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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Corte Constitucional

“Es irresponsable introducir el tema del aborto en la campaña electoral”: Lucia Bastidas

El fallo a la tutela de la Corte Constitucional interpuesta por la organización Causa Justa, que despenalizó el aborto hasta los seis meses de gestación, produjo un debate entre quienes consideran que es un “atentado a la vida” y las personas que creen que esta decisión corresponde a un tema de salud pública.

En ´Entre Periodista’, espacio de análisis de temas de coyuntura nacional en alianza con Pronto Noticias, la concejal de la Alianza Verde, Lucía Bastidas, expresó sus  razones para compartir  el  fallo del alto tribunal.

 

“Es un tema de salud pública, que afecta a las mujeres más pobres del mundo. Estos fallos que se vienen dando desde el 2006, hablan sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”.

La cabildante bogotana dijo en medio de su explicación que a ninguna mujer le gusta abortar, pero que es necesario entender las realidades en cada territorio del país, donde muchas de ellas  son violadas y no cuentan con las condiciones de acompañamiento psicosocial, ni de salud para atender estos casos.

Bastidas considera necesario profundizar la educación sexual desde muy temprana edad en ambos sexos, explicando además cuales son los métodos de planificación para evitar los embarazos tempranos.

Por último, la concejal califica como “irresponsable”, introducir este tema en la campaña electoral, “bastante tenemos en polarización y existen pocas propuestas en esta materia como para que ahora se diga que aquí están los proabortistas y los antiabortos. Esto no es un asunto en blanco y negro”, puntualizó.

 

Regaño de la Corte Constitucional al presidente Duque

La Corte Constitucional le recordó al presidente Iván Duque que es un órgano independiente y que fue el constituyente primario, quien le confió la labor de servir de guarda de la integridad y supremacía de la Constitución Política.

Así mismo, el alto tribunal le dejó claro al Ejecutivo que el ejercicio de control constitucional que cumple  hace tránsito a cosa juzgada constitucional con efectos frente a todos, y por lo tanto de obligatorio cumplimiento tanto para las autoridades como para los particulares.

 

En el comunicado la Sala Plena de la Corte Constitucional rechaza las críticas que han surgido desde varios sectores políticos, uno de ellos, el Centro Democrático y de parte del mismo presidente Iván Duque, por el fallo que permite la práctica del aborto hasta los seis meses de gestación.

“Deslegitimar los fallos de los jueces constituye, sin duda, un paso previo a su desacato. Y el desacatar los pronunciamientos de los jueces sólo es posible en regímenes antidemocráticos y contrarios al Estado de Derecho”, dice el alto tribunal en el pronunciamiento.

La Corte exhortó  a todas las autoridades y a los particulares a acatar las decisiones judiciales, sin perjuicio de controvertirlas si es del caso, a través de los mecanismos previstos para ello y a garantizar su ejecución o cumplimiento. Así mismo, exhorta a la cordura y al debate sereno y respetuoso sobre el contenido veraz de tales decisiones en forma tal que se garanticen la concordia, la paz, el orden, la convivencia y la tranquilidad pública.

Duque se declara «provida» y rechaza despenalización del aborto en Colombia

El presidente de Colombia, Iván Duque, ha rechazado este martes la despenalización del aborto hasta las 24 semanas en el país, subrayando su preocupación porque la decisión «facilite que el aborto se convierte en una práctica casi que anticonceptiva, recurrente y regular».

En una entrevista con La FM, Duque se ha declarado «una persona provida» y ha insistido en que «la vida comienza desde la concepción». «Pero este fallo no solamente altera este principio, sino que me parece delicado que, en el alcance que se está poniendo en la mesa, estemos facilitando que el aborto se convierta en una práctica casi que anticonceptiva, recurrente y regular», ha dicho.

 

Duque ha puesto el foco en que la despenalización del aborto es «preocupante» en una sociedad como la colombiana, aludiendo al machismo y a los altos índices de embarazos no deseados.

