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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Justicia

¿Por qué la justicia brasileña investiga a 20 jueces?

El Consejo de Nacional de Justicia (CNJ) de Brasil ha comenzado este martes la investigación de una veintena de jueces por dar cabida en sus redes sociales supuestos ataques al sistema electoral, difusión de noticias falsas, ofensas a candidatos e incluso apoyo a los ataques del 8 de enero en Brasilia.

Parte de los investigados ya han recibido sanciones previas, entre ellas el bloqueo de sus perfiles en redes sociales por lo que consideran «conducta incompatible» con la función de un magistrado, cuenta el diario ‘O Globo’.

 

Entre los señalados está la magistrada del Tribunal de Justicia de Minas Gerais, Ludmila Lins Grilo, investigada desde septiembre de 2022, cuando utilizó sus redes sociales para cuestionar de manera despectiva algunas decisiones judiciales tomadas por sus compañeros del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia Electoral.

En su cuenta de Twitter, la juez Grilo publicó un montaje fotográfico en el que se podía ver a los magistrados del Supremo Luís Roberto Barroso y Alexandre de Moraes bajo el título ‘Los perseguidores generales de la república de Brasil’.

A su vez, se investiga también los «aparentes intentos de auxiliar» al bloguero bolsonarista Allan dos Santos, objetivo de las autoridades por la supuesta difusión de noticias falsas y ataques al Supremo, así como las publicaciones en las que animaba a la población a no seguir el mandato de las mascarillas durante la crisis sanitaria.

Otros miembros de la judicatura de Minas Gerais, como Fabrício Simão da Cunha Araújo, también están siendo investigados por levantar sospechas sobre la fiabilidad del sistema electoral, uno de los mantras eternamente repetidos por el expresidente Jair Bolsonaro y los suyos incluso una vez elegido en 2018.

Las pesquisas también se centran en el supuesto apoyo que algunos de estos jueces habrían mostrado a quienes participaron el pasado 8 de enero en los ataques a las sedes de los tres poderes en Brasil. Es el caso de la magistrada del Tribunal Regional Federal de la Primera Región Maria do Carmo Cardoso, conocida por sus buenas relaciones con la familia Bolsonaro.

No obstante, no todos los investigados tienen en común su supuesto apoyo a Bolsonaro, algunos han demostrado una prolífica presencia en redes apoyando al presidente, Luiz Inácio Lula da Silva, como la juez del Tribunal de Justicia de Amazonas, Rosália Guimarães Sarmento, quien en más de 70 publicaciones, según el CNJ, habría pedido el voto para el líder del Partido de los Trabajadores (PT).

Continúa el enfrentamiento entre Claudia López y los jueces

No cesa el enfrentamiento entre la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y los jueces en Bogotá, esta vez por cuenta de la decisión de una jueza de control de garantías que dejó en libertad a 13 delincuentes, capturados en TransMilenio, luego de asaltar masivamente a un grupo de ciudadanos.

La jueza argumentó su decisión diciendo que «sería peor el remedio que la enfermedad» el enviar a la cárcel a los detenidos, pues llevarlos a la cárcel costaría unos 280 millones de pesos, la jueza aseguró que existe un estudio del Observatorio de Derechos Humanos de la Defensoría que dice que cada preso en el país le cuesta al Estado 1.800.000 pesos mensuales. La jueza calculó que se habría podido enviar a la cárcel, de forma preventiva, a los supuestos delincuentes, durante un año. Mensualmente, los 13 costarían mensualmente 23 millones de pesos, aproximadamente.

 

La alcaldesa Claudia López respondió desde su cuenta de Twitter:

¿Entonces lo que le sale barato al Estado es dejar que atraquen impunemente a ciudadanos humildes y honrados? Cuando uno de esos delincuentes que soltaron vuelva a usar su arma en un atraco y termine matando a alguien, ¿Qué dirán? ¿Qué sale más barato una vida menos?

El grupo de 13 delincuentes de nacionalidad venezolana se presentó en la estación de la Calle 26 de TransMilenio, luego de que se cerraron las puertas del articulado. Uno de los ladrones sacó un arma de fuego y amenazó a los pasajeros, mientras los otros con armas blancas les robaban sus pertenencias. Los delincuentes integran la organización conocida como Los del Centro.

La Justicia Electoral brasileña registra el domicilio del exministro Sergio Moro

La Justicia Electoral del estado brasileño de Paraná ejecutó este sábado una orden de registro e incautación de material de campaña irregular en el domicilio del exministro de Justicia y Seguridad Pública Sergio Moro, ahora candidato al Senado y en el domicilio de Paulo Martins, también candidato al Senado.

