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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Audiencia Nacional

Audiencia Nacional envía a juicio a exembajador por delitos fiscales

El juez de la Audiencia Nacional (AN) a cargo del conocido como ‘caso Morodo’, que indaga sobre los más de 4,5 millones de euros que el ex embajador de España en Caracas Raúl Morodo y su círculo más íntimo habrían recibido de la petrolera venezolana PDVSA, ha acordado enviar a juicio al exembajador. La Fiscalía solicita para él una pena de 3 años y 6 meses de cárcel y una multa de 378.700 euros por delitos contra la Hacienda Pública.

En el auto de apertura de juicio oral del magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 1, Alejandro Abascal, al que ha tenido acceso Europa Press, se indica que también procede sentar en el banquillo de los acusados al hijo del exembajador Alejo Morodo y a la esposa de éste, Ana Catalina Varandas, por los presuntos delitos de fraude a la Hacienda Pública que habrían cometido entre 2013 y 2017.

 

Para estos dos, la petición de cárcel de la Fiscalía es más elevada. Así, tanto para Alejo Morodo como para su esposa interesa 8 años y 6 meses, y multas que rozan los 4 millones de euros para cada uno.

En cuanto a las responsabilidades civiles, la fiscal Ana Cuenca señalaba en su escrito que Alejo Morodo y su esposa debían ser condenados a indemnizar a la Hacienda Pública de manera conjunta con la cantidad de 617.442€ por la defraudación del ejercicio 2013; Alejo Morodo con 315.273€ por 2014; Raúl Morodo con 126.222€ por 2014; y Ana Catarina Varandas con 435.970€ por la defraudación de 2017.

EL ORIGEN DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación tiene su origen en la querella que la Fiscalía Anticorrupción presentó en enero de 2019 por presuntos delitos de blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública contra Raúl Morodo, su hijo y otras personas físicas y jurídicas vinculadas.

En la querella se señalaba también a los venezolanos Carlos Adolfo Prada Gómez y a Juan Carlos Márquez Cabrera (que falleció durante la investigación), y contra otras personas físicas y jurídicas de su entorno familiar y empresarial.

Así, las pesquisas se centraron en esos 4,5 millones de euros que recibieron de PDVSA «carentes de justificación real y lógica comercial». Pero el caso, en enero de 2023 y a petición de la Fiscalía, fue desdoblado para poder enviar a juicio el presunto fraude a Hacienda de 2013, 2014 y 2017, y diferenciarlo de la parte conocida como ‘caso Venezolanos’.

Abascal justificó esta decisión señalando que si bien «ambos casos mantenían la conexidad inicial, estaban perfectamente diferenciados y dotados de elementos propios» que permitían su enjuiciamiento por separado.

TURNO DEL ESCRITO DE DEFENSA

Ahora, en su auto, Abascal da a los acusados hasta el 5 de junio para presentar su escrito de defensa, y apunta que ese plazo es proporcional al otorgado a las diferentes acusaciones dada la complejidad de la causa. Además, señala que se ha de requerir a los tres una relación de bienes y derechos de los que sean titulares para garantizar futuras responsabilidades civiles o pecuniarias, y les da quince días para presentar esa lista.

Eso sí, acuerda mantener la libertad provisional para los acusados con las cautelares previstas y que consisten en dejar constancia del domicilio en España donde residen y la obligatoriedad de comparecer a los llamamientos judiciales que sean precisos.

Además, Abascal señala que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional es el órgano competente para el enjuiciamiento y fallo de la causa, y apunta que el juicio oral recae sobre la Sección Tercera

LA FISCALÍA: LAS «CUANTIOSAS RENTAS» DE ALEJO

En su escrito de acusación, la Fiscalía ponía el foco en su escrito entre los años 2007 y 2015, cuando Alejo Morodo habría centrado su «actividad profesional en la supuesta prestación de servicios de asesoramiento legal y consultoría internacional», que le habrían generado «cuantiosas rentas».

Anticorrupción explica que Alejo Morodo se valió de «relaciones entabladas por su padre con altos cargos de Venezuela durante los años 2004 a 2007 en los que ejerció el cargo de embajador de España» para así iniciar «una supuesta relación contractual con la empresa pública venezolana PDVSA para la prestación de servicios de asesoría legal y consultoría internacional que se extendió hasta el año 2014».