«Se está permitiendo que se pueda interrumpir sin ningún argumento hasta los casi seis meses de embarazo», ha insistido, antes de expresar que, en su lugar, una sociedad como la colombiana tiene que luchar contra los embarazos no deseados o los adolescentes. «Me preocupa que esta práctica de aborto, que es contraria a la vida, se convierta en una práctica cotidiana y, en un país machista, que se pueda recurrir a este mecanismo, que se vuelva para muchos método anticonceptivo para no usar el condón», ha reiterado.

De forma paralela, ha cuestionado que una decisión de este calibre haya sido tomada por cinco personas, refiriéndose a los magistrados que votaron a favor de despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo. «Creo que la discusión es que si este tipo de decisiones para la sociedad pueden ser tomadas sólo por cinco personas», ha aseverado.

La Corte Constitucional aprobó la despenalización del aborto hasta las 24 semanas el lunes, en una votación histórica con un resultado muy ajustado –cinco votos a favor y cuatro en contra–.

Desde el año 2006, en Colombia solo se permitía el aborto bajo tres premisas: en casos de abuso sexual, cuando estuviera en riesgo la salud física o mental, o cuando existía malformación del feto.

A Taliana Vargas le caen luego de su testimonio provida

Este lunes Colombia se convirtió en el país de América Latina que permite el aborto con más semanas después gestarse con 24. Esto se dio después de que la Corte Constitucional votara a favor la demanda del Movimiento Causa Justa para despenalizarlo hasta ese punto. Mientras muchas celebridades celebraron la decisión, Taliana Vargas se mantuvo en contra.

«Un bebé de seis meses ya puede nacer y vivir. No me imagino el daño emocional y sicológico para la mamá de acabar con la vida de un bebé en semana 24. No dejemos que la lucha por los derechos de la mujer empañe nuestro raciocinio o nuestra humanidad», escribió la actriz y ex Miss Colombia a raíz de lo decidido por la Corte Constitucional.

 

 

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Ante este testimonio marcadamente provida, varias celebridades notables le respondieron a Taliana Vargas y en redes recibió fuertes críticas por las personas que celebraron dicho fallo histórico. Entre ellas la actriz Camila Esguerra y la cantante Lido Pimienta.

Camila Esguerra: «Ojalá todas las maternidades fueran deseadas como la tuya.Lastimosamente ese no es el caso de muchas mujeres en nuestro país que no cuentan con los privilegios que tú y to sí contamos… Podemos apoyar el derecho a decidir y aún así nunca abortar. Qu nunca más una mujer muera por un aborto clandestino es un gran logro para todas».

Lido Pimienta: «Todavía tienes tiempo para borrar esto. Que tus privilegios no deterioren tu empatía. Esto es dañino y un insulto a todas las compañeras que tanto han luchado para que se reconozca que la mujeres y personas que nos compete, tengamos la opción y acceso a un servicio muy necesario, sobre todo para las que están muy vulneradas».

*Foto: Instagram (@talianav)

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Despenalización del aborto en Colombia: así reaccionaron los candidatos

La despenalización del aborto en Colombia, decisión adoptada este lunes por la Corte Constitucional no pasó desapercibida en las campañas de los hombres y mujeres que están en la carrera por llegar a la Presidencia de la República el próximo 7 de agosto.

Desde sus redes sociales los candidatos y candidatas que esperan llegar a la Casa de Nariño, reaccionaron con voces a favor y en contra de la histórica y apretada decisión de la Corte.

 

Uno de los primeros en reaccionar fue Sergio Fajardo, que desde muy temprano publicó en sus redes un mensaje con la leyenda «las mujeres deciden sobre su cuerpo». Entrada la tarde y tras conocer la decisión de la Corte, Fajardo publicó un nuevo mensaje donde aplaudía la despenalización del aborto.

Otro candidato de la Coalición Centro Esperanza que reaccionó fue Alejandro Gaviria que consideró la decisión de la Corte como «un fallo histórico y un triunfo para las mujeres y para la salud pública».

El candidato Juan Manuel Galán, también se subió al bus de las voces que aplaudieron la decisión de la Corte, diciendo que «el Nuevo Liberalismo es el partido que defiende las ideas verdaderamente liberales. No hay otro».