Uno de los dos inmuebles registrados es el domicilio de Moro, sede oficial de su comité de campaña, según recoge el diario brasileño ‘O Globo’. La iniciativa ha sido puesta en marcha a petición de la federación Brasil de la Esperanza, liderada por el Partido de los Trabajadores del candidato presidencial Luiz Inácio Lula da Silva.

 

El Tribunal Regional Electoral de Paraná encontró material impreso que viola la legislación electoral y señala que Moro y Martins han publicado en redes sociales propaganda irregular por incluir el nombre del candidato a senador en un tamaño de letra desproporcionado en relación al de los nombres de los suplentes.

La jueza electoral Melissa de Azevedo Olivas señala que algunas de estas publicaciones «ni siquiera mencionan el nombre de los suplentes, en incumplimento flagrante de la legislación electoral».

Se han incautado un millón de impresos irregulares incluyendo pegatinas y chapas y se ha ordenado retirar más de 300 enlaces en redes sociales de los candidatos como vídeos de YouTube. En algunos Moro criticaba a Lula da Silva.

Moro ha criticado esta intervención «abusiva» y ha recordado que se ha intervenido este material porque «supuestamente, los nombres de los dos suplentes no tienen un tamaño del 30 por ciento del del nombre del titular».

«No se corresponde con la verdad. Los nombres están conforme a las normas exigidas y por eso el equipo jurídico pedirá reconsiderar la decisión (…). Condenamos esta iniciativa agresiva y el sensacionalismo de la diligencia requerida por el PT», manifestó un abogado de Moro, Gustavo Guedes.

Según la encuesta de Datafolha para las elecciones presidenciales de octubre publicada a mediados de agosto, Lula lidera los sondeos con un 47 por ciento de la intención de voto, frente al 32 por ciento del actual dirigente del país, Jair Bolsonaro.

No obstante, esta brecha entre los candidatos se ha reducido en el último mes, ya que la diferencia en julio era de 21 puntos a diferencia de los 15 actuales.

La Justicia rusa prohíbe al opositor Yevgeni Roizman asistir a actos públicos

Un tribunal de la ciudad rusa de Ekaterimburgo prohibió al exalcalde Yevgeni Roizman, detenido el miércoles, que acuda a actos públicos, ya que está acusado de «desacreditar» a las Fuerzas Armadas con sus críticas a la invasión de Ucrania.

La Fiscalía había reclamado medidas más duras, por ejemplo para que Roizman no pudiese mantener ningún tipo de comunicación sin el permiso expreso de las autoridades, según informa la agencia de noticias Interfax.

 

El abogado defensor, Vladislav Idamzhapov, destacó que el tribunal ha atendido parcialmente las demandas de cada una de las partes, por lo que no ha aclarado si recurrirá. Tras la vista, está previsto que Roizman sea puesto en libertad.

El exalcalde, que dirigió Ekaterimburgo entre 2013 y 2018 y trabajó en la emisora de radio Eco de Moscú, ya había sido condenado en tres ocasiones en 2022 a pagar multas por sus publicaciones en las redes sociales, después de que en 2021 la Justicia le señalase por participar en actividades no autorizadas.

Roizman era, hasta este miércoles, una de las pocas voces populares de la oposición que seguían libres en Rusia.

La Justicia en el centro de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad

Con los hallazgos y recomendaciones del informe final de la Comisión de la Verdad se encuentran muchos arreglos requeridos a nuestro sistema de Justicia. Mientras siga habiendo impunidad no podrá haber paz, se colige de sus líneas. Más allá, podemos extender este clamor: mientras siga habiendo impunidad no habrá un buen futuro para los colombianos en su conjunto, porque impunidad implica que no hay justicia y sin justicia no hay democracia, y sin democracia la prosperidad solo seguirá siendo para unos pocos.

Para enterarse del informe final de la Comisión de la Verdad se pueden sugerir unas buenas síntesis que han hecho El País, El Espectador y El Tiempo, y cuando se requiera, ir directamente al informe final. Este documento es quizás el más importante que recientemente hemos tenido en Colombia dada nuestra particular y tenebrosa historia de violencia, por lo que es necesario que lo conozcamos todos los colombianos.

 

En un artículo anterior hice un recuento de las 8 reformas que requerimos con urgencia para mejorar nuestro Estado para que genere un mejor país para los colombianos. Entre ellas, desde luego, se encontraba la Reforma a la Justicia, muy interrelacionada con la Reforma Política necesaria.  En este artículo complemento con algunas recomendaciones de la Comisión de la Verdad al respecto.

