicios públicos, el de las suficiencia financiera, que va de la mano con el de los costos eficientes.

Y ello en momentos en los que, merced al fenómeno de El Niño el parque de generación térmica ha pasado de un 15%, en promedio, de participación en la generación de electricidad en condiciones normales, al 45% y de contera en vísperas de la apertura de una nueva subasta de expansión de Cargo por confiabilidad, pues esta es una pésima señal para los eventuales inversionistas, generando un riesgo de desabastecimiento de energía en el mediano y largo plazo, estropeando de refilón la Transición energética, que, dada la intermitencia de le energía eólica y la solar – fotovoltaica, no es viable si no se cuenta con el respaldo de la energía térmica y la hídrica, de las cuales no se podrá prescindir a la bulla de los cocos.

Los usuarios serán los paganines

Según el Ministro Camacho, “ninguna de las medidas tomadas va a afectar negativamente las tarifas de energía. Nosotros venimos, desde que arrancó el Gobierno, con el propósito de bajar las tarifas de energía y todas las medidas que estamos tomando buscan cumplir ese propósito”. Y añadió, “la medida que se está adoptando tiene unas condiciones que buscan aplicar en uno de los segmentos de la cadena que es la generación”. Él está pensando con el deseo. El quid del asunto está en que la adopción de tales condiciones “que busca aplicar en uno de los segmentos de la cadena”, terminan por afectar a los otros segmentos de la misma cadena y al final no sólo puede hacer nugatorio lo que se propone sino que lo puede tornar contraproducente. Y este es el caso.

De aplicarse la disposición prevista en esta Resolución que le establece un techo al precio en Bolsa, este sólo impacta, en promedio, al 20% de la energía transada, lo cual limita su efecto, traduciéndose en una reducción en uno de los cargos de la fórmula tarifaria, el de la generación (G), que podría representar una baja entre $60 y $100 el KWH. Pero, concomitantemente, como lo afirma el Director ejecutivo de Óptima consultores Alejandro Lucio, “la resolución de intervención pone a cargo de la demanda, a través del componente de restricciones, el diferencial entre el costo de la generación térmica y el nuevo precio de bolsa intervenido. Este costo sin duda debe ser reconocido, pero claramente asociado al componente que lo genera, no ahondando la bolsa de costos escondidos inherente a este componente tarifario”. Ello se traducirá en un incremento en la tarifa al usuario final de $350 por KWH, aproximadamente, a través del cargo por restricciones (R) de la fórmula tarifaria. Si descontamos de este la disminución en el cargo por generación (G), el saldo neto en contra del usuario un incremento entre el 25% y el 30% en su factura de electricidad.

Por lo demás, como lo acota el experto Alejandro Lucio, la cifra de $530 por KWH, que sale del magín de la CREG, es “un valor completamente arbitrario. En esencia, se les limita su margen (a las hídricas), pero no se les acaba. Percibir ese valor puede ser un costo de oportunidad, pero no dejan de percibir rentas interesantes cuando venden su energía”. Y para rematar “además, y acá está la paradoja, se les está techando el precio que deben pagar por aquella generación que no puedan producir, justo cuando no la van a producir. Al final se les hace un favor” al generador hídrico a expensas de los usuarios, que es al que, según el Ministro Camacho, se busca proteger de los abusos de posición dominante en que incurran los generadores.

A todas las críticas que desde distintos flancos le han llovido a la Resolución de marras, el Ministro Camacho se ha limitado a afirmar, pero sin ningún sustento técnico, que “los

impactos que esto pueda tener en otros segmentos, como en las restricciones o en la comercialización y distribución, los estamos evaluando y tomando medidas para cumplir el propósito de bajar tarifas13. Y repite la cantinela de que “todas las medidas están orientadas a bajar las tarifas y tener costos eficientes y justos para la gente”14. Pero los hechos son tozudos, como lo sostiene la Directora ejecutiva de ASOENERGÍA, “la gran mayoría de los colombianos podrían estar pagando alrededor de 2,4 billones de pesos más en sus facturas de energía entre enero y abril del 2024 en caso de materializarse el proyecto de resolución”.

