Ir al contenido principal

Horarios de atención

De lunes a viernes:
8:00 AM – 5:00 PM

Whatsapp: (+57) 317 599 0862
Teléfono: (+57) 313 7845820
Email: [email protected]

Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Ley de garantías

Las recomendaciones de la Procuraduría frente a la Ley de Garantías

Dentro de  las recomendaciones generales para dar cumplimiento a la Ley de Garantías Electorales, especialmente, en lo relacionado con la prohibición de celebrar convenios o contratos administrativos, modificación de plantas de personal, participación en política de servidores públicos, y a la observancia del principio de la planeación, la Procuraduría General de la Nación destacó las siguientes:

No está permitido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos; participar, promover o destinar recursos públicos para reuniones de carácter proselitistas, inaugurar obras públicas o iniciar programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos o voceros de partidos políticos, así como modificar las plantas de personal, entre otras.

En lo que respecta a los servidores públicos y quienes cumplan funciones públicas, reiteró la Directiva 07 de 2023, donde se especifican cuáles son las prohibiciones y conductas relacionadas con la intervención en actividades de los partidos políticos y en controversias políticas.

En materia de contratación, recomendó tener en cuenta las excepciones a las prohibiciones en materia de contratación, entre estas, para cubrir emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, así como los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias.​

Inicia la Ley de Garantías

A partir de hoy comienza a regir la Ley de Garantías que suspende la contratación durante los próximos cuatro meses cuando estará vigente el proselitismo para las elecciones regionales de 2023.

La medida evitará que los funcionarios regionales no podrán celebrar convenios interadministrativos destinados a la ejecución de recursos públicos.

Tampoco podrán participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, o de las entidades en donde participen como miembros de sus juntas directivas, a reuniones de carácter proselitista.

También tendrán prohibido inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a gobernaciones, alcaldías, asambleas departamentales, concejos y juntas administradoras locales.

Por último, tampoco se podrá hacer uso de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas

¿Dónde están los prevaricadores?

Con la caída del artículo en la Ley de Presupuesto General que modificó la Ley de Garantías, se esperaría que alguien tome la iniciativa y demande a los congresistas que con pleno conocimiento de que esto no se podía hacer, dieron su voto a favor de este proyecto.

No puede ser que una vez más la falta de escrúpulos de la mayoría de senadores y representantes se quede sin castigo alguno y sin una lección de parte de algún ciudadano, de los que tanto dicen estar aburridos de las formas sucias de ejercer la política en Colombia.

Es claro que alguna motivación tuvieron los congresistas para votar de manera positiva una modificación a una ley estatutaria a través de una ley ordinaria. Todos los senadores y representantes que dijeron Si, lo hicieron conociendo muy bien a lo que se exponían y, además corriendo el riesgo de una investigación en la Corte Suprema de Justicia por prevaricato en un momento en que no estarán ni el presidente de la república ni sus ministros para salvarlos.

Aun así salieron a hacer campaña política para hacerse reelegir o en favor de sus herederos, prometiendo transparencia y lucha contra la politiquería y el clientelismo, demostrando que la hipocresía no tiene límites.

Por supuesto, aquí también tiene culpa el Gobierno Nacional, pero no voy a posar de ingenuo pidiéndole a la Comisión de Investigación de la Cámara de Representantes que investigue al mayor responsable, es decir, al presidente Iván Duque, quien por supuesto no se ha tomado la molestia de dar las explicaciones del caso.

Todos sabemos que nada va a pasar en esa célula legislativa que no sirve para nada, pero sin embargo, si se le puede pedir a la Corte Suprema de Justicia que investigue a sus ministros, en este caso al del Interior, Diego Palacios y al de Hacienda José Manuel Restrepo, quienes estuvieron al frente del debate en el legislativo y promovieron la aprobación de ese proyecto de ley que incluía el articulito.

Que no vengan entonces ni el presidente de la república ni sus ministros a posar de inocentes, cuando sabían muy bien lo que se estaba discutiendo en el Congreso de la República y las consecuencias que eso tendría.

La Corte Constitucional dio carácter retroactivo a la decisión, lo que ha dejado en problemas a los gobernantes y alcaldes que firmaron convenios interadministrativos amparados en esta polémica figura, ideada y defendida por el primer mandatario, quienes tendrán que llamar a alguien que pueda defenderlos, porque Duque hará lo de Pilatos: lavarse las manos.

Cambiando de tema: Durante el paro armado decretado por el Clan del Golfo, Duque demostró una vez más  que como presidente es muy valiente para hablar desde el Palacio y bastante cobarde para ir a los territorios en los momentos en que la población está en peligro y hacerle frente a los violentos.