Es comprensible que aquellos que se pueden ver afectados por las conclusiones del informe final (aunque no sea vinculante para ningún proceso judicial) denigren de este documento; “no hay verdad que no haya sido perseguida al nacer” (Voltaire). Se ataca la verdad porque es una verdad terrible y es muy amenazante para los grupos de victimarios, aunque no se señalen personas. Dicen que es una verdad inventada pero está basada en 27,000 testimonios. Dicen que no oyeron la versión de los señalados de victimarios pero es difícil encontrar esa supuesta selectividad ya que las múltiples fuentes de información incluyen testimonios de personas que participaron como miembros de esos victimarios. Además, en forma simultánea, se han sabido aplastantes confesiones en la JEP al respecto. Así las cosas, todo aquel que esté en desacuerdo con el relato de la verdad, deberá hacer un esfuerzo titánico al exponer su caso para hacerlo de una forma creíble y superar el enorme del trabajo de la Comisión de la Verdad.

Señalaba en ese anterior artículo que el sector Justicia enfrenta problemas mayores con síntomas como: corrupción de funcionarios judiciales, falta de credibilidad, inoportuna respuesta e ineficacia en sus decisiones, morosidad en la resolución de los litigios así como en la investigación y acusación de las conductas punibles, generados por múltiples causas como falta de recursos físicos y humanos para atender la demanda de los usuarios (deficiencia del número de jueces), escasez de recursos financieros para atender eficientemente la función jurisdiccional, ausencia  de una política pública de mediano y largo plazo para el sector. Que ese reto enorme de reformarla va desde el nombramiento de magistrados en las altas cortes sin el riesgo de politización existente, hasta la profundización en la utilización de métodos de procesos modernos incluyendo tecnologías informáticas de última frontera.

Ahora con las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la tarea de mejorar nuestra justicia para la no repetición de los horrores vividos y para por fin emprender un camino próspero para todos los colombianos, se ve aumentada con sus recomendaciones, todas de la mayor importancia. A continuación, algunas de ellas tomadas de las fuentes citadas (textual en letra inclinada):

  • Recomendaciones para proteger a la Fiscalía.
    • Reformar el mecanismo de elección del fiscal general, para garantizar su independencia “sobre la base de los criterios de mérito y reconocimiento de la trayectoria profesional, igualdad de género, publicidad y transparencia”. Lo cual implica cambiar el procedimiento con la que hoy se elige al fiscal (el Presidente presenta una terna de candidatos para que la Corte Suprema de Justicia elija a uno). Debería revisarse en conjunto con los demás procedimientos de selección de los altos cargos de la Justicia.
    • Debe existir una Comisión Independiente que evalúe los riesgos de la cooptación de funcionarios y del funcionamiento de la corrupción al interior de la Fiscalía. Que proponga reformas sobre el fortalecimiento de la carrera, la vinculación, desvinculación y remoción de funcionarios, y sobre controles a la intervención de agentes de inteligencia militar y policial en la realización de actos de investigación.
  • Recomendaciones para proteger a las Fuerzas militares y a la Policía.
    • Que la Fiscalía asuma la competencia de conductas punibles de la Policía y Ejército, “con excepción de las típicamente militares”. Es decir, que la Justicia Militar no investigue ni juzgue en ningún caso las violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
    • Fortalecer controles preventivos y disciplinarios para supervisar a las Fuerzas Militares y la Policía, y que las autoridades garanticen de manera inmediata el acceso a la información de inteligencia y contrainteligencia que haya cumplido el término legal de reserva a partir de la fecha de recolección.
    • Ubicar a la Policía en otro Ministerio, o en uno nuevo, para avanzar en el fortalecimiento de su carácter civil, sin doctrina militar y no en la mentalidad del enemigo interno.
    • Que la Policía y el Ejército sean dirigidas y lideradas por civiles.
    • No permitir ascensos de militares con denuncias creíbles o procesos abiertos en su contra —por acción o por omisión— en casos de graves violaciones de los derechos humanos e infracciones al DIH, o en casos de vinculación y connivencia con grupos armados ilegales y delincuencia organizada.
  • Recomendaciones para prevenir el paramilitarismo y terceros involucrados.
    • Hacer un control efectivo de los departamentos de vigilancia y de seguridad privada para evitar “que se involucren en acciones ilegales”; y robustecer la legislación y los procedimientos de control y comercio de armas de fuego autorizadas legalmente en el país, así como su porte y tenencia.
    • A las instituciones del gobierno “garantizar la priorización de la investigación contra terceros civiles (por ejemplo, empresarios) y agentes del Estado”.
      • La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para enfrentar las violaciones a los derechos humanos y los quebrantos al DIH, esta “solo tiene competencia por hechos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016, y se enfrenta al obstáculo de carecer de facultades para investigar y sancionar a actores no combatientes (terceros civiles) que no se sometan a su jurisdicción de manera voluntaria”.
      • “La falta de investigación de la participación de este tipo de actores impide esclarecer los entramados de criminalidad que causan y se benefician de las violaciones a los derechos humanos, infracciones al DIH y la corrupción”.
      • Para poder investigar dicho tipo de criminalidad se requiere contar con órganos independientes que implementen metodologías de investigación dirigidas a develar la sistematicidad y los patrones criminales.
    • Al Congreso que, en un mediano plazo, adopte medidas para garantizar que sean debidamente investigados los aforados constitucionales que participaron o se vieron beneficiados (presuntamente) de violaciones de derechos humanos o infracciones del DIH.
  • Recomendaciones para la solución de fondo del problema del narcotráfico.
    • Abordar el tema del consumo desde una perspectiva de salud pública.
    • Promover “una gran conferencia internacional para hacer una evaluación objetiva de la lucha contra las drogas y avanzar en la construcción de consensos en torno a los ajustes que sea necesario emprender”.
  • Recomendaciones para proteger a la sociedad de contaminarse de narcotráfico.
    • Sancionar a quienes sean aliados del narcotráfico. Implica un enorme trabajo.
    • En caso de que haya un pedido de extradición a algún actor armado o civil, le dé prioridad primero a “la investigación, el juzgamiento y la sanción en Colombia”, antes de aprobar la extradición.
  • Recomendaciones para garantizar los derechos de quienes viven el campo.
    • Llevar a cabo el catastro multipropósito.