Están en juego la confiabilidad y firmeza del SIN

Esta medida, de aplicarse tal cual como está proyectada, agudizaría la tendencia inercial al alza de la tarifa de energía y de paso acarreará, como lo sostiene el experto Alejandro Lucio, “mayores costos por confiabilidad, asumiendo que esos requerimientos de firmeza se consigan completar en la próxima subasta de cargo por confiabilidad (si es que ante esta intervención algún inversionista de un proyecto térmico se anima a participar en la misma) o en el peor de los casos, un no muy lejano déficit de energía firme que en el próxima sequía, y por qué no en la que estamos viviendo, nos lleve al apagón”.

Esta alza en la tarifa de energía se vendría a añadir a la que se derivará del cobro a partir de la factura de enero de este año, como lo dispuso la Resolución 101 029 del 24 de noviembre de 2023 expedida por la CREG, de la deuda, con sus intereses causados, que por concepto de la opción tarifaria tienen todos los usuarios con las empresas prestadoras del servicio de energía que, como es bien sabido sobrepasa la suma de los $5 billones, cuyo impago las había puesto en calzas prietas, al punto que el Gobierno tuvo que abrirles un crédito en FINDETER para solventarlas y evitar así un apagón financiero de las mismas. Esta es la cereza del pastel envenenado de la espiral alcista de las tarifas de energía, la cual tiene su principal catalizador en el déficit en la oferta de energía, debido al atraso y al aplazamiento de importantes proyectos, tanto de generación como de transmisión, con un margen de maniobra que no supera el 5%, manteniendo al Sistema interconectado nacional (SIN) en el máximo grado de stress.

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¡Qué oso!

El 5 de noviembre de 2022 la prensa internacional destacó el acontecimiento en primera plana con este titular: “la bandera cambió de manos y Barranquilla tomó el relevo como la próxima anfitriona”. Ellos y con ellos los colombianos todos recibimos exultantes desde Santiago de Chile la albricia de esta buena noticia para el país. Lo logramos se repetía el Alcalde del Distrito de Barranquilla Jaime Pumarejo, después de recibir el pabellón de los afamados Juegos panamericanos a realizarse en su XX versión en 2027, que convoca a 41 países de todo el continente americano. Daba cuenta, además, el despacho de prensa que la Soberana del Carnaval Melissa Cure, encabezó la delegación de Colombia para este fausto acontecimiento, protagonizando “un espectáculo que hizo vibrar a todos los presentes con la magia del Carnaval”. El Alcalde tomó en serio el compromiso y procedió a instalar inmediatamente el Comité organizador.

De pronto, sin vísperas, el Presidente de Panam Sports Neven Llic, que es la entidad que supervisa estos juegos envió una misiva, que se convirtió en piedra de escándalo, al Alcalde ce Barranquilla y al Presidente del Comité Olímpico Colombiano (COC) Ciro Solano, en la cual les notifica, de forma tajante que “debido al incumplimiento de los requisitos establecidos” por la misma en una misiva anterior calendada en el mes de octubre pasado “se anula automáticamente la extensión de tiempo proporcionada para subsanar los incumplimientos del contrato de Ciudad Sede” y en consecuencia había tomado “la determinación indeclinable, de retirar el derecho de ser la ciudad sede de la cita continental en 2027”. A qué se refiere el Presidente de Panam Sports?. Ni más ni menos que al cubrimiento de la obligación contraída contractualmente de consignarle a esta entidad US $4 millones de dólares, por concepto de “derecho de organización” de los Panamericanos, cifra esta que se debió desembolsar desde el 30 de julio del año

pasado y que se había incumplido toda vez que sólo se había recibido el valor cancelado por el Distrito de Barranquilla, lo cual motivó que le sacaran a Colombia la primera tarjeta amarilla y consintieron en un acuerdo de pago que debía hacerse efectivo a más tardar el 31 de diciembre, que tampoco de cumplió, lo que llevó al Comité ejecutivo de Panam Sports a sacarle la tarjeta roja rescindiendo el contrato de marras!