«Con el fin de defraudar a la Hacienda Pública española, consciente de que la debida tributación de esas rentas por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) le supondría un considerable desembolso económico, decidió interponer tres sociedades instrumentales para que facturaran formalmente esos supuestos servicios, eludiendo así tributar sus rentas por el IRPF para hacerlo con el menor tipo impositivo que le ofrecía el Impuesto de Sociedades», sostenía el Ministerio Público.

En la «ejecución de esta ilícita actuación», indica Anticorrupción, «participaron Ana Varandas y Raúl Morodo». En el caso del exemabajador, añade la Fiscalía, «también ocultó a la Hacienda Pública las ganancias que percibió con cargo al patrimonio de dos de aquellas sociedades».

LA ABOGACÍA SOLICITA 7 AÑOS DE PRISIÓN

La Abogacía del Estado, en su escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, interesa que Alejo Morodo sea condenado a 4 años de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública por el IRPF del ejercicio 2013 y a 3 años y 6 meses de prisión por un delito del mismo tipo por el IRPF del ejercicio 2014.

En este sentido, solicita que se imponga a Varandas una pena de 4 años de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública por el IRPF del ejercicio 2013 y 3 años de prisión por un delito del mismo tipo en relación al IRPF del año 2017.

Por último, insta a que Raúl Morodo sea condenado a 2 años y 8 meses de prisión por un delito contra la Hacienda Pública por IRPF del ejercicio 2014.

La Abogacía del Estado también pide que el matrimonio indemnice conjunta y solidariamente en concepto de responsabilidad civil a la Hacienda Pública un total de 617.442,62 euros por la defraudación cometida en la declaración del IRPF del ejercicio 2013.

Asimismo, solicita que Alejo Morodo indemnice con 315.273,52 euros por la defraudación cometida en la declaración del IRPF del ejercicio 2014 y que Raúl Morodo aporte 126.222,23 euros por ese mismo ejercicio.

Por último, pide que Varandas indemnice a la Hacienda Pública con una cantidad de 435.970,43 euros por la defraudación cometida en la declaración del IRPF del ejercicio 2017.

MANOS LIMPIAS PIDE HASTA 18 AÑOS DE CÁRCEL

El sindicato Manos Limpias, cuyo presidente Miguel Bernad interpuso la denuncia, es la acusación que contempla penas más elevadas. Así, ha pedido que Alejo Morodo sea condenado a 18 años y 6 meses de cárcel por un delito de organización criminal, uno blanqueo de capitales y dos contra la Hacienda Pública.

Además, en el escrito elaborado por la representación legal de Manos Limpias, ejercida por el letrado José María Bueno, se insta a que Varandas afronte una pena de 12 años y 6 meses por los mismos delitos. En cuanto a Raúl Morodo, interesa una condena de 9 años y 6 meses por un delito de organización criminal, otro de blanqueo de capitales y uno contra la Hacienda Pública.

Manos Limpias también pide que sean condenados a indemnizar a la Hacienda Pública en la misma cantidad solicitada por la Abogacía del Estado.

Por su parte, la Agencia Tributaria, personada también como acusación, interesa para el exembajador la pena de 2 años y 8 meses de prisión por un delito contra la Hacienda Pública por el IRPF del ejercicio 2014.

Para Alejo Morodo solicita 4 años de prisión por el ejercicio de 2013, y 3 años y 6 meses por el de 2014; mientras que para su esposa interesa 4 años por el IRPF de 2013, y 3 años de cárcel por el delito contra la Hacienda Pública por IRPF del ejercicio 2017.

La Audiencia Nacional revisará el caso de alias ‘El Pollo’ Carvajal

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) revisará este jueves la prisión provisional del ex jefe de la Inteligencia venezolana Hugo ‘El Pollo’ Carvajal cuando se cumplen dos años desde su encarcelamiento, que fue acordado por el elevado riesgo de fuga.

Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que la Sección Tercera estudiará a puerta cerrada el caso de Carvajal, aunque la decisión sobre su situación personal no se conocerá hasta unos días después.