Recomendaciones que hay que desarrollar y volver realidades.

El dominio del terror y del silencio por el terror han empezado a ceder. Son buenas noticias para Colombia; no obstante ya sepamos, por todos estos pasos dados, que el camino hacia la paz es extremadamente difícil, también hemos aprendido que están volviéndose inexorables. Con el perdón de lo “imperdonable” que ha empezado a fluir, solo falta que el reconocimiento completo del horror por parte de sus causantes termine siendo nuestra página final de la violencia y el surgimiento de una nueva cultura en la cual logremos ser prósperos sin pasar por encima de nuestro prójimo.

 

* @refonsecaz

Así funciona la primera jueza con inteligencia artificial

Apenas la semana pasada Iván Duque sancionó la Ley 2213 de 2022, mediante la cual la virtualidad juega un papel primordial para la administración de la justicia en Colombia, dando un gran avance en este modelo. Por otro lado, en Israel un laboratorio de inteligencia artificial creó la primera jueza virtual con esta tecnología.

Se trata de un homenaje que AI21labs le quiso hacer a la fallecida Ruth Bader Ginsburg, jueza estadounidense que durante su estadía en el Tribunal Supremo votó a favor de la legalización del aborto y en contra de la pena de muerte.

 

«Este es solo un experimento con tecnología de inteligencia artificial… Es importante recordar que la IA en general, y el modelo del lenguaje específicamente, todavía tiene limitaciones. El modelo a veces puede dar inapropiadas e incorrectas respuestas», señaló la compañía.

Este experimento está abierto a cualquier tipo de consulta que se le haga. El software fue creado con base en las opiniones que en 27 años dio Ruth Bader Ginsburg ejerciendo y de varias entrevistas durante estos años. Teniendo en cuenta la información, las respuestas que da esta jueza virtual intentan tener un acercamiento a lo que probablemente respondería la fallecida jueza.

Por ejemplo, a la pregunta: «Mi pareja y yo nos divorciamos, pero yo quiero quedarme con la casa que compramos ¿Puedo hacerlo?», la respuesta de la IA basada en Ruth Bader Ginsburg respondió: «Sí. Creo que ambos querrán ser dueños de la casa y la podrían vender. Es posible que los dos encuentren una manera de comprar el interés de la otra persona».

Para probar este experimento es necesario escribir las dudas legales en inglés dando clic aquí.

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*Foto: ask-rbg.ai

Duque pide investigar a juez que ordenó ‘carcelazo’ en su contra por desacato

El presidente de Colombia, Iván Duque, ha pedido este lunes que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial investigue al juez del Tribunal Superior de Ibagué que dictaminó el sábado cinco días de arresto domiciliario por incumplir una sentencia para la protección del Parque Nacional Natural Los Nevados.