Entretanto, desde el Pacto Histórico reaccioaron los canditados Camilo Romero, y Francia Márquez, que también respaldaron la decisión del Alto Tribunal. Mientras que el candidato Gustavo Petro aún no se pronuncia.

https://twitter.com/FranciaMarquezM/status/1495936856998957056

Finalmente, como era de esperarse los candidatos de la derecha rechazaron de manera unánime el fallo de la Corte, aduciendo que el Alto Tribunal usurpa el papel del Congreso y con la despenalización del aborto convierten esta figura en un «método anticonceptivo».

Colombia inició el camino a la despenalización del aborto

La Corte Constitucional amplió a 24 semanas de gestación la despenalización del aborto, manteniendo las tres causales para acudir a esta medida: cuando el embarazo amenace la salud de la madre, por abuso sexual y en los casos de mal formación del feto. Con una en una histórica y ajustada votaciónde 5 – 4.

«La Corte Constitucional declaró, en primer lugar, la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 122 de la Ley 599 de 2000 “por medio de la cual, se expide el Código Penal”, en el sentido de que la conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006″, señaló el comunicado del Alto Tribunal.

 

Así las cosas, los magistrados del alto tribunal le dieron el sí a la posibilidad de que las mujeres que queden en embarazo, para que acudan a la decisión del abortar hasta los seis meses de gestación.

La decisión fue calificada como “histórica”, por los magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fdo. Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez) que votaron a favor.

Cristina Pardo fue habilitada para debatir la despenalización del aborto

La magistrada Cristina Pardo, podrá participar del debate en la Corte Constitucional que busca despenalizar el delito del aborto en Colombia.

Pardo quedó habilitada, tras la votación de 7 a 1 que negó el impedimento de la magistrada, luego de que esta se declarara impedida por haber acudido a la objeción de conciencia para examinar un proyecto de ley que tenía que ver con el derecho a abortar que les asistía a las víctimas de violencia sexual, cuando ocupó el cargo de secretaria jurídica de la Presidencia.

 

El debate sobre la despenalización avanza en la Corte Constitucional a pesar de los tropiezos que se han presentado fechas citadas para definir el tema.

Esta es la demanda con la que buscan tumbar la Ley de Seguridad Ciudadana

Este martes un grupo de congresistas y organizaciones sociales radicaron ante la Corte Constitucional una demanda contra la Ley de Seguridad Ciudadana que a juicio del ejecutivo, tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional.

«El objeto de esta demanda de inconstitucionalidad es demostrar que esta norma va a en contra de derechos fundamentales, y que además puede terminar siendo un instrumento que se utilice para violar derechos, es el caso, la posibilidad que otorga de que ciudadanos y particulares hagan uso de la fuerza quitando la posibilidad del monopolio de la fuerza del estado, pero también la restricción a la movilización social y protesta ciudadana», señala el senador Iván Cepeda, quien es una de las personalidades que firma la demanada.

 

Entre las pretenciones los demantantes le piden a la Corte, declarar la inexequibilidad de la expresión “La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno”, contenida en el numeral 6.1 del artículo 32 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 3 de la Ley 2197 de 2022, con fundamento en los argumentos expuestos en la presente acción, por la violación de los artículos 1, 2, 5 y 11 de la Constitución Política de Colombia.

Así mismo, piden declarar la inexequibilidad de la expresión “sesenta (60) años”, contenida en el numeral 1 del artículo 37 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 5 de la Ley 2197 de
2022, con fundamento en los argumentos expuestos en la presente acción, por la violación de los artículos 1 y 12 de la Constitución Política de Colombia.

La acción de inconstitucionalidad contra la vigente ley de seguridad ciudadana tiene en total 18 pretenciones con la que los demandantes buscan que la Corte derogue esta ley que entró en vigencia a finales de enero cuando fue promulgada por el presidente Iván Duque.

«Esperamos que el alto tribunal constitucional actúe en consecuencia declarándola inconstitucional, y protegiendo la vida y seguridad de los ciudadanos», acota Cepeda.