 

La Sala de lo Penal ha rechazado en varias ocasiones la petición de su defensa de ponerle en libertad. El pasado mes de agosto los magistrados de la propia Sección Tercera descartaron su excarcelación aludiendo a la posible huida de Carvajal, lo que impediría su entrega a Estados Unidos, donde está reclamado por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal y tráfico de drogas.

Unos días después el propio Carvajal afeó a la Sala de lo Penal que no le concediese la libertad provisional mientras se dirimía su extradición a EEUU y recordaba que, en el caso de «los independentistas catalanes», tribunales de países como Bélgica, Italia, Irlanda o Suiza optaron por dejar en libertad a los «fugados» a la espera de decisiones judiciales.

En este contexto, su defensa acusaba a la Sala de mantener «una práctica carcelaria» en casos de extradición como el suyo y señalaba que eso iba en contra del principio de excepcionalidad de la prisión preventiva. Por eso, además, solicitaba al tribunal que convocase en audiencia pública tanto a la defensa como al Ministerio Fiscal para sustanciar sus argumentos.

EL CÁRTEL DE LOS SOLES

El que fuera jefe de Contrainteligencia Militar con Hugo Chávez y Nicolás Maduro está perseguido en EEUU por hechos que se produjeron entre 1999 y 2019, cuando habría pertenecido al llamado ‘Cártel de los Soles’, una organización criminal supuestamente gestionada por cargos chavistas’ que, con la presunta colaboración de las FARC y otros grupos armados, habría introducido grandes cantidades de droga en Estados Unidos.

‘El Pollo’ está en poder de las autoridades españolas desde el 9 de septiembre de 2021, cuando fue detenido por la Policía Nacional, durante un operativo conjunto con la DEA estadounidense, en un piso de Madrid donde vivía «totalmente enclaustrado», según informó entonces el cuerpo de seguridad.

Antes de su huida, Carvajal pidió un primer asilo alegando que era víctima de una persecución política porque las autoridades norteamericanas le situaban dentro del círculo de confianza de Maduro.

Esta solicitud inicial le fue denegada el mismo 2019, pero no tuvo conocimiento formal de ello hasta el pasado mes de septiembre. Entonces, reacciono intentando que Interior revirtiera su decisión, sin conseguirlo.

Carvajal lanzó una segunda petición de asilo poniendo en valor el «proceso de colaboración» con la Justicia española que inició tras ser capturado y que derivó en la reapertura de una causa sobre la presunta financiación ilegal de Podemos que fue archivada en 2016.

Cabe recordar que la Audiencia Nacional mantiene en suspenso su extradición desde marzo del pasado año por una medida cautelar dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En concreto, el tribunal acordó la misma en atención a un recurso presentado por la defensa del general venezolano.

Audiencia Nacional rechaza extraditar a modelo venezolana

La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a México a la modelo venezolana Ninoska Vásquez, acusada en ese país de captar jóvenes bajo la promesa de trabajar como azafatas para obligarlas a prostituirse, al entender que de los datos que figuran en el pasaporte de la que fuera Miss Earth Venezuela 2017 se concluye que no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021, cuando se produjeron los hechos.

En un auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal indica además que hay una constatación real de la existencia de amenazas por parte de la expareja de la modelo, un empresario mexicano. Los magistrados indican que el conocimiento que éste tenía de la tramitación de la propia extradición por parte de México «resulta de difícil comprensión» y «permite dudar del origen de las actuaciones».

 

Al hilo, apuntan que les ha llamado la atención «la cantidad de vídeos y mensajes de whatsApp unidos a las actuaciones y visionados por el tribunal en los que se constata la veracidad de las amenazas sufridas por la reclamada de parte de su expareja cuando le dice que la va hundir, que quiera hacerla sufrir, que la odia, que va a echarla de México a ella y a su familia u otros en los que hace referencia a todo lo que puede conseguir el dinero y de ir a la cárcel si regresa a EEUU».

Por otro lado, el tribunal suma otro motivo para impedir la entrega de Ninoska Vásquez, y es que se da una falta de cumplimiento de los requisitos formales en la demanda de extradición porque en la orden de detención de 2 de junio de 2022 no figuran los hechos atribuidos a la reclamada y por los que las autoridades mexicanas solicitan su entrega para su enjuiciamiento.