«Es absurdo es que se esté pasando por encima del fuero Constitucional. Por eso esto es ilegal. Es abiertamente ilegal, pero aparte de eso es un prevaricato ostensible y por eso esperamos también que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial se pronuncie al respecto y esperamos también que Ministerio Público haga lo propio», ha apuntado Duque.

 

El juez «no solamente se está pasando por encima del fuero constitucional, sino también se está pasando por encima de sentencias del Tribunal Constitucional que hablan de que el fuero del presidente de la República es un fuero absoluto», ha subrayado.

La sentencia considera que el Gobierno que encabeza Duque no ha cumplido con la creación de una Comando Especial de la Fuerza Pública para delitos ambientales en ese parque nacional y por tanto declara a Duque en desacato.

El Tribunal Superior de Ibagué ha remitido ya su decisión a la Sala Laboral del Supremo para su revisión, donde podría ser rechazada la tutela. No obstante, será el Tribunal Constitucional el que dé la última palabra, por lo que es poco probable que el mandatario tenga que cumplir la orden de arresto.

Conozca las razones por las que ordenaron ‘carcelazo’ contra Duque

El presidente de Colombia, Iván Duque, ha sido condenado a cinco días de arresto domiciliario por incumplir una sentencia para la protección del Parque Nacional Natural Los Nevados.

El Tribunal Superior de Ibagué ha publicado este sábado el fallo por desacato a una sentencia de la Corte Suprema de Justicia en la que declaró como sujeto de derechos al Parque.

 

La sentencia considera que el Gobierno que encabeza Duque no ha cumplido con la creación de una Comando Especial de la Fuerza Pública para delitos ambientales en ese parque nacional.

«Declarar en desacato de la orden impartida en el aparte (i) por la Sala de Casación Laboral de la Honorable Corte Suprema de Justicia en la sentencia STL10716 de 2020, al señor presidente de la República de Colombia, Doctor IVÁN DUQUE MÁRQUEZ, de conformidad con la parte motiva de esta providencia», indica el documento.

Por ello ordena como sanción por el desacato imponerle al presidente Iván Duque «medida de arresto domiciliario por cinco (5) días, para cuyo cumplimiento se encarga al señor Director de la Policía Nacional o el Superior que atienda las funciones de policía en el Palacio de Nariño y multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes».

Las razones por la que le dieron casa por carcel a empresario acusado de violencia intrafamiliar

Este miércoles una juez de la república le dictó medida de aseguramiento domicialiaria al empresario Luis Guillermo Gutiérrez quien fue denunciado por su esposa embarazada por violencia intrafamiliar.

El empresario que es considerado en las altas esferas como el prestamista de los políticos, era acusado por golpear a su esposa en embarazo y amenazarla de sacarle el bebé a patadas.

 

La juez 57 de garantías le dictó medida de aseguramiento por violencia intrafamiliar, pero se abstuvo de enviarlo a la cárcel y accedió a la solicitud de su defensa de privarlo de su libertad en su residencia.

La victima, su esposa Natalia Rendón, con siete meses de embarazo, relató que el 23 de marzo, en su residencia de los Rosales, fue objeto de agresiones por parte de Luis Guillermo Gutiérrez, quien le gritó que le iba a sacar el bebé a patadas y después de una golpiza fue llevada a la UCI de la clínica El Country, el pasado 25 de marzo, tras los hechos le dieron 15 días de incapacidad.

La jueza consideró que en este caso sí hubo violencia económica, psicológica y física, y, a pesar de no enviarlo a la cárcel, sí es necesario privarlo de su libertad porque podría obstruir el curso del proceso, ya que, según el testimonio de los padres de la víctima, en reiteradas ocasiones los amenazó.

“El juzgado se ha basado, para ello, en lo consignado en las entrevistas que les fueron recepcionadas a la madrastra de la víctima y al padre de la misma, quienes han manifestado que han sido amenazados por el acusado, en caso de que ellos llegasen a intervenir en esa relación, manteniéndolos al margen”, explicó la funcionaria.

Buscan mayor acceso a la justicia en 76 municipios

Un total de 76 municipios,  divididos en tres ejes regionales: Chocó, Urabá y Bajo Cauca Antioqueño (Norte); Cauca, Putumayo y Nariño (Sur), y Sur de Córdoba, Montes de María y Sucre en la Sabana Costera (Costa), contarán con el acompañamiento del Programa Programa Justicia inclusiva  de USAID.

La iniciativa, auspicio y financiada por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional – USAID, tiene como fin aumentar el acceso a servicios de justicia, reducir los niveles de impunidad y promover el respeto al Estado de Derecho y la confianza al sistema de justicia.

