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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Paramilitares

Iván Name será investigado por nexos con grupo paramilitar

Este lunes se ha conocido que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió investigación en contra de Iván Name, presidente del Senado, por nexos con el grupo paramilitar Los Rastrojos.

La decisión se habría tomado basada en una declaración hecha por el exparamilitar Juan Manuel Borré, alias Pistón, que relacionó al congresista del Partido Alianza Verde con este grupo criminal en el Atlántico para 2014.

 

«Hasta hace unos dos meses se les hicieron las campañas, ciertos sectores de los barrios de Barranquilla por la presencia que nosotros hacíamos en los barrios, pusimos a que la gente votara por ellos y hoy en día están como senadores», dijo Borré en ese entonces.

Además de Iván Name, también habría en curso una compulsa de copias en contra de José David Name, congresista del Partido de La U según dio a conocer Cambio Colombia.

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ELN se adjudica retención de dos miembros de Clan del Golfo

El Ejército de Liberación Nacional (ELN) anunció la captura de dos paramilitares del Clan del Golfo, y ofreció a la comandancia nacional de Colombia y a los delegados de la mesa de diálogo para la paz la entrega de ambos prisioneros.

«El día miércoles 2 de agosto (…) fue capturado un paramilitar del Clan del Golfo de nombre Alexis Chocho Chamacuro, quien en su labor de motorista en el Bajo Calima realizaba tareas de inteligencia y recolección de información para alias ‘Careniña’, comandante del Clan del Golfo», explicó el ELN, según un comunicado publicado en su cuenta de la red social X.

 

«Ese mismo día a las 6.00 hora local, fue capturado (…) Eiler Lizalda, quien cumplía órdenes de alias ‘Manuel’, comandante del Clan del Golfo, su función era realizar tareas de vigilancia y reconocimiento para movilizar miembros (…), en su poder se encontró un revólver calibre 38″, continúa el comunicado.

Además, el ELN ha asegurado que ambos han reconocido su pertenencia a este grupo paramilitar a pesar de que sus respectivas comunidades han insistido en que se tratan de líderes sociales, y que uno de ellos incluso pertenece a la guardia indígena, aunque se tratan de «afirmaciones totalmente falsas» por las «pruebas que existen en su contra».

El Clan del Golfo, heredero de las ya disueltas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), se había mostrado interesado inicialmente en participar en diálogos de paz con el Gobierno e incluso el presidente colombiano, Gustavo Petro, anunció en diciembre un alto el fuego con vistas a acercar posturas con éste y otros grupos.

Sin embargo, Petro terminó descartando una posible tregua ante la continuación de la actividad de este grupo, que sigue por tanto siendo objeto de operaciones de las autoridades colombianas.

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Así le respondió el Gobierno a la Fiscalía a la negativa de levantar órdenes de captura a jefes del Clan del Golfo

El ministro del Interior y Portavoz del Gobierno: Alfonso Prada, comunicó este viernes desde la Casa de Nariño,  que la Ley 2272 de 2022, aprobada por el Congreso, “facultó al Presidente de la República para que pudiera avanzar en el proceso de diálogos de paz con organizaciones a las que se les reconoce estatus político”, al igual que en conversaciones exploratorias con estructuras armadas de alto impacto del crimen organizado, que se mueven en la economía ilegal, con miras a que se avance en su proceso de sometimiento.

La respuesta se da ante la negativa de la Fiscalía de levantar las órdenes de captura a 16 paramilitares del Clan del Golfo y los Pachenca, que fueron solicitadas por el Gobierno nacional para iniciar diálogos exploratorios.

 

Según lo expresado por el Portavoz, el Gobierno Nacional solicitó a la Fiscalía General de la Nación la suspensión de algunas órdenes de captura de miembros representantes de las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) y de la organización de la Sierra Nevada, dos grupos que son definidos como estructuras armadas de alto impacto del crimen organizado.

Explicó que, de esta manera, se busca que estos miembros representantes puedan participar en las “mesas de diálogo que estamos adelantando, en forma exploratoria, para definir las condiciones de sometimiento a la justicia y desmantelamiento de organizaciones del crimen, con miras a obtener en Colombia la tan anhelada Paz Total”.

Al reiterar que el Gobierno respeta las decisiones de la Rama Judicial del Poder Público, el Portavoz indicó que el Ejecutivo quiere “avanzar en un diálogo directo y formal con la Fiscalía General de la Nación”, para explicar las facultades que le otorga la nueva ley al Presidente de la República.