Lo invitamos a consultar la demanda contra la Ley de Seguridad Ciudadana, a continuación:

Estado de cosas inconstitucional a excombatientes FARC

La Corte Constitucional, el 27 de enero de 2022, declaró el Estado de Cosas Inconstitucional por la violación constante y masiva de derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal, a la seguridad y a la paz que han enfrentado más de 13.000 excombatientes de las FARC al reincorporarse a la vida civil, por la falta de garantías de seguridad en los territorios e incumplimiento al Acuerdo de Paz por el Estado.

Según la magistrada ponente, Cristina Pardo, la Sala Plena tuvo en cuenta para emitir la decisión el alto número de firmantes del acuerdo de paz que han sido asesinados -303 hasta finales de 2021 según la Organización de Naciones Unidas, ONU- y el bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad para los desmovilizados.

 

Para la Corte, el asesinato de una sola de las personas que firmaron el Acuerdo de Paz tiene un efecto desproporcionado y exige la acción inmediata y coordinada de todo el Estado. Debe tenerse en cuenta que a cambio de la desmovilización y del desarme que ya tuvo lugar y se cumplió a cabalidad por parte de los excombatientes de las FARC que se comprometieron a reincorporarse al tejido social, lo mínimo que esperan es poder hacer el tránsito de manera confiable y segura para sus vidas e integridad personal.

La Corte propuso una articulación completa de entidades que no pueden seguir pasándose el problema de lado a lado sin tener una solución de fondo. Llamó la atención que el componente de seguridad se analice y aplique en términos de estrategias para consolidar la integración al tejido social y no solo en términos de medición de riesgo, acciones preventivas individuales, y esquemas de seguridad con personas, armamentos y vehículos.

Según el fallo, el Gobierno creó una institucionalidad paralela que hizo a un lado dos entidades pactadas en el Acuerdo de Paz que habrían resultado claves para atender estas situaciones de riesgo: la Instancia de Alto Nivel y la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, en donde tienen participación los firmantes del proceso. Esta institucionalidad paralela generó una confusión institucional que cercenó el camino para que distintas autoridades no asumieran una responsabilidad completa en sus acciones.

¿Cuáles son algunas de las 17 ordenes generales que el Estado debe cumplir?

¿Qué se debe hacer para superar el Estado de Cosas Inconstitucional? El Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura deberán adoptar en tres meses las medidas administrativas y financieras necesarias para el funcionamiento de la Sala Especial de Seguimiento del alto tribunal, que realizará un estudio en el que se verifique el cumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte.

La Procuraduría General de la Nación tendrá que adoptar un mecanismo especial de vigilancia de la sentencia, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo.

El Gobierno Nacional debe adoptar las medidas que le permitan cumplir de manera integral, coordinada y articulada las garantías de seguridad previstas en el Acuerdo Final de Paz que han sido objeto de desarrollo legal y constitucional, de modo que se facilite la reinserción o reincorporación efectiva y pronta en la vida civil de quiénes se desmovilizaron y de sus familiares, entendiendo que esto contribuye a su seguridad personal.

El Gobierno Nacional deberá iniciar los trámites para que haya suficiente presupuesto para que los firmantes del Acuerdo de Paz que ejercen actividades de liderazgo político o social y que comparecen ante el Sistema Integral de Paz, gocen de la protección necesaria.

El Gobierno Nacional, de manera inmediata, tendrá que darle cumplimiento al decreto 299 de 2017 sobre los recursos financieros, físicos y humanos para implementar el Plan Estratégico de Seguridad y Protección. Se deberá priorizar los municipios y regiones más afectadas por la violencia de los grupos armados, entre los cuáles están 25 mencionados por la ONU ubicados en los departamentos de Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.

Dentro de los cuatro meses siguientes al fallo, la Unidad Nacional de Protección, UNP, del Ministerio del Interior debe reevaluar el riesgo que enfrentan los firmantes del acuerdo de paz y quienes integran el partido Comunes, así como otras personas que estén en situación similar, priorizando los esquemas de protección colectivo de los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. De ser necesarios, se deben implementar nuevos esquemas, haciendo la respectiva contratación de los escoltas. Además, se ordenó hacer un plan de descongestión de los análisis de riesgos en la UNP.