 

En este  programa trabajarán conjuntamente el Gobierno Nacional, los gobiernos locales, las instituciones del sector justicia, el sector privado, la sociedad civil y la cooperación internacional.

“El acceso a la justicia es uno de los pilares más fundamentales, promueve el empoderamiento y la sociedad igualitaria, sin la justicia es imposible avanzar en el desarrollo” indicó Larry Sacks, Director de USAID Colombia.

El contexto actual de la justicia en Colombia presenta diferentes retos en temas de acceso y percepción. Por ejemplo, en las regiones, los Sistemas Locales de Justicia necesitan fortalecerse para ofrecer a la ciudadanía servicios que respondan a sus necesidades y realidades, y que aumenten la confianza de la ciudadanía en la justicia. Sumado a esto, los graves crímenes hacia líderes sociales, las violencias contra las mujeres y la comunidad LGBTI+, y el reclutamiento forzado, entre otros, muestran grandes desafíos en temas de acceso y reducción de la impunidad.

En palabras de Martha Mancera VicefiscalEl compromiso con Colombia no es solamente la parte urbana sino la ruralidad  con un enfoque diferencial de víctimas y territorio en donde un porcentaje muy alto, más de 70% de las situaciones dolorosas suceden en la ruralidad

 

 

 

 

Uribe a juicio

El 27 de abril de 2022 la jueza 28 de conocimiento Carmen Helena Ortiz Rassa dio lectura al fallo, rechazando la petición presentada el 6 de abril por el fiscal Gabriel Jaimes de precluir y archivar el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. La lectura duró 12 horas. El  Fiscal no apeló el fallo y  la decisión de la jueza quedó en firme.

Recordemos parte de la historia. La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación contra el entonces senador y expresidente Uribe en julio 2018 por soborno a testigos y fraude procesal. En octubre de 2019, rindió indagatoria Uribe. El 4 agosto de 2020, se le impuso detención domiciliaria. El 18 de agosto de 2020 Uribe renunció a su curul de senador y pidió que su caso pasara a la Fiscalía General de la Nación.

 

La renuncia del expresidente Uribe para eludir la competencia de la Corte Suprema fue un abuso del derecho, que viola el deber de toda persona de colaborar con la justicia. La cesación del cargo consagrada en el artículo 235 de la Constitución Nacional no incluye ese tipo de renuncias, sino que hace referencia a razones objetivas y justificadas, como una enfermedad o el fin del periodo.

En lo concreto, la defensa de Uribe pretendía que la investigación comenzara de nuevo. Las cortes decidieron que la jugada no iba. El 10 de noviembre de 2021, la Corte Constitucional negó la tutela de Álvaro Uribe donde argumentó que por su renuncia a la curul de senador hubo un cambio de sistema procesal. Precisó que la investigación mantiene su validez en todo lo actuado por la Corte Suprema de Justicia porque hay una equivalencia funcional entre la indagatoria y la imputación, con lo cual corroboró la postura de la jueza 28 en la decisión previa que provocó la tutela.

Fue así que el proceso siguió su curso en la instancia que decidió acogerse, de manos de una jueza de carrera que no estaba ni está involucrada en el enfrentamiento político con el expresidente, y donde su argumento de ser un perseguido político no tiene credibilidad.

El fiscal Gabriel Jaimes argumentó en su solicitud de preclusión tres causales para cerrar el caso contra Uribe: que las pruebas recaudadas por el Fiscal y por la Corte Suprema de Justicia no permitían concluir que Uribe fuera responsable de delitos; que si hubo delitos en los hechos que se investigaban, no había prueba de que Uribe los hubiera cometido; y, en caso de que se considerara que eso no procedía, se cerrara el caso porque probatoriamente habían imposibilidad de desvirtuar que Uribe era inocente.

La jueza Ortiz desestimó todas sus argumentaciones, al considerar que ninguna causal de las que había usado el fiscal procedía.  Afirmó que en todos los hechos sí había indicios de que el expresidente Uribe había cometido delitos que debían resolverse en juicio, y cuestionó severamente la actividad investigativa del fiscal Gabriel Jaimes.  Sin que fuera su objetivo, el análisis preciso y juicioso de la jueza da nuevos elementos a quienes afirmamos la falta de independencia del fiscal Francisco Barbosa, pupilo político de presidente Iván Duque, quien defendió públicamente la inocencia del expresidente Uribe irrespetando el principio de independencia de las ramas del poder público.