La patidifusa Ministra de Deportes Astrid Rodríguez reaccionó declarándose sorprendida por semejante dislate endosándole su responsabilidad a Panam Sports, aduciendo un supuesto acuerdo “de entregar el pago de US $8 millones durante el mes de enero de 2024, en tanto que existía una dificultad de hacerlo en 2023 por un tema presupuestal”, alegando además su propia culpa de que “en el pago de diciembre tuvimos una dificultad en el PAC”. Debe ser la misma dificultad que le valió el jalón de orejas por parte del Presidente Petro en su reciente “cónclave” por la baja ejecución presupuestal de su cartera, que a duras penas llegó al 55.92% para el mes de diciembre. Esto es inaudito!

La verdad sea dicha, yo tuve oportunidad de asistir en representación de la RAP del Caribe a la Audiencia pública de las comisiones económicas del Congreso de la República en Barranquilla, presidida por el Senador Efraín Cepeda, el 8 de septiembre del año anterior. A la misma acudió, atendiendo su citación la Ministra de Deportes, la cual ante el requerimiento de los parlamentarios para que se comprometiera a tramitar dichos pagos se mostró evasiva, escurridiza y dubitativa, para desconcierto del auditorio. Y ello a pesar de tener el respaldo en el Plan Nacional de desarrollo y contar con la partida presupuestal.

Por ello, no es de extrañar su procrastinación, la que terminó dejando a Barranquilla, al Caribe y a Colombia toda colgados de la brocha y al Alcalde de Barranquilla, que se ve ahora abocado a enfrentar un juicio de responsabilidad fiscal por detrimento patrimonial por parte de la Contraloría General de la República, por el monto de US $2.250.000 que “casó” como “plante”, como cuota inicial para asegurar la Sede de los juegos.

Una vez más se pone de manifiesto el asfixiante y detestable centralismo en este país, en el cual, a despecho de la autonomía territorial consagrada en la Constitución Política, las decisiones sobre los proyectos de mayor envergadura y de mayor importancia para las regiones, como ha sucedido con el dragado y la recuperación de la navegabilidad del Río grande del Magdalena y ahora con los Juegos panamericanos, tienen que pasar inexorablemente por las horcas caudinas de la remolona burocracia capitalina, desde donde, con desdén por su suerte, al mejor estilo de los emperadores romanos cuyo dedo pulgar hacia abajo sentenciaba, con su sólo gesto, a muerte a los gladiadores, en nuestro caso así es como se define la viabilidad de los proyectos.

Nota relacionada: Dinero para los Juegos Panamericanos sí estaba en manos del Ministerio de Deportes

Bien dijo nuestro laureado con el premio Nobel de Literatura Gabriel García Márquez que “del interior del país, que se cocinaba a fuego lento en su propia sopa, llegaba apenas el óxido del poder: las leyes, los impuestos, las malas noticias”, como esta “incubadas a dos mil quinientos metros de altura y a ocho días de navegación por el río Magdalena en un buque de vapor alimentado con leña”. El pretérito de la frase de Gabo se sigue conjugando en Colombia en tiempo presente!

Medellín, enero 4 de 2024

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¡Misión cumplida!

Como se recordará, el Gobierno Nacional decidió suspender el alza del precio de la gasolina en diciembre de este año, para restarle presión al alza del índice de precios al consumidor (IPC) y así contribuir a alcanzar su meta de una inflación de un solo dígito para el 2022. Tanto más en cuanto que entre los ítems que más han venido presionando al alza se cuentan los precios regulados, como lo son las tarifas de energía y el aumento del precio de la gasolina. En efecto, el mayor incremento en los últimos 12 meses se ha dado en el rubro de transporte, registrando el 16.54%, jalonado por el reajuste del 47.19% del precio de la gasolina.

Como es bien sabido, la inflación se situó en el 10.15% para el mes de noviembre,

2.38 puntos porcentuales menos con respecto al mismo mes de 2022, cuando se registró un incremento de 12.53%. Ello, después de haber alcanzado un máximo histórico de 13.34%, la cifra más alta desde el año de la recesión económica de 1999. Aunque la inflación es menor, ha venido bajando lentamente, a un menor ritmo que en el resto del mundo. Ello llevó al Gobierno a presionar, hasta lograrlo, que la Junta del Banco de la República redujera la tasa de interés, con el doble propósito de reducir la inflación y de contribuir a la reactivación de la alicaída economía. Fue así como, en su última sesión, por primera vez desde mayo pasado cuando la ubicó en 13.25%, resolvió bajar la tasa de intervención en 0.25 puntos básicos, fijándola en 13%.