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Indicó que el argumento de la Fiscalía “está fundamentado en dos decretos, que reglamentaron la Ley 418, que acabamos de modificar; esos decretos se expidieron en el 2012 y en el 2015, y no están diseñados para levantar órdenes de captura de organizaciones armadas de alto impacto del crimen”.

Agregó que “eso es exactamente lo que acaba de cambiar la Ley 2272 del 2022, habilitando y facultando al Presidente de la República para solicitar este tipo de suspensión de órdenes de captura”.

Tales decretos en los que se fundamenta la Fiscalía –precisó– fueron modificados por la Ley 2272, que amplía el margen de facultades para solicitar estas suspensiones de órdenes de captura.

Y agregó: “Aspiramos, en las próximas horas y en los próximos días, tener todos los elementos de juicio jurídicos necesarios, para que tengamos la posibilidad de avanzar en los diálogos exploratorios que den como resultado la Paz Total”.

La Paz Total requiere “instrumentos y caminos para poder conversar, explorar, dialogar y tener la posibilidad de hacer diálogos de paz, que terminen en acuerdos de paz, y hacer conversaciones exploratorias que terminen en sometimiento al Estado de Derecho”, concluyó Alfonso Prada.

Foto: Presidencia de la República.

La extradición y los derechos de las víctimas

En mayo de 2008 el entonces presidente Álvaro Uribe, autorizó la extradición a los Estados Unidos  de 15 comandantes paramilitares, entre ellos algunos de los más notorios líderes de las Autodefensas Unidas de Colombia -AUC- como Salvatore Mancuso, Diego Fernando Murillo, alias “Don Berna”, y Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”. Los extraditados enfrentaban cargos por producción o tráfico de cocaína, lavado de activos y actividades conexas, delitos bajo la ley federal del país del norte. La decisión de extraditarles fue presentada por el gobierno colombiano como parte de la lucha contra el narcotráfico. Pero los 15 extraditados eran postulados de la Ley 975 de 2005, la ley de justicia transicional creada para incentivar su desmovilización. Para el momento de las extradiciones, en las «versiones libres» dadas por paramilitares, se había empezado a revelar información muy útil e importante para sus víctimas sobre las circunstancias de los crímenes cometidos contra sus seres queridos. Estos avances se pusieron en riesgo con la extradición. Por eso se desató un gran debate sobre la extradición desde la perspectiva de los derechos de las víctimas.

En octubre de 2014 se publicó el documento “La extradición: Aprendizajes y recomendaciones desde las víctimas”, elaborado por Kimberly Stanton, ex directora de Project Counselling Service, PCS, hoy asesora del congresista de los Estados Unidos, Jim McGovern; Danilo Rueda, director de la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, actualmente Alto Comisionado para la Paz; Franklin Castañeda, director de la Fundación de Solidaridad con los Presos Políticos, FCSPP, hoy director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; y quien escribe, cofundador del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR. El estudio recoge las experiencias de las víctimas en sus esfuerzos de garantizar el cumplimiento de sus derechos a pesar de las extradiciones de comandantes paramilitares de 2008, y otros 10 más, para un total de 25 hasta 2010. Dado que la extradición es nuevamente tema de discusión entre Colombia y Estados Unidos, y ahora contando con un gobierno pro-derechos humanos, hay que retomar la reflexión.

 

¿De cuáles derechos hablamos? los principios universales para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, actualizados en 2005 por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los resume como los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación, y las garantías de no repetición de las violaciones. Para garantizar el derecho a la verdad, acorde al Principio 5, “Incumbe a los Estados adoptar las medidas adecuadas, incluidas las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento independiente y eficaz del poder judicial, para hacer efectivo el derecho a saber …” El derecho a la justicia requiere que el estado garantice la amplia participación jurídica en el proceso judicial a todas las partes perjudicadas y a toda persona u organización no gubernamental que tenga un interés legítimo en el proceso (Principio 19). El derecho a la reparación debe ser accesible, rápido y eficaz.