Durante la rueda de prensa el 28 de abril, el senador Iván Cepeda del Pacto Histórico, acompañado de su abogado Reinaldo Villalba Vargas del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR, dijo que la Fiscalía no tiene otra alternativa que llamar a juicio lo más pronto posible a Álvaro Uribe. Resaltó la trascendencia de la decisión, “que no tiene precedentes en Colombia. Por primera vez, un jefe de Estado va a tener que comparecer ante un juez para asumir su responsabilidad penal frente a hechos muy graves”. Añadió Cepeda que “éste proceso ha sido una lección democrática en el país”.

El ex vicefiscal Jorge Perdomo destacó que la decisión de la jueza 28 es sesuda, razonada y responde a los interrogantes que muchos tenían durante las jornadas maratónicas judiciales de los últimos meses. Agregó que Carmen Helena Ortiz, dio respuesta de los argumentos esgrimidos por los representantes de las víctimas y les dio la razón.

Por su parte, el abogado Miguel Ángel del Río -defensor de Deyenira Gómez, expareja del testigo Juan Guillermo Monsalve-, tildó de “bochornoso” el papel de la Fiscalía en el caso.  Advirtió que no hay garantías de la fiscalía de Francisco Barbosa para llevar a juicio al expresidente y serán los jueces los que garanticen el debido proceso de todas las partes.

Hay un elemento no judicial que se debe resaltar. Este caso empezó con acusaciones infundadas de Uribe que buscaban dañar la carrera política del senador Cepeda, pero ha resultado ser todo un boomerang. En medio del periodo electoral actual en que estamos, el expresidente Uribe ha reconocido que el proceso legal por soborno y fraude procesal que él mismo se ganó ha expropiado su reputación, por lo que no suma en el actual proceso electoral. Además, el pésimo gobierno de Iván Duque, lo borró de la agenda mediática. Ahora el proceso en su contra se revivió con el anuncio de la jueza que Uribe debe ir a juicio, a menos de un mes de las elecciones.

La decisión de la jueza Carmen Helena Ortiz envía un mensaje claro y contundente a todos los aforados, en especial a los integrantes del Centro Democrático:  lo actuado en la Corte Suprema de Justicia tiene plena validez y el uso de leguleyadas para llevar su caso a instancias judiciales más favorables no funciona. El principio de pesos y contrapesos o equilibrio de poderes clave en una democracia, mostró su fuerza y legitimidad en el fallo de la jueza contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Un buen gesto para la democracia y el Estado de derecho sería que la Corte Suprema de Justicia modifique su jurisprudencia sobre el aforo de los congresistas, según la cual si el  investigado y juzgado por la Corte renuncia a su cargo y el delito por el cual es investigado no está relacionado con las funciones propias del cargo de  congresista, el asunto debería ir a la Fiscalía. El caso del expresidente Uribe muestra que es equivocada la anterior jurisprudencia del Alto Tribunal que ha contribuido a la jugada que Uribe intentó.

Adenda: Aplaudo la decisión del el Consejo de Estado del 28 de abril que le ordenó al presidente Iván Duque suspender el trámite de la extradición de Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, máximo jefe del Clan del Golfo, hasta que se estudie de fondo una tutela presentada por un grupo de víctimas. Bien hecho.

Oposición ve con esperanza apertura de oficina de la CPI en Venezuela

La oposición política venezolana ha aplaudido la próxima apertura en Caracas de una oficina de la Fiscalía del Corte Penal Internacional (CPI), confiada en que sirva para «hacer justicia» ante los abusos presuntamente cometidos por el Gobierno de Nicolás Maduro durante estos últimos años.

Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional elegida a finales de 2015, ha afirmado que el anuncio el jueves del fiscal jefe de la CPI, Karim Khan, sobre la apertura de una oficina «es un avance para determinar responsabilidades y que se haga justicia, algo que hoy no existe para los venezolanos».

 

Según Guaidó, «en Venezuela se han cometido y se siguen cometiendo delitos de lesa humanidad», razón por la cual la Fiscalía de la CPI ya ha abierto una investigación sin precedentes sobre el país sudamericano que puede concluir con señalamientos a dirigentes chavistas.

Guaidó, que en enero de 2019 se autoproclamó presidente encargado de Venezuela ante la falta de legitimidad de Maduro, ha acusado a la «dictadura» de «simular justicia» con un «falsa reforma» y ha señalado que en Venezuela no existe la independencia de poderes que se presupone a toda democracia.

Ahora, la CPI «vigilará más de cerca que nunca a la dictadura». «Esto nos debe alentar a seguir la denuncia, el acompañamiento y los esfuerzos por lograr el cambio en el país», ha destacado Guaidó en una serie de mensajes en Twitter.