Para los magistrados, esto supone que la Sala no puede analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Tratado de Extradición entre ambos países. Y añade que, además, la descripción de los hechos que recoge llega sin refrendo judicial alguno en el documento suscrito por la embajada y por tanto carece del valor de una imputación en el seno de un procedimiento penal.

Sobre el pasaporte, reitera la Sala que en la documentación obrante en el expediente y los datos que figuran en el pasaporte de Ninoska Vazquez permiten concluir que la reclamada no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021 en el que supuestamente conminó y amenazó a dos jóvenes a tener relaciones sexuales forzadas con dos varones. «Razón por la cual, a la vista de la imposibilidad material de cometer el hecho imputado, no procede la entrega», apunta la Sala.

La Audiencia concluye que la demanda extradicional ni cumple con los requisitos formales exigidos en el Tratado entre ambos países, ni resulta materialmente posible que la reclamada cometiera los hechos atribuidos. Además, agrega, se deduce de la documentación aportada «un eventual ánimo espurio y torticero» que no puede ser respaldado en derecho y así lo establece nuestro ordenamiento jurídico de conformidad con el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Audiencia Nacional considerará la extradición de modelo venezolana a México

La Audiencia Nacional (AN) celebra este lunes una vista de extradición para decidir si entrega a México a la modelo venezolana Yorbriele Ninoska Vásquez Álvarez, acusada de captar jóvenes bajo la promesa de trabajar como azafatas para obligarlas a prostituirse, algo a lo que la Fiscalía se opone.

Según el relato de hechos plasmado en el escrito de la Fiscalía española, al que ha tenido acceso Europa Press, Vásquez Álvarez, «presuntamente, concertada con otras personas que no aparecen identificadas, en agosto de 2021, usando el engaño, hizo una oferta de trabajo como azafatas a dos personas, cuando lo que realmente pretendía era obligarlas a ejercer la prostitución en su beneficio».

 

Así, se citó con las chicas acordando contratarlas para que trabajaran como azafatas en unos eventos previstos para ese mes de septiembre en Ciudad de México y, «una vez ganada su confianza», ya en octubre, las volvió a citar en un hotel donde ejercieron de azafatas.

Sin embargo, «al terminar les indicó que subieran a sus respectivas habitaciones donde las conminó bajo amenaza a mantener relaciones sexuales con dos personas asistentes al evento, que pagaron por tales servicios» a Vásquez Álvarez.

La Fiscalía explica que en México estos hechos están castigados como trata de personas en su modalidad de explotación sexual, ilícitos que en la ley española equivalen a un delito relativo a la prostitución y a la explotación sexual, y a delitos de agresión sexual.

«GRAVE SITUACIÓN DE AMENAZA»

No obstante, indica que, «sin perjuicio de lo anterior, por la reclamada se han aportado documentos que dan verosimilitud a su alegato relativo a que la reclamación está instigada por su ex pareja, el cual la ha amenazado con vengarse por haber roto su relación».

«De su análisis se deduce la grave situación de amenaza que para la vida afecta a la reclamada», dice el Ministerio Público, detallando que su ex pareja hace «alarde» de «sus contactos con autoridades supuestamente manejadas por él» en contra de ella.

A ello añade «la evidencia» de que Vásquez Álvarez no estaba «en el lugar y fecha de los hechos imputados», a juzgar por una serie de vuelos internacionales, alguno con escala en Madrid.

«De tal modo y en este contexto, es de destacar lo lacónico de los hechos imputados y la ausencia de datos incriminadores, más allá de la mera manifestación de los mismos sin la aportación de testimonios o indagaciones acerca de su presencia en el lugar de los hechos», apunta.

UNA EXCEPCIÓN LEGAL

Con todo, la Fiscalía expone que, «si bien, en principio, no cabe oponer a la solicitud de entrega circunstancias relativas al fondo del asunto, existe una excepción fundada en la manifiesta imposibilidad de comisión de los hechos por circunstancias objetiva».

En este caso, cree que «concurre la causa de denegación», teniendo en cuenta «la dudosa localización de la reclamada en el momento en el que la autoridades reclamantes la sitúan en México DF y la duda razonable acerca de la instigación de su ex pareja como motor de la acción penal dirigida contra ella».

En consecuencia, aunque se dan los demás requisitos legales para su extradición –como la doble incriminación–, el Ministerio Público aboga por no entregarla a las autoridades mexicanas.