Las extradiciones de 2008, en la práctica socavaron cada uno de estos derechos. A pesar de sus esfuerzos -incluyendo las visitas a las cárceles estadounidenses donde estaban internados- y contrario a las promesas de los funcionarios de ambos países de que no sería así, las víctimas perdieron acceso a los extraditados y por ende a toda la información que tenían. Los procesos judiciales en los EE.UU. no admitieron la participación de las víctimas colombianas ni tomaron en cuenta sus testimonios. De hecho, fue imposible que lo hicieran porque los procesos judiciales trataban solamente de cargos vigentes bajo la ley estadounidense. Por lo tanto,  las masacres, el desplazamiento forzado, la desaparición forzosa y otros delitos de lesa humanidad quedaban excluidos. No se confirmó qué parte de los bienes incautados de los extraditados fueron devueltos a Colombia, pero era evidente que no pasaron a manos de las víctimas. La decisión de una corte estadounidense, no protege los derechos de las víctimas ni contribuye a las reformas necesarias de las políticas colombianas para garantizar la no repetición.

Sin embargo, hubo ciertas luces. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que en todas las etapas del procedimiento penal (tanto investigativa como de juicio), se debe garantizar que las víctimas y/o sus familiares tengan pleno acceso y capacidad de actuar, tanto en el esclarecimiento de los hechos y la sanción de los responsables, como en la búsqueda de una justa compensación. Las víctimas lograron en julio de 2009, que la Corte, en resolución sobre la supervisión del cumplimiento de la sentencia en el caso de la Masacre de Mapiripán vs. Colombia, estableciera que debe prevalecer la judicialización de graves violaciones de derechos humanos por encima de otros delitos; que la extradición no puede ser un mecanismo de impunidad; que debería haber mecanismos de cooperación judicial entre Colombia y EE.UU. para asegurar que la persona extraditada siga colaborando con la justicia colombiana; y que la extradición no debería interferir o entorpecer las investigaciones de las graves violaciones de derechos humanos ocurridas en Colombia. Un año después, en el caso de Manuel Cepeda Vargas vs. Colombia, la Corte reiteró que el uso de la figura de la extradición no debía “favorecer, procurar o asegurar la impunidad”, y que el Estado colombiano está obligado a “adoptar las medidas necesarias para asegurar que las personas involucradas en graves violaciones de derechos humanos […] comparezcan ante la justicia”.

Para desarrollar «mecanismos de cooperación judicial entre Colombia y EE.UU» que protegen los derechos de las víctimas, el punto de partida es el hecho de que es prerrogativa del presidente de Colombia aprobar o no la extradición de un ciudadano de nuestro país. En cuanto a narcotraficantes, el presidente Petro ya ha propuesto que los que negocian con el Estado y dejan de delinquir, no se extraditan. Además, recogiendo recomendaciones consignadas en el documento de 2014 citado arriba y con el fin de hacer efectivo lo decidido por la Corte Interamericana, la extradición solamente se debe dar una vez satisfagan los derechos de las víctimas que han sido violados por el perpetrador procesado, y sólo bajo condiciones que contribuyan a la construcción de la paz y conlleven al fortalecimiento del sistema judicial colombiano. La revisión de una solicitud de extradición debe incluir el análisis de toda la historia delictiva del sindicado para determinar si hay derechos de las víctimas colombianas que no han sido satisfechos. En tal caso, se debe emitir concepto desfavorable para proteger a las víctimas. En relación a los perpetradores de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de  lesa humanidad ya extraditados, se debe retomar la tarea de negociar las condiciones para que las víctimas puedan ejercer el rol de sujeto procesal, en cumplimiento de sus derechos fundamentales.

La extradición ha sido tema de debate en Colombia por décadas, pero los derechos de las víctimas violados por  los extraditados nunca han sido verdaderamente puestos en el centro de la discusión. Ya es hora que cambie la política pública.

 

 

 

 

 

 

Para el director del Centro Nacional de Memoria Histórico, “el negacionismo no es ningún delito”

La JEP citó este lunes, 11 de julio, a Darío Acevedo, director del Centro Nacional de Memoria Histórica y al ser cuestionado por la Justicia Especial para la Paz por las denuncias de algunas víctimas del conflicto, de tener una actitud negacionista, respondió que “que el negacionismo no es ningún delito”.

La afirmación la hizo en medio de una audiencia citada para que explicara si una modificación que presuntamente hizo a la exposición Voces para Transformar a Colombia habría afectado los derechos de las víctimas del conflicto, quienes aseguran que dichas modificaciones se habrían hecho, supuestamente, “con el fin de omitir el fenómeno paramilitar”.

 

El funcionario dijo que hubo una modificación a un afiche del partido de la Unión Patriótica, “se hizo a sus espaldas y sin consultarle”, por lo cual pidió perdón.

Para Acevedo los todos estos señalamientos que se han hecho en su contra corresponden, a una campaña de desprestigio en su contra que empezó cuando lo nombraron director del Centro Nacional de Memoria Histórica.