Con el aumento autorizado para enero de $600 el galón, fijando como precio de referencia mediante Resolución del Ministerio de Minas y Energía en $15.164, el Gobierno logra equiparar el precio interno de gasolina con el precio internacional, que era su propósito. Y se cierra de esta manera el ciclo de alzas recurrentes que se iniciaron en octubre de 2022, aupada en su momento por el ex ministro de Hacienda y Crédito público José Antonio Ocampo y mantenida sin solución de continuidad por su sucesor Ricardo Bonilla. El Gobierno Nacional, después de este paso en la dirección correcta que acaba de dar, puede exclamar Misión cumplida (¡!), así sea parcialmente.

De acuerdo con la proyección del Comité independiente de la Regla fiscal(CIRF), de mantenerse las alzas del precio de la gasolina hasta el mes de diciembre de este año, el déficit del Fondo de estabilización de los precios de los combustibles (FEPC) habría cerrado este año en $18.5 billones, pero al aplazarse la última alza autorizada hasta el mes de enero, dicho déficit alcanzará los $20 billones, por cuenta del congelamiento del precio del diésel y del subsidio del cual sigue siendo objeto, hasta que el Gobierno, como lo ha anunciado, disponga desmontarlo, al igual que el precio de la gasolina y elevar su precio hasta nivelarlo con el precio internacional.

En este sentido el Gobierno Nacional ha sido muy coherente, así sea a medias mientras no se toque el precio del diésel, en el propósito de desactivar la bomba de tiempo, heredada del anterior Gobierno, del enorme déficit del FEPC, para garantizar la sostenibilidad fiscal y su meta del déficit de 4.3%, respetando y cumpliendo la Regla fiscal, al tiempo que, se busca desincentivar el consumo de los combustibles de origen fósil, en el propósito de descarbonizar la economía, compromiso este contraído con la firma por parte de Colombia del Acuerdo de Paris (2015).

Al atentado a la sostenibilidad fiscal que representa el subsidio a los combustibles, cuyo monto supera con creces los recursos asignados en el Presupuesto general de la Nación (PGN) con destinación al cubrimiento de la Renta básica ($7 billones) que beneficia a 1.9 millones de hogares, lo que plantea el dilema a la hora de priorizar el gasto fiscal, se viene a sumar el costo oculto que comporta el consumo, más que la producción, de 199 millones de galones mensuales de gasolina y 191 millones de galones de diésel, de los cuales se importa el 27%. Me refiero al hecho de que además de los GEI emiten a la atmosfera y la contaminan con material particulado (PM2,5), causante de enfermedades respiratorias, que le significan al país, según el Instituto Nacional de Salud (INS) 15.681 muertes cada año asociadas a la mala calidad del aire y le cuestan al sistema de salud anualmente la friolera de $12.2 billones (1.5% del PIB).

De hecho, en su intervención en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio climático (COP28), que tuvo lugar en Dubai (Emiratos Árabes Unidos) entre el 30 de noviembre al 12 de diciembre, el Presidente Gustavo Petro, después de criticar la reticencia del resto del mundo, especialmente de los países más poderosos, que son los mayores responsables de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), causantes del Cambio climático, a abandonar el consumo de los combustibles de origen fósil, fue enfático al afirmar que Colombia “ha eliminado los subsidios de la gasolina”. Y fue más lejos aún al firmar en el marco de este magno evento el Tratado de no proliferación de combustibles fósiles.

A este respecto ya se había pronunciado el Pacto por el Clima de Glasgow en el seno de la Cumbre sobre el Cambio climático de la COP26 en 2021, instando a los países a “eliminar progresivamente las subvenciones ineficientes a los combustibles fósiles, proporcionando al mismo tiempo un apoyo específico a los más pobres y vulnerables”. De manera, que esta sigue siendo una asignatura pendiente en los países firmantes del Acuerdo de París.

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Medellín, diciembre 30 de 2023

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