Anatolio a pagar

Esta semana la Corte Constitucional, en fallo de análisis de constitucionalidad del presupuesto del año 2022, aprobado el año pasado mediante Ley de la República 2159 de 2021, el alto tribunal se pronunció de que no podía derogar la Ley de Garantías del año 2005, Ley 996 para temas de igualdad de oportunidades electorales, manifestando de manera clara que, la ley de presupuesto es una ley ordinaria y no puede alterar, modificar o derogar, una ley de carácter estatutaria, como lo fue la Ley 996.

También manifestó que el carácter de la decisión de constitucionalidad era retroactiva, tiene vigencia desde antes y por lo tanto ordena la Corte, la restitución de recursos, suspensión de la ejecución de los convenios que celebró el gobierno nacional, con los gobiernos departamentales con los alcaldes acerca de inversiones que la gente comúnmente conoce como “mermeladas”.

Esta Ley de presupuesto cuando se estaba tramitando tuvo la crónica muy difundida de la presidenta de la Cámara de Representantes, Yenifer Arias, cuando estaba llamándose a lista para votar le llamó la atención al Representante Anatolio Hernández y le decía “Anatolio, vote sí!, fue una manifestación muy conocida por todo el país y llamó mucho a la burla.

Entonces, hoy luego del análisis de constitucionalidad le vamos a llamar a esa disposición del presupuesto ilegal e irreglamentaria y anticonstitucional, la “Ley Anatolio”, porque realmente esta manifestación errada del gobierno nacional y del Congreso, pues se va a convertir en una norma que va a traer muchos dolores de cabeza para el gobierno, para los parlamentarios que aprobaron esta modificación a la ley de garantías y que tiene consecuencias de carácter penal, disciplinario y fiscal, por supuesto se constituye, en una grave violación de la ley y la Constitución y puede ser observada como prevaricato esta conducta, que muy seguramente lo analizará la Corte Suprema de Justicia.

Esta manifestación grosera del Congreso y del gobierno, es anti democrática, es una inobservancia del estado social de derecho.

Una actitud grosera, violatoria de normas estatutarias, pero sobre todo
Manifiesta el desprecio por las normas y por la ley, por encima de toda consideración.

Esto se convierte en un testimonio de que el gobierno y el congreso no tuvieron escrúpulos para que la pasada campaña de elección de congreso, esos recursos sirviesen para la compraventa de votos y para influenciar indebidamente al electorado, se puede también constituir en una presión indebida al elector, por lo tanto, tuvo consecuencias muy graves para la democracia y se nota el desgreño, el desprecio y una actitud de corrupción de manera clara.

Los parlamentarios encabezados por Anatolio deben pagar las consecuencias de sus desafueros.

Tumban modificación a la Ley de Garantías

La Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías que permitió la suscripción de convenios administrativos en alcaldías y gobernación durante la época electoral.

La excepción, iniciativa del Gobierno Nacional  propuesta al Congreso de la Repúblico dentro del proyecto de ley de Presupuesto General para 2022, fue planteado por el presidente Iván Duque como solución a los problemas económicos que trajo para los territorios la pandemia del Covid 19.

La demanda fue interpuesta por el representante José Daniel López y el exministro David Luna, quienes advirtieron al igual que otros analistas y congresistas de la oposición, “una ley ordinaria no puede modificar una Ley Estatutaria, como la Ley de Garantías, que exige mayorías distintas para su aprobación”.

Con la decisión de la Corte Constitucional, se caen todos los contratos que los alcaldes y gobernadores firmaron bajo esta excepción y deben devolver el dinero que se desembolsó entre entidades estatales.

El demandante y congresista,  José Daniel López, desde su cuenta de Twitter manifestó: “La democracia y los recursos públicos se respetan”.

Procuraduría pide revivir la Ley de Garantías

La procuradora general de la Nación, Margarita Cabello, entregó el concepto enviado a la Corte Constitucional pide tumbar la modificación a la Ley de Garantías, que permitió que las entidades del Estado celebren convenios durante la época electoral.

La jefa del Ministerio Público considera que con el artículo que modificó la Ley de Garantías en la Ley de Presupuesto, “el Congreso de la República desconoció la imposibilidad derivada de los mandatos constitucionales de modificar una norma estatutaria por medio de una Ley de Presupuesto”.

La Procuradora cita la Sentencia C-515 de 2004, en la que la Corte determinó que “en Colombia las leyes de presupuesto no pueden contener normas de carácter estatutario así estas tengan alguna incidencia fiscal” y señaló además que la propia Corte Constitucional ya ha dicho que no es posible modificar una ley estatutaria por medio de una ley ordinaria.

Según la Contraloría, entre el 13 de noviembre y el 29 de enero de 2022, se suscribieron 645.495 contratos por $ 52,3 billones.

La Ley de Garantías fue modificada en el segundo semestre de 2021, cuando el Congreso de la República dio aprobación al proyecto de Ley de Presupuesto General presentado por el gobierno Duque para el año 2022.