Las autoridades estatales y gubernamentales, a quienes compete cumplir los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el Acuerdo Final de Paz, deben atender sus deberes. Sus acciones deben ser concordante con las obligaciones que se desprenden del ordenamiento jurídico. Su lenguaje debe ser asertivo, respetuoso, constructivo, empático y generador de confianza para que no refuercen imaginarios sociales y culturales de estigmatización y odio. Para cumplir con lo anterior, se aplicará con rigor los principios de presunción del riesgo extraordinario e inversión de la carga de la prueba y coordinación, y se realizará un análisis detallado del contexto para evitar actuaciones dilatorias que aumenten innecesariamente el riesgo de seguridad que enfrentan las personas desmovilizadas, en los términos del Decreto Ley 895 de 2017. También deberán tomarse en cuenta los enfoques diferenciales, de derechos humanos, de género, étnico, territorial y multidimensional.

Dentro de dos meses el Ministerio del Interior, la Alta Consejería para la Estabilización y Consolidación y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización deben adoptar medidas concretas para garantizar la articulación entre los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial y los Programas Integrales de Sustitución y Desarrollo Alternativo que a nivel municipal se han venido ejecutando asincrónicamente, en todo lo relacionado con la estrategia de seguridad.

También le exhortó al Congreso para que de «el impulso indispensable para desarrollar los contenidos del Acuerdo Final de Paz que aún se encuentran requeridos de implementación legislativa, relacionados con la posibilidad de materializar el concepto de seguridad».

La Corte hará un proceso de verificación de su cumplimiento, a través de indicadores, en un proceso similar al que actualmente se adelanta en el fallo de tutela T-025 de 2004 que declaró un estado de cosas inconstitucionales en materia de desplazamiento forzado de personas.

El Estado colombiano podría haber evitado esta sentencia cumpliendo con su deber de implementar los Acuerdos de Paz de 2016 y su obligación de proteger a la vida, la integridad personal y la seguridad de cada excombatiente de las FARC y de cada ciudadano colombiano. Pero no, como siempre en este país, se tiene que recurrir a las altas cortes en búsqueda de volver real los derechos más fundamentales. Veremos si con esta sentencia tan contundente, el Estado por fin hace lo que tiene que hacer.

Las órdenes precisas de la Corte en beneficio de los excombatientes

En las últimas horas la Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional y ordenó al Gobierno garantizar la seguridad de los excombatientes de las extintas Farc.

La decisión se produjo al fallar varias tutelas que estaban en revisión en el alto tribunal interpuestas por ex combatientes de las Farc de Guaviare y Nariño, quienes argumentaron que sus vidas corren peligro y las medidas del Gobierno han sido insuficientes por la amenaza en que viven de grupos armados.

 

La decisión obliga al gobierno a adoptar una serie de medidas urgentes para garantizar la seguridad de los firmantes del Acuerdo de Paz, entre las que se destacan:

  • La Unidad Nacional de Protección tiene cuatro meses para reevaluar el riesgo que tienen los firmantes de paz e integrantes del partido Comunes, priorizando los esquemas de protección colectiva de los Antiguos Espacios Territoriales de Reincorporación para mantenerlos o fortalecerlos.
  • El Gobierno Nacional deberá adoptar las medidas que hagan cumplir las garantías de seguridad establecidas en el acuerdo de paz, para facilitar la reincorporación efectiva y pronta a la vida civil de los desmovilizados y sus familias.
  • Se deben priorizar las regiones afectadas por grupos armados y la ausencia del Estado, que según un informe de la ONU son 25 municipios ubicados en Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.
  • El Ministerio del Interior y la Alta Consejería para la Estabilización y Consolidación deberán en dos meses adoptar “medidas concretas para garantizar la articulación entre los PDTS y los programas de sustitución de desarrollo alternativo que a nivel municipal se han venido ejecutando de manera asincrónicamente frente a la estrategia de seguridad”.
  • La Defensoría del Pueblo tendrá un mes para entregar a la JEP y a la Fiscalía General un informe actualizado sobre las alertas tempranas sobre los ex Farc, para que de esta manera se siga avanzando en la investigación de los crímenes en contra de estas personas.
  • La Procuraduría General deberá adoptar, por su parte, un mecanismo de vigilancia para el cumplimiento de la sentencia. Es así que la Corte asumirá, a través de una sala especial de seguimiento, el cumplimiento de las órdenes emitidas con el propósito de superar el Estado Cosas Inconstitucional.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo fue acogida por 5 magistrados y cuatro estuvieron en desacuerdo de declarar el estado de cosas inconstitucional.