El también opositor Henrique Capriles, antiguo candidato presidencial, ha hecho uso de la misma red social ha señalado que tanto la visita de Khan como la apertura de la oficina confirma la decisión del tribunal de La Haya «de buscar el camino para que en el país las terribles violaciones de Derechos Humanos tengan justicia».

«Toda medida que permita realizar investigaciones serias a las violaciones de los Derechos Humanos en nuestra Venezuela (…) es el anhelo de la mayoría de los venezolanos», ha aseverado Capriles.

Juez ampara zonas forestales y Estado de derecho

El 11 de marzo de 2022 el Juzgado Sexto Penal del Circuito falló a favor una acción de tutela presentada por la senadora Angélica Lozano unos pocos días antes. La tutela de la Senadora pidió suspender los efectos de la Resolución 110 del 28 de enero de 2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que establece las actividades, requisitos y procedimientos para la sustracción de área de las reservas forestales nacionales y regionales para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social,  mientras se resuelve de fondo dos acciones contra la Resolución 110, una popular que cursa en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la otra de nulidad por inconstitucionalidad que se adelanta ante  el Consejo de Estado (radicados 2022-00149 y 2022-00109).

La Resolución, suspendida se contrapone a la Ley 2 de 1959, que designó siete Zonas de Reserva Forestal: la del Pacifico, la Central, la del Rio Magdalena, la de la Sierra Nevada de Santa Marta, la de la Serranía de los Motilones, la del Cocuy y la de la Amazonía.  Estas áreas forestales versan sobre el desarrollo de la economía forestal, la protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre de las mismas.

 

Lo que preocupa a la Senadora y muchos otros es la posibilidad de que las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible puedan sustraer de manera temporal o definitiva áreas de reserva forestal, con el propósito de permitir la exploración de hidrocarburos, proceso que, como se lee claramente en la Resolución puede implicar varias actividades que tendrían gran impacto en la superficie y por debajo de la tierra.

El juez de tutela basó su decisión en la Sentencia T – 622 de 2016, de la Corte Constitucional, que hace referencia a la minería ilegal, donde se expone que la normatividad constitucional e internacional contienen unos principios fundamentales para adelantar la protección y garantía del medio ambiente, la biodiversidad y las comunidades étnicas asociadas a ellas. En  el mundo contemporáneo estos principios resultan de aplicación obligatoria ante el uso, la contaminación y el daño ambiental que se genera.

Uno de los principios rectores del derecho ambiental es el de prevención que busca que las acciones de los Estados se dirijan a evitar o minimizar los daños ambientales como un objetivo apreciable en sí mismo, con independencia de las repercusiones que puedan ocasionarse en los territorios de otras naciones. Requiere por ello de acciones y medidas regulatorias, administrativas o de otro tipo que se emprendan en una fase temprana, antes que el daño se produzca o se agrave.

El principio de precaución obliga a que los Estados actúen con el fin de proteger el medio ambiente conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.

En Colombia las Zonas de Reserva Forestal están constituidas en su gran mayoría en las cabeceras o fuentes de origen de los principales afluentes de Colombia, y son el sustento y medio económico para los habitantes de múltiples regiones. De ahí recae la obligación de proteger  la vida,  la salud, el agua,  la seguridad alimentaria y el medio ambiente sano. Tanto la jurisprudencia constitucional como la administrativa han acogido estos principios como una disposición crucial del derecho ambiental. Su impacto es tal que supone un cambio en la lógica jurídica clásica.

El juez de tutela consideró la necesidad de prevenir y tener precaución, ya que si bien la amenaza no es ostensible, sí existe. Por ende ordenó suspender transitoriamente la aplicación de la Resolución 110 y los efectos que de ella se desprendan de manera provisional, por el termino de cuatro meses, hasta que se emita un estudio serio y de fondo de la afectación material que los efectos de la misma puedan tener, o hasta que se emita orden en contrario el Tribunal Administrativo de Cundinamarca o el Consejo de Estado. Tuvo en cuenta el juez elementos de prueba que mostraban que cualquier explotación genera un impacto, y que en el  lugar de la reserva el impacto es por lo general negativo. Mientras tanto estamos a la espera de las sentencias de fondo que deben emitir el Tribunal Administrativo de Cundinamara y la Corte Constitucional.

Nuevamente son los jueces quienes deben corregir el rumbo errático y contrario a los derechos humanos del gobierno. Mientras el presidente Duque, no fue capaz de ratificar el Acuerdo de Escazú a pesar del llamado de urgencia -debido a la posición tomada por su propio partido-, sí pudo expedir la Resolución 110 para acabar con las Zonas de Reserva Forestal. La política del gobierno sí es coherente, pero en contra del derecho al medio ambiente.