Freno de mano al glifosato

En los últimos días la Corte Constitucional nos dio una excelente noticia a los defensores de la vida, de la naturaleza y del ambiente al fallar en contra de que en Colombia se realicen fumigaciones con glifosato.

Muchos sectores, especialmente de la derecha quedaron estupefactos con la noticia y no es para menos, se les cae parte de su discurso guerrerista que por años han impulsado, generando miedo y temor en la población.

 

La razón es que, la Corte Constitucional dio visto bueno a una tutela presentada por diversas organizaciones de Derechos Humanos, ambientales, indígenas y campesinas de 14 departamentos que agrupan a 104 municipios de diversos territorios y de paso rechazó el plan de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para el manejo ambiental de esta práctica, lo que quiere decir que, la fumigación con ese herbicida quedará en veremos hasta tanto no se haga efectiva el proceso de consulta previa con las comunidades afectadas por las aspersiones, como también quedará en veremos la promesa del gobierno Duque, de retornar el uso del glifosato como instrumento en la política nacional de lucha antidrogas.

Por eso, aplaudimos esta decisión porque ya está claramente demostrado que las fumigaciones con glifosato no sirven para contrarrestar los grandes alcances del narcotráfico, ni las estructuras criminales, pero sí afecta de manera gravosa al medio ambiente porque lo envenena, de paso estimula la deforestación, crea conflictos sociales, genera desplazamiento de comunidades y choques con la fuerza pública, además que las aspersiones aéreas generan problemas de salud.

De tal manera que ha fracasado nuevamente las intenciones de este gobierno de insistir con un mecanismo ineficiente, caduco y sí muy costoso para combatir las drogas en este país. Estudios muy serios han demostrado que, para eliminar una hectárea, es decir, sacarla definitivamente había que asperjar treinta veces, lo que demuestra la poca efectividad de ese mecanismo.

Es momento que se busquen nuevas alternativas que sí sean efectivas para acabar con los cultivos de uso ilícito que hoy atormentan a muchas regiones en Colombia, como Nariño, el Catatumbo, el bajo Cauca, el Guaviare, entre otras. Aunque dudo que este gobierno lo haga, además porque se le está acabando el tiempo, les cogió la noche y no lo lograron.

En el nuevo gobierno, necesitamos volver a impulsar y a apostarle a las erradicaciones manuales y a la sustitución voluntaria de cultivos, haciendo acuerdos con las comunidades y estimulando su transición hacia la legalidad, pero con oportunidades e inversión social en su territorio, de lo contrario seguiremos en el mismo círculo vicioso de las últimas décadas.

A nosotros nos parece importante que hay que escuchar a las comunidades, debe haber una sintonía con sus necesidades y por supuesto que esa sincronía en las actuales circunstancias políticas que vive Colombia, no la hay, porque nos gobierna una derecha que no le apuesta a garantizar la paz en los territorios, sino por el contrario les encanta hacer sonar los tambores de la guerra en la Colombia profunda, marginal y olvidada, buscando con eso perpetuarse en el poder y seguir con los grandes negociados que les genera la guerra, pero eso, a partir del siete de agosto va dar un giro de 360 grados y será otro el futuro que le espera a nuestro país.

Mientras no resolvamos el problema de las 130 mil familias cocaleras, no habrá forma de acabar con este flagelo, hoy solo el 5% de ellas tienen proyectos productivos, lo que demuestra la poca capacidad o el desinterés del gobierno por avanzar en una política antidrogas distinta, donde se estimule lo social, donde se concerté con las comunidades proyectos productivos legales y rentables, pero mientras esto continue como viene sucediendo, lo más probable es que el país siga prisionero dentro de esa burbuja del narcotráfico que algún día tendrá que romperse para bien de todas las generaciones de colombianos.

*Senador de la República